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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (09/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2007 357116 que la doctora María Elena Jo Laos, durante el período sujeto a evaluación ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada función de administrar justicia; situación que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales judiciales y penales; las medidas disciplinarias impuestas no revisten mayor gravedad; las quejas formuladas ante la OCMA y ODICMA Lima Norte se encuentran archivadas; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustificado del mismo; y dicho patrimonio ha sido declarado oportunamente ante su institución; y, de otro lado, registra también una continua actualización y capacitación evidenciada en su asistencia a cursos, seminarios y talleres durante el período de evaluación y fuera de él; así como el ejercicio de la docencia universitaria dentro de las horas permitidas por ley, además del pronunciamiento aceptable del Colegio de Abogados de Lima. Asimismo, en su entrevista personal mostró un correcto desenvolvimiento, evidenciando no sólo buena preparación, sino también conocimiento de la función jurisdiccional y vocación por la magistratura; sin perjuicio de lo expresado en la última parte del décimo quinto considerando y en la parte pertinente del décimo sexto considerando de la presente resolución, que deben ser de especial observancia por la magistrada. Décimo Octavo: Que, este Consejo también tiene presente el examen psicométrico (psiquiátrico y psicológico) practicado en la persona de la doctora María Elena Jo Laos, cuyas conclusiones le resultan favorables a la evaluada y que, sin embargo, por la naturaleza de la información, se guarda reserva de la misma. Décimo Noveno: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta únicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el proceso de evaluación y ratifi cación que nos ocupa, se ha determinado la convicción unánime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confi anza a la magistrada evaluada. En consecuencia, este Consejo en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo 21° inciso b) y artículo 30° de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29° del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo unánime adoptado por el Pleno en sesión de 24 de octubre de 2007; SE RESUELVE:Primero.- Renovar la confi anza a la doctora María Elena Jo Laos y, en consecuencia, ratifi carla en el cargo de Juez Especializado de Familia del Distrito Judicial de Lima Norte. Segundo.- Notifíquese personalmente a la magistrada ratifi cada y remítase copia certifi cada al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con el artículo trigésimo segundo del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, y remítase copia de la presente resolución a la Ofi cina de Registro Nacional de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARLOS A. MANSILLA GARDELLAFRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCOEDWIN VEGAS GALLOANÍBAL TORRES VÁSQUEZEFRAÍN ANAYA CÁRDENASLUIS EDMUNDO PELÁEZ BARDALES 128347-5Ratifican en el cargo a Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía de Prevención del Delito de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 109-2007-PCNM Lima, 25 de octubre de 2007 VISTO:El expediente de evaluación y ratifi cación del doctor Carlos Manuel Trelles Romero, Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del delito de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el doctor Carlos Manuel Trelles Romero fue nombrado Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad, mediante Resolución Suprema N° 208-86-JUS de fecha 15 de agosto de 1986, habiendo juramentado en el cargo el 08 de setiembre de 1986. Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de fecha 17 de agosto de 2001, materializado mediante Resolución N° 159-2001-CNM, se decidió no ratifi car en el cargo y cancelar los títulos de nombramiento a varios magistrados, entre los que se encontraba el doctor Carlos Manuel Trelles Romero. Tercero: Que, el Estado peruano ha suscrito el Acuerdo de Solución Amistosa con magistrados que no fueron ratifi cados en sus cargos por el Consejo Nacional de la Magistratura, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la misma que lo homologó el 15 de marzo de 2006, en su 124° período ordinario de sesiones. Cuarto: Que, mediante Ofi cio N° 204-2006-JUS/DM, de fecha 29 de marzo de 2006, el Ministerio de Justicia remite copia del Informe N° 50/06 emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con el fi n de que el Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento del referido Acuerdo, rehabilite los títulos de nombramiento de los 52 magistrados incluido el doctor Carlos Manuel Trelles Romero. Quinto: Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión Plenaria Ordinaria N° 1157, por acuerdo N° 305-2006, de 6 de abril de 2006, dispuso entre otras cosas, la rehabilitación de los títulos de magistrados comprendidos en el Acuerdo de Solución Amistosa, dentro del cual se encontraba el doctor Carlos Manuel Trelles Romero, así como solicitar al Poder Judicial y al Ministerio Público, a fi n de que informen al CNM de las reincorporaciones para los fi nes de expedir nuevo título en caso que el magistrado no sea reincorporado en su plaza de origen, del mismo modo, convocar a la ratifi cación de los magistrados. Sexto: Que, mediante Resolución N° 157-2006-CNM de fecha 20 de abril de 2006, se le rehabilita el título de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad; mediante Resolución de la Fiscal de la Nación N° 483-2006-MP-FN de fecha 3 de mayo de 2006 se le reincorpora como Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, la misma que se efectivizó el 05 del mismo mes y año, siendo designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo en mérito a la 2º cláusula del acuerdo de solución amistosa que prevé en caso de no estar disponible su plaza original, a solicitud del magistrado, éste será reincorporado en una plaza vacante de igual nivel en el mismo o en otro Distrito Judicial; y, posteriormente mediante Resolución N° 236-2006-CNM de fecha 31 de julio de 2006, El Consejo Nacional de la Magistratura resuelve cancelar el título de Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, expidiéndole el título de Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad.