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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (22/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Domingo 22 de noviembre de 2020 / El Peruano - Un/a representante de las Municipalidades Provinciales de la Región Arequipa. - Un/a representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza de Arequipa. - Un/a representante de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Un/a representante del Ministerio Público de Arequipa. - Un/a representante de la Policía Nacional del Perú.- Las instituciones deberán acreditar ante la Secretaría Técnica a su representante titular y alterno/a. Artículo 16°.- De la Secretaría Técnica del COREQUECHUA Arequipa. El Consejo Regional de la Lengua y Cultura Quechua de la región Arequipa contará con una Secretaría Técnica encargada de fortalecer las decisiones que se adopten y ejecutar las acciones que se requieran, garantizando un trabajo técnico, la misma que recaerá en la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 17°.- De la Vigencia de la Norma. La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 18°.- De la Publicación. DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario O fi cial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”, una vez publicada en el Diario O fi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- DISPONER que, el Consejo Regional de Lengua y Cultura Quechua de Arequipa, debe instalarse en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, siendo su naturaleza de carácter permanente. Segunda.- DISPONER que, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, el Consejo Regional de Lengua y Cultura Quechua de Arequipa, elabore su respectivo Reglamento Interno y su Plan de Trabajo. Tercera.- DISPONER que la O fi cina de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Arequipa establezca programas de capacitación para la enseñanza quechua a los trabajadores de todo el Gobierno Regional de Arequipa. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Unica.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 213-AREQUIPA, así como, la Ordenanza Regional N° 358-AREQUIPA, y toda norma regional que se contraponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los tres días del mes de noviembre del 2020. T. WUILE AYÑAYANQUE ROSAS Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumplaDada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil veinte. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa 1904990-1GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Declaran de necesidad pública e interés regional la implementación progresiva de la metodología BIM en los Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2020-GRA/CR Ayacucho, 25 de agosto de 2020EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de agosto de 2020, trató el Dictamen del Proyecto de Ordenanza Regional “Declarar de necesidad pública e interés regional la implementación de la metodología BIM en los proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ayacucho”; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la vigente Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley la Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 124-2019-GRA/CR, de fecha 19 de noviembre del 2019, luego del sustento y debate correspondiente el Consejo Regional aprobó por unanimidad; Encargar a la Comisión Permanente de Infraestructura y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional la elaboración del Proyecto de Ordenanza Regional de “Declarar de Interés y Prioridad Regional la Implementación de la Tecnología del Sistema BIM en los Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ayacucho”. Que, con O fi cio Nº 040 -2020-GRA/CR-CIPIP-P, el señor presidente de la Comisión Permanente de Infraestructura y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional, solicita se considere en punto de agenda de sesión ordinaria de Consejo Regional el Dictamen Nº 001-2020-GRA/CR-CIPIP del Proyecto de Ordenanza Regional de “Declarar de necesidad pública e interés regional la implementación de la metodología BIM en los proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ayacucho”; y que por las consideraciones expuestas, la Comisión de Infraestructura y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional Ayacucho, en cumplimiento al Acuerdo de Consejo Regional Nº 124- 2019-GRA/CR de fecha 19 de noviembre del 2019, emite DICTAMEN FAVORABLE de aprobación del presente Proyecto de Ordenanza Regional. Que, mediante O fi cio Nº 2876-2020-GRA/GG-GRI- SGO, de fecha 18 de junio de 2020, la Sub Gerencia de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ayacucho, emite INFORME TÉCNICO conteniendo información complementaria a las apreciaciones vertidas sobre incorporación progresiva del BIM en la Inversión Pública; apreciaciones que fueron derivadas a la Comisión Permanente de Infraestructura y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional, mediante O fi cio Nº 1711-2020-GRA/GG-GRI-SGO, de fecha 19 de marzo de 2020, concluyendo en la necesidad de implementar de manera progresiva la metodología BIM en los Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ayacucho, así como la incorporación de recursos fi nancieros con cargo al presupuesto institucional, mediante los cuales la Gerencia Regional