Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

que la doctora MORDAZA MORDAZA Jo Laos, durante el periodo sujeto a evaluacion ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion de administrar justicia; situacion que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales judiciales y penales; las medidas disciplinarias impuestas no revisten mayor gravedad; las quejas formuladas ante la OCMA y ODICMA MORDAZA Norte se encuentran archivadas; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustificado del mismo; y dicho patrimonio ha sido declarado oportunamente ante su institucion; y, de otro lado, registra tambien una continua actualizacion y capacitacion evidenciada en su asistencia a cursos, seminarios y talleres durante el periodo de evaluacion y fuera de el; asi como el ejercicio de la docencia universitaria dentro de las horas permitidas por ley, ademas del pronunciamiento aceptable del Colegio de Abogados de Lima. Asimismo, en su entrevista personal mostro un correcto desenvolvimiento, evidenciando no solo buena preparacion, sino tambien conocimiento de la funcion jurisdiccional y vocacion por la magistratura; sin perjuicio de lo expresado en la MORDAZA parte del decimo MORDAZA considerando y en la parte pertinente del decimo MORDAZA considerando de la presente resolucion, que deben ser de especial observancia por la magistrada. Decimo Octavo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico) practicado en la persona de la doctora MORDAZA MORDAZA Jo Laos, cuyas conclusiones le resultan favorables a la evaluada y que, sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma. Decimo Noveno: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, se ha determinado la conviccion unanime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza a la magistrada evaluada. En consecuencia, este Consejo en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 30° de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 10192005-CNM, y al acuerdo unanime adoptado por el Pleno en sesion de 24 de octubre de 2007; SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confianza a la doctora MORDAZA MORDAZA Jo Laos y, en consecuencia, ratificarla en el cargo de Juez Especializado de Familia del Distrito Judicial de MORDAZA Norte. Segundo.- Notifiquese personalmente a la magistrada ratificada y remitase MORDAZA certificada al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro Nacional de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA GARDELLA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 128347-5

Ratifican en el cargo a Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia de Prevencion del Delito de MORDAZA del Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 109-2007-PCNM MORDAZA, 25 de octubre de 2007 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del delito de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA del Distrito Judicial de La MORDAZA, mediante Resolucion Suprema N° 208-86-JUS de fecha 15 de agosto de 1986, habiendo juramentado en el cargo el 08 de setiembre de 1986. Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de fecha 17 de agosto de 2001, materializado mediante Resolucion N° 159-2001CNM, se decidio no ratificar en el cargo y cancelar los titulos de nombramiento a varios magistrados, entre los que se encontraba el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero. Tercero: Que, el Estado peruano ha suscrito el Acuerdo de Solucion Amistosa con magistrados que no fueron ratificados en sus cargos por el Consejo Nacional de la Magistratura, ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, la misma que lo homologo el 15 de marzo de 2006, en su 124° periodo ordinario de sesiones. Cuarto: Que, mediante Oficio N° 204-2006-JUS/DM, de fecha 29 de marzo de 2006, el Ministerio de Justicia remite MORDAZA del Informe N° 50/06 emitido por la Comision Interamericana de Derechos Humanos, con el fin de que el Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento del referido Acuerdo, rehabilite los titulos de nombramiento de los 52 magistrados incluido el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero. Quinto: Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion Plenaria Ordinaria N° 1157, por acuerdo N° 305-2006, de 6 de MORDAZA de 2006, dispuso entre otras cosas, la rehabilitacion de los titulos de magistrados comprendidos en el Acuerdo de Solucion Amistosa, dentro del cual se encontraba el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como solicitar al Poder Judicial y al Ministerio Publico, a fin de que informen al CNM de las reincorporaciones para los fines de expedir MORDAZA titulo en caso que el magistrado no sea reincorporado en su plaza de origen, del mismo modo, convocar a la ratificacion de los magistrados. Sexto: Que, mediante Resolucion N° 157-2006-CNM de fecha 20 de MORDAZA de 2006, se le rehabilita el titulo de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalia Provincial de MORDAZA del Distrito Judicial de La Libertad; mediante Resolucion de la Fiscal de la Nacion N° 483-2006-MP-FN de fecha 3 de MORDAZA de 2006 se le reincorpora como Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, la misma que se efectivizo el 05 del mismo mes y ano, siendo designado en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA en merito a la 2º clausula del acuerdo de solucion amistosa que preve en caso de no estar disponible su plaza original, a solicitud del magistrado, este sera reincorporado en una plaza vacante de igual nivel en el mismo o en otro Distrito Judicial; y, posteriormente mediante Resolucion N° 236-2006-CNM de fecha 31 de MORDAZA de 2006, El Consejo Nacional de la Magistratura resuelve cancelar el titulo de Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, expidiendole el titulo de Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad.

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