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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (11/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de diciembre de 2012 480561 CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN G 80 Valerse de infl uencias con la fi nalidad de cambiar, modifi car o revertir las decisiones de los órganos disciplinarios u órdenes del Comando, en benefi cio propio o de terceros. De 11 a 15 días de sanción de rigor ANEXO III TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES MUY GRAVES CONTRA LA DISCIPLINA CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN MG 1 Faltar a la verdad en documentos relacionados con la investigación policial, valiéndose de términos tendenciosos o falsos en su calidad de instructor. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 2 Denunciar sin pruebas o con argumentos falsos al personal de la Policía Nacional del Perú. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 3 Apoderarse indebidamente de prendas, equipos o bienes de otros miembros de la Policía Nacional del Perú. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 4 Utilizar insignias de mando que no correspondan a la categoría o grado que ostenta. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 5 Emplear sin causa justifi cada la fuerza física contra el personal de la Policía Nacional del Perú, salvo que se trate de hacer prevalecer el principio de autoridad o en legítima defensa. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 6 Replicar al superior en forma desafi ante las órdenes del servicio o hacer correcciones u observaciones en los mismos términos. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 7 Ser reincidente en la ingesta de bebidas alcohólicas durante su servicio. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 8 Formular o difundir anónimos contra cualquier miembro de la institución. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 9 Incitar en cualquier forma a cometer actos contrarios a la subordinación. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 10 Negarse a pasar examen de dosaje etílico, toxicológico, ectoscópico, absorción atómica u otros cuando la autoridad policial lo solicite por causa justifi cada. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 11 No respetar los procedimientos establecidos o alterar, distorsionar, encubrir o suprimir, sin motivo justifi cado, los documentos que sustentan el procedimiento regular de un proceso interno o pago a personal de la Policía Nacional del Perú o a un tercero. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 12 Dar en prenda, garantía, alquiler o prestar armamento, equipo, pertrecho u otros bienes de propiedad del Estado. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 13 Formular imputaciones tendenciosas que denigren, calumnien, difamen o deshonren al personal de la Policía Nacional del Perú mediante palabras, escritos o cualquier otro medio. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 14 Formular declaración o comentario no autorizado en forma pública sobre asuntos, que afecten la imagen y prestigio institucional. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 15 Inducir a error en forma dolosa a los órganos disciplinarios, en su condición de testigo, perito o quien tiene el deber de colaborar con éstos. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 16 Omitir, retardar de cualquier modo o encubrir intencionalmente la notifi cación de resolución de pase a la situación de disponibilidad o de retiro por medida disciplinaria. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 17 Consumir droga (s) ilegal (es). Pase a la situación de retiro MG 18 Ejecutar funciones propias del personal de la Policía Nacional del Perú haciendo uso del uniforme o en traje de civil, encontrándose en situación de disponibilidad. Pase a la situación de retiro MG 19 Incurrir en infracción grave o hacer uso del uniforme o distintivo de mando y autoridad estando en situación de disponibilidad. Pase a la situación de retiro CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN MG 20 Agredir físicamente o realizar actos de violencia contra un superior o subordinado, salvo en legítima defensa. Pase a la situación de retiro MG 21 Sustraer medios técnicos o informáticos, imágenes o sonidos de propiedad o uso de la Policía Nacional del Perú para fi nes distintos a los previstos legalmente, en benefi cio propio o de terceros. Pase a la situación de retiro MG 22 Sustraer, ocultar, facilitar o comercializar medicamentos, biomédicos, insumos, productos, materiales y equipos destinados al diagnóstico, tratamiento de distintas patologías y procedimientos de salud para el personal de la Policía Nacional del Perú y familiares, empleando cualquier artifi cio. Pase a la situación de retiro MG 23 Excederse en más de 5 días calendario en el uso de vacaciones o permisos, a sabiendas que no le corresponde. Pase a la situación de retiro MG 24 Faltar por más de 5 días calendario en forma consecutiva a su Unidad, sin causa justifi cada Pase a la situación de retiro MG 25 Reincorporarse a su Unidad después de tres (3) o más días de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad, sin causa justifi cada. Pase a la situación de retiro MG 26 Omitir auxiliar oportunamente a cualquier persona y como consecuencia de ello, se produzca la muerte o lesiones graves. Pase a la situación de retiro MG 27 Participar, favorecer o facilitar actividades ilícitas relacionadas a tráfi co ilícito de drogas, terrorismo, lavado de activos, secuestro, trata de personas, espionaje, robos, violación, extorsión y otros delitos graves. Pase a la situación de retiro MG 28 Organizar, dirigir, promover, participar o incitar a huelga, paro, marcha u otras acciones de protesta de índole policial, o intervenir en forma directa en actividades políticas o sindicales. Pase a la situación de retiro MG 29 Pertenecer a partido político, agrupación o movimiento que desarrolle actividades políticas. Pase a la situación de retiro MG 30 Utilizar el cargo o el grado para inducir al subordinado o a particulares a respaldar una campaña política o participar en eventos de la misma naturaleza. Pase a la situación de retiro CONTRA EL SERVICIO POLICIAL MG 31 Contravenir el protocolo o norma técnica de salud aprobado para el examen, diagnóstico, tratamiento, operación, rehabilitación o demás procedimientos utilizados por el personal profesional o técnico en el desempeño de su función, sin causa justifi cada. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 32 Disponer que el personal a su cargo realice servicio individualizado en favor de terceros estando de servicio. Igual sanción corresponde al personal que brinda el mismo servicio por su cuenta. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 33 Exponer a peligro o abandonar al paciente en riesgo o en situación de emergencia, por parte del personal profesional médico o técnico de la Policía Nacional del Perú responsable. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 34 Contravenir los protocolos o normas técnicas nacionales e internacionales de navegación aérea, marítima, fl uvial y lacustre, sin causa justifi cada. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 35 Permitir sin justifi cación el vencimiento de medicinas, biomédicos, insumos, material fonomédico y fonotécnico, y otros de similar naturaleza de cualquier unidad de salud de la Policía Nacional del Perú. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 36 Ingresar o facilitar el ingreso de artículos prohibidos en un establecimiento penitenciario. De 6 meses a 1 año de disponibilidad MG 37 Omitir, borrar, agregar o alterar el registro de información ofi cial en las bases de datos informáticos de la Policía Nacional del Perú. De 1 año a 2 años de disponibilidad MG 38 Actuar o participar directa o indirectamente en abuso del ejercicio de sus funciones, atribuciones y facultades, atentando contra la libertad personal o patrimonio público o privado. De 1 año a 2 años de disponibilidad