Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 12°.- Mecanismos de participacion ciudadana complementarios Los mecanismos de participacion ciudadana complementarios, se seleccionaran de acuerdo a la envergadura y complejidad del proyecto de inversion o la actividad de competencia del Sector Agrario, situacion del entorno, presencia de pueblos indigenas, comunidades campesinas o nativas, sensibilidad social del area, entre otros criterios, considerandose en cada caso, la implementacion de los siguientes mecanismos de participacion ciudadana: visitas guiadas, mesas de concertacion con representantes de la poblacion involucrada, grupos tecnicos de trabajo con representantes de la poblacion acreditados, comites de gestion del proyecto o actividad conformados con representantes del proyecto, entidades y representantes de la poblacion acreditados, encuestas de opinion y entrevistas. Atendiendo a cada caso, los mecanismos de participacion ciudadana complementarios, deberan ser contemplados en el Plan de Participacion Ciudadana que se presente a la autoridad ambiental del Sector Agrario. Articulo 13°.- Lineamientos generales para la convocatoria La convocatoria para los mecanismos de participacion ciudadana se realiza considerando lo siguientes criterios de aplicacion general: a. La convocatoria debe efectuarse a traves de los mecanismos idoneos que en cada caso permitan la mayor difusion posible. b. En la convocatoria se debera indicar con claridad y precision la fecha, lugar y hora de realizacion de los mecanismos de participacion ciudadana. La fecha sera seleccionada evitando la coincidencia con los feriados y actividades religiosas o culturales de la zona. c. La convocatoria debera dirigirse a la poblacion involucrada, asimismo se cursaran invitaciones a autoridades regionales, locales, comunales, sociedad civil organizada y entidades. d. La convocatoria debera realizarse en idioma espanol y en el idioma preponderante de las poblaciones involucradas. Articulo 14°.- Seleccion del lugar para la implementacion de mecanismos de participacion ciudadana Los mecanismos de participacion ciudadana en todos los casos, deberan realizarse en el area de influencia del proyecto, preferentemente en el area de influencia directa. El lugar debera ser de facil acceso para los pobladores de la MORDAZA, considerando adicionalmente los aspectos de tamano e infraestructura y la seguridad de la zona. En caso la MORDAZA del area de influencia directa, MORDAZA sido declarada de emergencia o se MORDAZA suspendido las garantias, los mecanismos de participacion ciudadana se realizaran en el poblado mas cercano que reuna las condiciones necesarias. En el caso de los Talleres Participativos y las Audiencias, se fijara el dia y hora que garantice una mayor asistencia de la poblacion. Articulo 15°.- Normas especificas para realizacion de audiencias publicas La audiencia publica se sujeta a los siguientes lineamientos especificos, de aplicacion obligatoria:

(5) dias despues de publicado el aviso indicado en el parrafo anterior, debiendose precisar que el EIAsd o EIAd, segun corresponda, y su resumen ejecutivo se encuentra a disposicion de los interesados para los fines que estimen pertinente. - Asimismo, luego que la DGAAA MORDAZA conocimiento de la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", debera publicar el aviso de convocatoria a la audiencia publica en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura. - La convocatoria se realiza en idioma espanol y en el idioma preponderante de las poblaciones involucradas. 15.2 El texto del resumen ejecutivo del instrumento de gestion ambiental, debera ser redactado en lenguaje sencillo y en idioma espanol, el cual debera estar a disposicion de los interesados desde la fecha en que se publique el primer aviso de convocatoria hasta la fecha en que se realice la audiencia publica. Adicionalmente, la DGAAA podra requerir que el mencionado resumen sea tambien redactado en el idioma o lengua predominante en la localidad donde se planee ejecutar el proyecto y/o actividad. Cuando el idioma o lengua predominante en la localidad en la MORDAZA de ejecucion del proyecto y/o actividad de competencia del Sector Agrario no tenga escritura de uso mayoritario, la DGAAA podra solicitar una MORDAZA en version magnetofonica, en audio digital u otro medio idoneo del referido resumen. 15.3 La Mesa Directiva para la realizacion de la audiencia publica, esta conformada por el Presidente y un Secretario Tecnico, ambos profesionales de la DGAAA. 15.4 Las personas que participen en una audiencia publica podran acreditar un traductor ante la Mesa Directiva. Con la ayuda del traductor y/o del secretario de la Mesa, las personas analfabetas o quienes tengan dificultad para expresarse en idioma espanol podran realizar preguntas u observaciones. 15.5 El titular del proyecto o de la actividad o su(s) representante(s) debidamente acreditado(s), previo al inicio de la audiencia publica debera distribuir el Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental, del PAMA o Plan de Cierre a los participantes inscritos. El numero de ejemplares se determinara teniendo en cuenta la capacidad del auditorio y otros factores que determine el Ministerio de Agricultura a traves de la DGAAA. 15.6 En la audiencia publica, el titular del proyecto o de la actividad o su(s) representante(s) debidamente acreditado(s), efectuaran una exposicion detallada del proyecto propuesto o la actividad en curso (en caso de PAMA), abarcando la ubicacion, objetivo, descripcion de las actividades, MORDAZA util del proyecto o actividad, recursos requeridos (humanos, insumos, etc.), costos y responsable de su ejecucion, entre otros aspectos. En el caso del Plan de cierre MORDAZA a conocer las acciones contempladas en dicho instrumento. 15.7 Seguidamente, el coordinador o jefe del equipo de consultores que elaboro el instrumento de gestion ambiental y/o su representante debidamente acreditado, debera efectuar una exposicion sobre el contenido del instrumento de gestion ambiental, en la que se incluya, entre otros aspectos: i) descripcion de la linea base ambiental, ii) caracterizacion de los impactos ambientales identificados, tanto directos como indirectos, iii) estrategia de manejo ambiental, precisando las medidas previstas en la estrategia de manejo ambiental para prevenir, mitigar o compensar los impactos negativos y iv) valorizacion economica del impacto ambiental. 15.8 Concluida la sustentacion, el Presidente de la Mesa Directiva invitara a los participantes a formular preguntas por escrito, las que deberan ser absueltas por los expositores en el mismo acto. 15.9 La transcripcion de las preguntas y respuestas formuladas asi como los documentos que pudieran presentar los interesados en la audiencia publica, que esten referidos a sustentar la aprobacion o desaprobacion del instrumento de gestion ambiental, seran tomados en cuenta para la evaluacion del mismo. 15.10 El acta sera firmada por los integrantes de la Mesa Directiva, el titular del proyecto o actividad y por el representante de la entidad que elaboro el instrumento de gestion ambiental, asi como por todas las autoridades que participaron en la audiencia publica y publico en general. 15.11 La mesa directiva no permitira el ingreso a la Audiencia Publica de personas que se encuentren en evidente estado etilico o bajo la influencia de drogas.

15.1 La DGAAA, en coordinacion con el titular del proyecto y/o de la actividad pondra en conocimiento de la poblacion involucrada el lugar, dia y hora de la Audiencia Publica, a traves de los siguientes medios de comunicacion:
- Un aviso en el Diario Oficial "El Peruano" y un aviso o mas avisos en un diario de mayor circulacion en la localidad o localidades, con un minimo de diez (10) dias calendarios MORDAZA de la fecha programada para la Audiencia, una MORDAZA del aviso publicado en el Diario Oficial "El Peruano", debera ser remitida por el Titular del proyecto a la DGAAA al dia siguiente de publicado, quien a su vez remitira a las Municipalidades de la MORDAZA de influencia directa del proyecto o de la actividad, segun corresponda, en el termino de la distancia. - Cuatro (4) anuncios diarios en una estacion radial de mayor sintonia en la localidad o localidades donde se desarrollara el proyecto o la actividad de competencia del Sector Agrario, los cuales deben difundirse durante cinco

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