Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Miércoles 27 de julio de 2016
4 LA REINCIDENCIA O REITERANCIA EN LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN. No se verifica con anterioridad que el agente haya incurrido en la misma o en otra conducta infractora. Se verifica que con anterioridad el agente ha incurrido una vez en la misma o en otra conducta infractora. CALIFICACIÓN

NORMAS LEGALES
SUSTENTO INFRACCIÓN ART. 19º DESCRIPCIÓN REFERENCIA PARA DETERMINAR MULTA INICIAL

595027
ESCALA DE SANCIONES

4.1

0%

4.2

+15%

Se verifica que con anterioridad el agente ha 4.3 incurrido más de una vez en la misma o en otra conducta infractora. LA EXISTENCIA O NO DE INTENCIONALIDAD EN LA CONDUCTA DEL PRESUNTO INFRACTOR El agente incurrió en infracción pese a haber sido orientado a efectos que cumpla con sus obligaciones, a través de comunicados, cartas, visitas, entre otros. El agente incurrió en infracción pese a haber tenido conocimiento del cumplimiento de sus obligaciones a raíz de las resoluciones autoritativas que ha obtenido con anterioridad. LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN

+30%

Corresponde incrementar el monto de la sanción cuando el agente incumple la norma, pese a que por su propia experiencia ya conoce las disposiciones que debe observar. Y, más aún, si demuestra predisposición a incumplir.

9) (Muy Grave)

EL INCUMPLIMIENTO PARCIAL O TOTAL DE LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN QUE ESTIMA LA SOLICITUD DE GARANTÍAS DE ORDEN PÚBLICO PARA AFORO ESTABLECIDO UN EVENTO SOCIAL, EN LA RESOLUCIÓN ESPECTÁCULO DEPORTIVO Y ESTIMATORIA ESPECTÁCULO NO DEPORTIVO (ESTA INFRACCIÓN ADICIONALMENTE INCLUYE LA CANCELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ESTIMATORIA)

SE APLICA ESCALA DE SANCIONES

5

CALIFICACIÓN

SUSTENTO ACTIVIDAD La conducta infractora resulta más grave aún si el agente, quien se presume, iure et de iure, conoce la normatividad vigente, la incumple pese a que la administración le brindó orientación. EVENTOS SOCIALES ESPECTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS ESCALA DE SANCIONES (Sin considerar Criterios de Gradualidad) AFORO HASTA 1,000 MÁS DE 1,000 HASTA 3,000 MAS DE 3,000 HASTA 5,000 EVENTOS SOCIALES ESPECTACULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS MÁS DE 5,000 HASTA 15,000 MAS DE 15,000 HASTA 30,000 MAS DE 30,000 HASTA 45,000 MÁS DE 45,000 SANCIÓN 0.75 DE LA UIT* DESDE 1 UIT HASTA 2.5 UIT MINIMO 3 UIT HASTA 5 UIT MINIMO 5 UIT HASTA 7 UIT MINIMO 7 UIT HASTA 9 UIT MINIMO 9 UIT HASTA 11 UIT MINIMO 11 UIT

5.1

+15%

5.2

+20%

6

CALIFICACIÓN

SUSTENTO La adecuación del agente a las disposiciones contenidas en la normatividad vigente, es un indicador de la voluntad de sujetarse a lo prescrito en las normas de competencia de la ONAGI. La obtención de un mayor beneficio por la modificación del o de los mecanismos de la promoción comercial, sin contar con la debida autorización, es una circunstancia agravante. SUSTENTO La colaboración que brinde el infractor, desde la etapa de supervisión y durante el desarrollo de las investigaciones, dota al procedimiento de una mayor dinámica, permite resolver con celeridad y disminuye los costos que se le generan al Estado por la evaluación procedimientos. Lo contrario, dilata innecesariamente el desarrollo del procedimiento, prolonga su duración, e incrementa los costos en los que el Estado se encuentra obligado a incurrir.

En adelante, el agente se adecuó a la normatividad vigente para realizar promociones 6.1 comerciales, rifas con fines sociales o colectas públicas. El agente obtiene un beneficio adicional, real o potencial, al haber incumplido el mecanismo. Aplicable para el supuesto de la infracción 4).

-15%

*No aplica el descuento del 30% previsto en el artículo 37, del presente Reglamento.

6.2

+15%

ANEXO V ESTABLECIMIENTO Y CALIFICACION DE LOS CRITERIOS DE GRADUALIDAD (OTORGAMIENTO DE GARANTIAS DE ORDEN PÚBLICO) A fin de establecer el monto final de la multa, corresponde evaluar los criterios de gradualidad que la atenúan o agravan. A tal efecto, a continuación se precisa un listado enunciativo de supuestos con su respectiva calificación, dejándose a consideración de la autoridad, según lo amerite cada caso concreto, la evaluación de otros supuestos a los que atribuirá una calificación dentro del rango establecido para cada criterio de gradualidad. Sin perjuicio de la medida correctiva que disponga la autoridad con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en los actos resolutivos que expide la Oficina Nacional de Gobierno Interior.

6.3

El agente puso extemporáneamente a disposición de la ONAGI, el premio no reclamado.

+15%

7

CONDUCTA PROCESAL DEL ADMINISTRADO

CALIFICACIÓN

En relación a la aceptación de la imputación de cargos: El agente se allana y/o reconoce los cargos imputados mediante la resolución de inicio 10% - 20% En función al Beneficio Ilícito

7.1

1

LA GRAVEDAD DEL DAÑO CAUSADO AL INTERÉS CALIFICACIÓN PÚBLICO Y/O BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

SUSTENTO

8

En relación al esclarecimiento de los actuados: El agente colabora con el esclarecimiento de los actuados, proporcionando información y/o documentos. 5% - 15% En función al Beneficio Ilícito

8.1

El agente no prestó una adecuada colaboración, obstaculizó la diligencia y/u ocultó los bienes y/u otros elementos expuestos que sirven para acreditar la infracción y/o la cuantificación 8.2 del importe de los premios, y/o entorpece el desarrollo de las investigaciones y/o el esclarecimiento de los actuados.

+15%

ANEXO IV
CUADRO DE INFRACCIONES Y ESCALA DE SANCIONES (OTORGAMIENTO DE GARANTIAS DE ORDEN PÚBLICO)
REFERENCIA PARA DETERMINAR MULTA INICIAL AFORO DEL ESTABLECIMIENTO O RECINTO EN EL QUE SE LLEVÓ A CABO EL EVENTO O ESPECTÁCULO.

La transgresión a la norma afecta el interés público, el orden público A mayor presencia y la paz social. de público mayor será el daño a los bienes jurídicos que tutela el Estado, afectando la seguridad, la paz social, el interés público, el orden público, entre otros elementos Se afectó potencial o realmente el orden público y 1.1 +10% que afectan la la paz social. institucionalidad de un Estado de Derecho y justifican la existencia de la organización administrativa del Estado. 2 LA REINCIDENCIA O REITERANCIA EN LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN No se verifica con anterioridad que el agente haya incurrido en la misma o en otra conducta infractora. Se verifica que con anterioridad el agente ha incurrido una vez en la misma o en otra conducta infractora. CALIFICACIÓN SUSTENTO Corresponde incrementar el monto de la sanción cuando el agente incumple la norma, pese a que por su propia experiencia ya conoce las disposiciones que debe observar. Y, más aún, si demuestra predisposición a incumplir.

2.1

0%

INFRACCIÓN ART. 19º

DESCRIPCIÓN REALIZAR UN EVENTO SOCIAL, ESPECTÁCULO DEPORTIVO O ESPECTÁCULO NO DEPORTIVO SIN CONTAR CON LA RESOLUCIÓN DE GARANTÍAS DE ORDEN PÚBLICO, EMITIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE

ESCALA DE SANCIONES

2.2

+15%

10) (Muy Grave)

SE APLICA ESCALA DE SANCIONES

2.3

Se verifica que con anterioridad el agente ha incurrido más de una vez en la misma o en otra conducta infractora.

+30%

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.