Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

de transferencia vehicular correspondiente; por lo que analizando cabalmente este aspecto no se evidencia un incremento desmesurado en su patrimonio el cual se encuentra debidamente justificado, mostrando pues una situacion compatible con sus ingresos y obligaciones. Asimismo, es de destacar que no tiene antecedentes registrales negativos en la Camara de Comercio, segun aparece del informe de fojas 700 de su expediente. Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar en forma eficaz y eficiente su funcion de Juez o Fiscal. Decimo Quinto: Que, precisamente en lo referente al aspecto de idoneidad, en cuanto a la produccion fiscal del evaluado se toma en cuenta la informacion recibida a traves de los siguientes documentos: 1) Oficio Nº 4238-2007-MP-FSD-LL de fecha 14 de agosto de 2007, del Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de La MORDAZA el cual adjunta el oficio Nº 019-2007MP-FPMC-DC-OTUZCO del Fiscal Provincial (p) del MORDAZA Despacho N.C.P.P. OTUZCO); 2) Oficio Nº 383-2007-MPFN -Tercer Despacho-1FFPCT suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero; 3) Oficio Nº 1260-2007-SG-CNM de la Secretaria General del Consejo Nacional de la Magistratura, adjuntando el oficio Nº 6179-2007-MP-FN-SEGFIN de fecha 13 de agosto de 2007 suscrito por el Secretario General de la Fiscalia de la Nacion; y 4) oficio Nº 4349-2003-MP-FN de fecha 5 de MORDAZA de 2003 de la Fiscal de la Nacion; la misma que en lineas generales resulta una aceptable produccion de dictamenes y resoluciones a lo largo del periodo evaluado, a lo que debe adicionarse y tenerse en cuenta las explicaciones que a ese respecto ofrecio en el transcurso de su entrevista personal, donde destaca el procedimiento que sigue para el control de plazos y de las investigaciones confiadas a la Policia. Decimo Sexto: Que, respecto a la calidad de los dictamenes del evaluado, se tiene que, en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderacion, se estima que de los 20 dictamenes presentados por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 16 han sido calificados como buenos, 02 como aceptables y solo 02 como deficientes; habiendo concluido dicho especialista que: "...En la actualidad, sus dictamenes estan mejor enfocados dentro del ambito juridico lo que da un MORDAZA alcance de mejora en su MORDAZA academico asi como profesional, guardando un orden en la exposicion de sus motivos; se nota que en sus analisis es mas objetivo e interpretativo." En ese sentido durante el desarrollo de la entrevista publica fue examinado por dichos dictamenes y resoluciones, absolviendo las diversas preguntas con seguridad y acierto, lo que demuestra un adecuado tratamiento de las denuncias y causas a su cargo. Decimo Setimo: Que, respecto a la capacitacion se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA es un magistrado que, durante el periodo de evaluacion, se encuentra registrado como asistente a 21 eventos academicos, teniendo un promedio de 2.62 (3%) cursos o eventos por ano, siendo considerado como aceptable en este rubro; asimismo de lo vertido en la documentacion presentada por el evaluado en este MORDAZA y segun oficio Nº 113-2007-AMAGCD/P de fecha 13 de agosto de 2007 emitido por la Academia de la Magistratura, registra haber asistido a 01 MORDAZA Especializado denominado "Regimen Legal para la Explotacion de los Juegos de Casinos y Maquinas Tragamonedas" y a 03 cursos: Curso Basico de Actualizacion para Magistrados, Curso Especial del Programa de Capacitacion Academica para Magistrados obteniendo la calificacion de 14.35, y al Primer Curso Especial de Preparacion para el Ascenso con una calificacion de 15.00. El Magistrado ademas se encuentra cursando la maestria en Derecho con mencion en Derecho Penal en la Universidad Privada MORDAZA Orrego de MORDAZA, en el semestre 2007-15; ha realizado estudios de Diplomado Internacional en

Derecho Penal, Procesal Penal y Tecnicas de Litigacion Oral en el Ilustre Colegio de Abogados de La MORDAZA, un curso de Postgrado Internacional de Derecho Penal, Procesal Penal y Tecnicas de Litigacion Oral; asimismo un curso Internacional de Especializacion sobre Reforma Procesal Penal, Litigacion Oral y Visitas al Centro Judicial de MORDAZA de MORDAZA, realizado en dicha MORDAZA del 28 de agosto al 01 de setiembre del ano en curso; del mismo modo registra estudios de computacion; evidenciandose asi una MORDAZA actualizacion y capacitacion, preocupacion academica e intelectual, aspecto que este Consejo valora y resalta, como tambien el hecho del resultado de su entrevista personal realizada por el pleno en sesion publica del 10 de octubre del ano en curso, en la que teniendo en cuenta la especialidad y el cargo del magistrado evaluado, como Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia de Prevencion del Delito, se le formulo diversas preguntas basicas del Derecho Penal, Procesal Penal, entre otros contestando en forma acertada y con seguridad, demostrando dominio y conocimiento de las materias en mencion. Decimo Octavo: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo sujeto a evaluacion ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion fiscal; situacion que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales judiciales y penales; ni medidas disciplinarias; las quejas formuladas ante la Fiscalia Suprema de Control Interno han sido declaradas infundadas e improcedentes; respecto a su patrimonio, se ha encontrado un incremento racional y justificado del mismo y ha sido declarado oportunamente ante su institucion; de otro lado, registra tambien una continua actualizacion y capacitacion evidenciada con su asistencia a cursos de post grado, seminarios y talleres de su especialidad, durante el periodo de evaluacion y fuera de el; asi como tambien el analisis y la valoracion de sus dictamenes que han sido bien calificados, demostrando ademas, durante su entrevista personal, dominio y conocimientos juridicos suficientes para continuar ostentado el cargo. Decimo Noveno: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico) practicado en la persona del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyas conclusiones tambien resultan favorables al evaluado y que sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma. Vigesimo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, se ha determinado la conviccion unanime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza al magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 37° inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo unanime adoptado por el Pleno en sesion de 24 de los corrientes; SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confianza al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, ratificarlo en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia de Prevencion del Delito de MORDAZA del Distrito Judicial de La Libertad. Segundo.- Notifiquese personalmente al magistrado ratificado y remitase MORDAZA certificada a la senora Fiscal de la Nacion, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion

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