Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (24/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382070 - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Noé Miguel Angel Gonzales Rodríguez, con Matrícula Nº AN-286 en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales Sección III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Ajustador Ramos Generales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 268214-1 Autorizan al Banco de Comercio la apertura de oficinas especiales en la Provincia Constitucional del Callao y en la provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 10566-2008 Lima, 22 de octubre del 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: Las solicitudes presentadas por el Banco de Comercio para que se le autorice la apertura de dos oficinas especiales, una de carácter temporal que funcionará el 26 de octubre de 2008, dentro de las instalaciones del Coliseo “Miguel Grau”, sito en la Avenida Oscar R. Benavides, distrito Callao, Provincia Constitucional del Callao; y la otra de carácter permanente que funcionará dentro de las instalaciones de la empresa Sociedad Eléctrica del Suroeste S.A. situada en la calle Consuelo N° 310, distrito, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero “D”, mediante Informe Nº 131 -2008-DEB“D”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de dos oficinas especiales, una de carácter temporal que funcionará el 26 de octubre de 2008, dentro de las instalaciones del Coliseo “Miguel Grau”, sito en la Avenida Oscar R. Benavides, distrito Callao, Provincia Constitucional del Callao; y la otra de carácter permanente que funcionará dentro de las instalaciones de la empresa Sociedad Eléctrica del Suroeste S.A. situada en la calle Consuelo N° 310, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas 268579-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan funcionamiento de Cartisa Perú Sociedad Administradora de Fondos S.A. para administrar fondos de inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV Nº 068-2008-EF/94.01.1 Lima, 16 de octubre de 2008 VISTOS:El Expediente Nº 2008021138, así como el Informe Nº 773-2008-EF/94.06.2 del 7 de octubre de 2008, presentado por la Dirección de Patrimonios Autónomos, con opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral de Patrimonios Autónomos Nº 012-2007-EF/94.06.2 del 4 de julio de 2007, se otorgó a la SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA CARTISA PERU S.A. autorización de organización de una sociedad administradora de fondos denominada CARTISA PERU SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS S.A., o su denominación abreviada CARTISA PERU SAF S.A.; Que, mediante escrito recibido el 17 de julio de 2008, complementado el 11 y 17 de setiembre, así como el 6 de octubre de 2008, CARTISA PERU SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS S.A., debidamente representada por el señor Luis Felipe Arizmendi Echecopar, solicitó a CONASEV se le otorgue autorización de funcionamiento para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión y su respectiva inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que la misma cumple con lo establecido en el artículo 22º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modifi catorias, el artículo 8º del Reglamento del Sistema MVNET, aprobado por Resolución CONASEV Nº 008-2003-EF/94.10, los artículos 10º y 11º del Reglamento sobre Propiedad Indirecta Vinculación y Grupos Económicos, aprobado por Resolución CONASEV Nº 090-2005-EF/94.10, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126, el artículo 12º de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo Nº 862 y sus modifi catorias, los artículos 22º y siguientes del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF, el literal l) del artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; así como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesíon del 13 de octubre de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de CARTISA PERU SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS S.A., Descargado desde www.elperuano.com.pe