Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2017 (26/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de agosto de 2017 /

El Peruano

Artículo Segundo.- ADMINISTRAR el registro de infractores a la vigilancia sanitaria de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos, según lo establecido en las normas de Inocuidad Alimentaria. La misma que estará a cargo de la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental en coordinación con la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal. Artículo Tercero.- DEROGAR todas aquellas disposiciones locales, cuya aplicación sea incompatible o se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalización y Control Municipal, Sub Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental y demás áreas pertinentes; el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, en cuanto les corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación, y Gerencia de Planificación Presupuesto y Racionalización; la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano, así como la publicación en el portal web de la Municipalidad de Independencia www. muniindependencia.gob.pe, y su difusión. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1558639-1

Constituyen la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia
ORDENANZA Nº 000358-2017-MDI Independencia, 14 de Agosto del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando Nº 2080-2017-GM-MDI de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 445-2017-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, el Memorando Nº 696-2017-GPPRMDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Memorando Nº 2200-2017-GDSMDI de la Gerencia de Desarrollo, Social, que propone mediante Ordenanza Municipal la creación de la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP, que crea la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 129-2017MIMP, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, la Constitución Política del Perú en su artículo 4º precisa que la Comunidad y el Estado protegen, entre otros; a los ancianos en situación de abandono; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisa como uno de los objetivos sociales de la Descentralización, la promoción del desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza; Que, el numeral 3.1 del artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como función

específica de las municipalidades distritales, difundir y promover los derechos del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales; Que, la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, tiene como objeto establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación, entendiéndose por persona adulta mayor a aquella que tiene 60 o más años de edad; asimismo, en su artículo 23º, señala que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales conformarán espacios para abordar la temática de las personas adultas mayores, pudiendo construir para tal fin comisiones multisectoriales, consejos regionales y mesas de trabajo, respectivamente, integradas por representantes del Estado; Que, la promoción de una cultura de envejecimiento activo y saludable es tarea que compromete al Gobierno Nacional, Regional, Local, a la familia, al Adulto Mayor, a las organizaciones civiles y actores sociales que actúan en pro de los derechos de aquellos; Que, conforme a la Resolución Ministerial Nº 0952017-MIMP, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 129-2017-MIMP, de fecha 24 de abril del 2017, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece en su artículo 1º la necesidad de constituir la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, diseñando su intervención a través de los siguientes componentes: Primer Componente: Autocuidado, Segundo Componente: Protección de Derechos, Tercer Componente: Reinserción Ocupacional, Cuarto Componente: Relaciones Intergeneracionales, Quinto Componente: Gestión de Riesgos; y en su artículo 5º se establece la conformación de la Mesa Distrital de Personas Adultas Mayores con sus respectivos miembros; Que, mediante Memorando Nº 2200-2017-GDS-MDI, de fecha 18 de julio de 2017, la Gerencia de Desarrollo Social propone la creación de la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia, mediante Ordenanza; en el marco de la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP, que crea la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 129-2017-MIMP; Que, mediante Memorando Nº 696-2017-GPPRMDI, de fecha 02 de agosto de 2017, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización remite el Informe Nº 119-2017-GPPR-MDI indicando que el proyecto de Ordenanza que crea la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia, no ocasionará gastos adicionales al presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia; Que, mediante Informe Nº 445-2017-GAL-MDI, de fecha 04 de agosto de 2017, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorablemente la aprobación del proyecto de Ordenanza que crea la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia; Que, mediante Memorando Nº 2080-2017-GM-MDI, de fecha 10 de agosto de 2017, la Gerencia Municipal, contando con los informes técnicos respectivos, opinión legal y de orden presupuestal favorables, solicita elevar el proyecto de ordenanza al Concejo Municipal para su revisión y aprobación; Estando a los fundamentos expuestos; y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 40º y 84º de la Ley Nº 27972, "Ley Orgánica de Municipalidades"; y contando con el VOTO POR MAYORÍA de los señores Regidores presentes; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza que constituye: MESA DISTRITAL DE LA PERSONA ADULTA MAYOR DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- OBJETIVO DE LA NORMA Constituir la Mesa Distrital de la Persona Adulta Mayor de Independencia, con el objeto de trabajar de manera articulada y concertada la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores.

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