Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2006 (23/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano viernes 23 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa FUERZA REGIONAL CORREDORES DE SEGUROS S.A. con matricula Nº J-0673, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA Orlandini MORDAZA MORDAZA con Nº de Registro N-3793. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 10988

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE
Designan miembros de los Directorios de las empresas en las que FONAFE participa como accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 009-2006/017-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000EF y normas modificatorias, la designacion de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ambito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designacion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 0092006/017-FONAFE, correspondiente a la sesion instalada con fecha 21 de junio de 2006, se designo como miembros de los directorios de las empresas en las que FONAFE participa como accionista, a la persona que se senala a continuacion:
NOMBRE MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HENRRY EMPRESA ENAPU S.A. CARGO DIRECTOR

premo Nº 014-92-EM, establece que el Derecho de Vigencia correspondiente al MORDAZA ano, computado a partir del 1 de enero del ano siguiente a aquel en que se hubiere formulado el petitorio de la concesion minera, debera abonarse hasta el 30 de junio del MORDAZA ano; igual regla se aplica para los anos siguientes; Que, el articulo 40º del texto normativo citado en el parrafo precedente establece que la penalidad debe pagarse junto con el Derecho de Vigencia; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2006PCM declara feriado no laborable a nivel nacional, para los trabajadores del Sector Publico, entre otros, el dia viernes 30 de junio de 2006; Que, el articulo 134º inciso 2 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cuando el ultimo dia del plazo o la fecha determinada es inhabil, se entiende prorrogado al primer dia habil siguiente; Que, de acuerdo a las normas expuestas y en aplicacion del articulo 111º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero debe emitir las disposiciones que garanticen certeza a sus administrados respecto del vencimiento del plazo para el pago de derecho de vigencia y penalidad en el ano 2006; En conformidad con el articulo 8º inciso f) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que en el ano 2006, el plazo para el pago del derecho de vigencia y penalidad se prorroga hasta el dia lunes 3 de MORDAZA del mismo ano, inclusive. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 10957

INDECOPI
Aprueban MORDAZA Tecnica Peruana elaborada por el Comite de Gas Natural Seco
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0043-2006/CRT-INDECOPI MORDAZA, 1 de junio del 2006 CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 11085

INACC
Prorrogan plazo para pago del derecho de vigencia y penalidad para el ano 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 2608-2006-INACC/J MORDAZA, 20 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 39º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Su-

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de

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