Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2008 (15/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Directiva Nº 008-2003-MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su concepto senala "Los desembolsos que se efectuan por concepto de anticipos concedidos constituyen recursos financieros, otorgados para el cumplimiento de fines especificos (...), la Directiva Nº 001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº 062-2005-MDSJM/ GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, articulo 3º que senala "(...) siendo la Sub Gerencia de Tesoreria la dependencia a la que se le asigna el fondo, el responsable de su administracion (...)", articulo 20º que senala que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramitan la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de Logistica, Tesoreria y Contabilidad.", la Ley No. 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de Diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente, durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley No. 28652 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de Diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos. Que, el suscrito ha sido designado en el cargo de Sub Gerente de Tesoreria el 18 de Octubre del ano 2004, por lo cual no le pueden ser imputados aquellos pagos ejecutados durante el ejercicio 2004 dado que los mismos corresponden a los meses de enero y febrero del ano 2004, es decir todavia no era tesorero, por otro lado precisa que los gastos efectuados durante el ejercicio 2005 y 2006 para celebracion por los Aniversarios del Distrito por los citados anos fueron autorizados respectivamente por los siguientes actos administrativos: Resolucion de Alcaldia Nº 000491 de fecha 22 de Diciembre del 2004 y Resolucion de Alcaldia Nº 000360 de fecha 19 de Diciembre del 2005. Se debe mencionar que de acuerdo al inciso b) del articulo 51º del ROF, es funcion de la Sub Gerencia de Tesoreria efectuar el pago de adquisicion de bienes u servicios, normatividad que lo reconoce como un organo ejecutor sin embargo para efectuar el pago por la adquisicion de bienes y servicios, lo mismo que deben estar autorizados por la Gerencia de Administracion y deben ser sometidos al control previo efectuado por la Oficina de Contabilidad de esta entidad, situacion que se a respetado en todos los casos imputados, que el cuestionamiento de su afectacion presupuestal. Control previo y autorizacion para su pago no son competencia de la Sub Gerencia de Tesoreria., el cual simplemente constituye un organo ejecutor, sino ademas el articulo 16º de la Directiva de Ejecucion Presupuestal para Gobiernos Locales del ano 2005-Directiva 005-2005-EF/76.01 aprobada mediante RD Nº008-2005-EF-76.01 y el articulo 14º de la Directiva Nº005-2006-EF-76.01 precisan que dicha competencia funcional corresponde a la Gerencia de Administracion y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de cada entidad, sin embargo especial tratamiento se tiene para el caso de los pagos efectuados por MORDAZA Chica los mismos, que son autorizados conjuntamente por el area usuaria y el Gerente de Administracion y con la intervencion del Control Previo, es importante mencionar que los gastos por aniversario del distrito no han sido realizados por la Sub Gerencia de Tesoreria quien solamente es un organo ejecutor, si no mas bien estos gastos fueron ejecutados por un area operativa, que los gastos por este concepto para el ano 2005 y 2006 fueron ejecutados a traves de la Gerencia de Imagen Institucional quien es el organo competente para estos asuntos. Quien da su visto MORDAZA corrobora que efectuo el gasto; Que, la Directiva Nº001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, en su articulo 20º senala "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del

gasto cuando se tramitan la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de Logistica, Tesoreria y Contabilidad.", asimismo en su articulo 23º senala "La Gerencia de Administracion, la Sub Gerencia de Tesoreria, y la Sub Gerencia de Contabilidad quedan encargadas en lo que les compete, del cumplimiento de la presente Directiva." Que, en consecuencia el ex Sub Gerente de Tesoreria no se puede eximir de responsabilidad en la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto, por asi haberlo establecido la MORDAZA MORDAZA mencionada. En consecuencia le asiste responsabilidad administrativa al ex funcionario por haber utilizado los recursos financieros de la entidad en gastos de celebraciones de aniversario contrarios a las disposiciones de austeridad de la Ley de Presupuesto Publico periodos 2005-2006, incumpliendo con las funciones establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza Nº000017, del 23 de Octubre del 2003, que en su articulo 51º inciso k) Programar, dirigir coordinar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesoreria, dando cumplimiento estricto a las Normas Generales que regulan el Sistema, inobservando la Directiva Nº008-2003-MDSJM, Normas para la Rendicion de Cuentas" aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº00857, del 18 de Septiembre del 2003, en su concepto senala "Los desembolsos que se efectuan por concepto de anticipos concedidos constituyen recursos financieros, otorgados para el cumplimiento de fines especificos (...), la Directiva Nº001-2005-MDSJM-GA "Administracion del Fondo para Pagos en efectivo y Fondo para MORDAZA Chica" aprobado por Resolucion Gerencial Nº062-2005-MDSJM/GA, de fecha 23 de Septiembre del 2005, articulo 3º senala "(...) siendo la Sub Gerencia de Tesoreria la dependencia a la que se le asigna el fondo, el responsable de su administracion (...)", articulo 20º senala que "Son responsables de la verificacion y control de los documentos sustentatorios del gasto cuando se tramitan la liquidacion de MORDAZA chica, las unidades de Logistica, Tesoreria y Contabilidad.", la Ley No. 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, publicada al 21 de Diciembre del 2005, en su articulo 8º Disposicion de Austeridad precisa "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto, las siguientes disposiciones de austeridad independientemente de la fuente de financiamiento: c) Queda prohibido todo MORDAZA de gastos orientados a la celebracion de agasajos por fechas festivas, que impliquen la afectacion de recursos publicos..", la Ley No. 28652 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 publicada el 22 de Diciembre del 2005, en su numeral 8 Disposicion de Austeridad establece "Las entidades deben aplicar obligatoriamente durante la ejecucion del presupuesto las siguientes disposiciones de austeridad, independientemente de la fuente de financiamiento (...) e) Queda prohibido todo MORDAZA de gasto orientada a celebracion de agasajos con fondos publicos (...), asimismo no se a cumplido con lo establecido en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo No. 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, senala que son obligaciones de los funcionarios, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo, asi como el articulo 129º del Decreto Supremo Nº005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, los funcionarios deben actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que le correspondan, cautelando la seguridad y patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad, asi como el articulo 7º numeral 5 de la Ley No. 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Uso adecuado de los Bienes del Estado, que senala que "Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propositos que no MORDAZA aquellos para los cuales hubieran sido especificamente destinados", configurando dicha inobservancia la comision de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y b) del articulo 28º del acotado Decreto Legislativo 276 que senala que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones". MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Ex Sub Gerente de Abastecimiento, habria utilizado los recursos financieros de la entidad en gastos de celebraciones de aniversario

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