Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478561

del Sistema Nacional de Gestion Ambiental en el ambito de competencia del sector. Asimismo, en el literal h) del articulo 64° del referido Reglamento, dispone que es funcion de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, proponer las normas y manuales de funciones y procedimientos en el ambito de su competencia; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, ha propuesto el Reglamento de Gestion Ambiental en el Sector Agrario, el cual recoge los aportes y comentarios del Ministerio del Ambiente, asi como de personas naturales e instituciones publicas y privadas interesadas, al haberse sometido el proyecto a un MORDAZA de consulta publica a traves de la publicacion en la pagina web institucional del Ministerio de Agricultura, conforme se dispuso en la Resolucion Ministerial Nº 0280-2011-AG, de 8 de MORDAZA de 2011; Que, asimismo, las disposiciones establecidas en el presente Decreto Supremo fueron coordinadas y acordadas con el Ministerio del Ambiente, a traves de su Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental y su Oficina de Asesoria Juridica, tal como se advierte en el Acta de fecha 22 de MORDAZA de 2011, el cual expresa la opinion favorable de dicho Sector; Que, siendo asi, resulta necesario aprobar el Reglamento de Gestion Ambiental del Sector Agrario, con la finalidad de promover y regular una adecuada gestion ambiental en el desarrollo de actividades de competencia del sector Agrario (agricolas, pecuarias, de transformacion de productos agropecuarios, hidraulicas y forestales); asi como, la conservacion y el aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables, agua, suelo, MORDAZA y fauna, que se encuentran bajo administracion del Sector Agrario, estableciendo un MORDAZA juridico regulador de caracter integral orientado hacia el desarrollo sostenible; En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 28245, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el "Reglamento de Gestion Ambiental del Sector Agrario", que consta de siete (7) titulos, sesenta y nueve (69) articulos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Transitorias y dos (2) Anexos, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Normas Complementarias Facultese al Ministerio de Agricultura para mediante Resolucion Ministerial, emita normas complementarias que pudieran requerirse a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; asi como, la conservacion y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, agua, suelo, MORDAZA y fauna, que se encuentran bajo administracion del Sector Agrario. Asimismo, regular los instrumentos de gestion ambiental, los procedimientos, medidas y otros aspectos especificos para las actividades de competencia de este Sector Agrario. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion El presente Reglamento debe ser aplicado por los tres niveles de gobierno y por todas las personas naturales y juridicas que pretendan ejecutar o ejecutan actividades comprendidas dentro del ambito de competencia del Sector Agrario en el territorio nacional, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. Articulo 3º.- Lineamientos de Politica Ambiental del Sector Agrario Sin perjuicio de los lineamientos de la Politica Nacional del Ambiente, de la Politica Agraria y los contenidos en normas especiales, constituyen lineamientos de la Politica Ambiental del Sector Agrario los siguientes: 3.1 Promover el desarrollo sostenible de las actividades agrarias del MORDAZA mejorando la competitividad del Sector Agrario, mediante tecnologias y procesos de produccion limpia, medidas de prevencion, control, mitigacion, recuperacion, rehabilitacion o compensacion de ambientes degradados, asi como de las relacionadas a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica, incluyendo la agrobiodiversidad, en el ambito de su competencia. 3.2 Promover y desarrollar acciones para contribuir al ordenamiento territorial sustentado en la zonificacion ecologica y economica (ZEE), considerando la zonificacion agroecologica, el ordenamiento forestal, la gestion y manejo integrado de las cuencas y las tierras segun su capacidad de uso mayor, entre otros. 3.3 Contribuir al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables para convertirlo en un activo importante para el desarrollo sostenible de la poblacion rural, promoviendo la optimizacion y equitativa distribucion de los beneficios, la minimizacion de conflictos intersectoriales, el uso de la biotecnologia y el acceso a mercados. 3.4 Consolidar, en su calidad de Organo Rector del Sector Agrario, su rol articulador respecto a la conservacion y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables bajo su competencia, considerando el fortalecimiento y descentralizacion de su gestion ambiental. 3.5 Permitir con la implementacion de la gestion ambiental, la rentabilidad y la competitividad del agro, con bajos costos de produccion, productos de calidad, mercados agrarios fortalecidos y desarrollados con organizaciones agrarias modernas y eficientes, contribuyendo a la reduccion de la pobreza y extrema pobreza, el mejoramiento de las condiciones de MORDAZA en las areas rurales, incorporando a los pequenos agricultores y de auto-subsistencia en el MORDAZA interno y de agro exportacion. 3.6 Fomentar, difundir y facilitar la adopcion voluntaria de politicas, practicas y mecanismos de responsabilidad social de las empresas de las actividades de competencia del Sector Agrario. Articulo 4º.- Principios La gestion ambiental del Sector Agrario se sustenta en los principios establecidos en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, el Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, Politica Nacional del Ambiente, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM y en la Politica Agraria contenido en el Plan Estrategico Sectorial Multianual del Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0161-2012-AG.

REGLAMENTO DE GESTION AMBIENTAL DEL SECTOR AGRARIO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto promover y regular la gestion ambiental en el desarrollo de actividades de competencia del Sector Agrario conforme al articulo 4º, numeral 4.2 del Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado

TITULO II DE LAS COMPETENCIAS EN LA GESTION AMBIENTAL DEL SECTOR AGRARIO
Articulo 5º.- La Autoridad Ambiental Competente 5.1 El Ministerio de Agricultura, a traves de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA), es la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.