Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Estando a lo solicitado, Ley 28626 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria 30220; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por don RAYMAR CARLOS COLLANA con Código Universitario Nº 060877, sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confiere el Título Profesional de Ingeniero Agropecuario, en la Escuela Profesional de Ingeniería Agropecuaria de la Filial Andahuaylas de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Institución. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de don RAYMAR CARLOS COLLANA con Código Universitario Nº 060877, confiriéndole el Título Profesional de Ingeniero Agropecuario, en la Escuela Profesional de Ingeniería Agropecuaria de la Filial Andahuaylas de la Facultad de Ciencias Agrarias, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- Dejar ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que la Unidad de Logística, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector 1424960-1

convocara al candidato no proclamado. Dicha solicitud generó el Expediente N° J-2015-00078-C01. En vista de ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, luego de verificar la documentación remitida por el concejo distrital, emitió la Resolución N° 02212015-JNE, del 13 de agosto de 2015, a través de la cual dejó sin efecto la credencial otorgada a Britaldo Lozano Chancahuana, como regidor del Concejo Distrital de Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas y convocó a Elisabet Marín de Llaja, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Fuerza Amazonense, para que asuma el cargo de regidora, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. Posteriormente, mediante el oficio del visto, el alcalde distrital comunica que, mediante Carta N° 026-2015-MDCH/A (fojas 4), del 19 de noviembre de 2015, se citó a Elisabet Marín de Llaja con el propósito de que asista a la ceremonia de juramentación como regidora distrital. Sin embargo, la antes citada no asistió, tal como se verifica del Acta de Juramentación del 25 de noviembre de 2015, que obra a fojas 18. Dicho documento fue remitido a este órgano colegiado a través del Oficio N° 051-2016-MDCH/A, recibido por la Oficina Desconcentrada del Jurado Nacional de Elecciones con sede en Amazonas el 19 de julio de 2016, e ingresado a la sede central de este ente electoral el 26 de julio. Finalmente, cabe señalar que obra en autos (fojas 21), la declaración jurada suscrita por Elisabet Marín de Llaja, en la que comunica al alcalde distrital su "renuncia irrevocable" al cargo de regidora. CONSIDERANDOS 1. En el presente caso, se advierte que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones a través de la Resolución N° 0221-2015-JNE, convocó a Elisabet Marín de Llaja a fin de que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chuquibamba y, de esta manera, complete el periodo municipal 2015-2018. 2. Sin embargo, pese a encontrarse debidamente notificada, la ciudadana acreditada como regidora no asistió al acto de juramentación, por ello teniendo en cuenta el tiempo transcurrido resulta necesario que este máximo órgano electoral adopte las medidas necesarias a efectos de garantizar el normal desenvolvimiento de las funciones del Concejo Distrital de Chuquibamba. 3. Por ello, corresponde, convocar al candidato no proclamado acorde con el artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 4. Cabe precisar que, de conformidad con el artículo mencionado, en el caso del teniente alcalde, lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral y, finalmente, en caso de los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 5. Por consiguiente, corresponde convocar a Manuel Castrejón Chávez, identificado con DNI N° 80619038, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Fuerza Amazonense, a fin de completar el número de regidores del concejo distrital. 6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados de fecha 25 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN N° 1055-2016-JNE Expediente N° J-2015-00413-C01 CHUQUIBAMBA - CHACHAPOYAS - AMAZONAS CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintisiete de julio de dos mil dieciséis. VISTO el Oficio N° 093-2015-MDCH/A, recibido el 2 de diciembre de 2015, por la Unidad Regional de Enlace del Jurado Nacional de Elecciones ubicado en el departamento de Amazonas, y a través del cual Alejandro Zelada Abanto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, informa que Elisabet Marín de Llaja no juramentó como regidora de la citada entidad edil. ANTECEDENTES Mediante el Oficio N° 020-2015-MDCH/A, recibido el 20 de marzo de 2015, Alejandro Zelada Abanto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, comunicó que el regidor Britaldo Lozano Chancahuana no juramentó a dicho cargo, pese a que fue elegido en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por lo que solicitó se

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Elisabet Marín de Llaja, identificada con DNI N° 33413237, como regidora del Concejo Distrital de Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014.

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