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81 NORMAS LEGALES Domingo 31 de enero de 2021 El Peruano / “DECISION: (…) 1) DECLARAR NO HA LUGAR A FORMALIZAR NI CONTINUAR CON LA INVESTIGACION contra GIL AUSBERTO ARRIETA JULCA, por la presunta comisión contra la Administración Pública en la modalidad de COHECHO PASIVO PROPIO, en agravio del Estado (…) 3) REMITASE COPIAS CERTIFICADAS de los actos pertinentes a la Corte Superior de Justicia de Piura a efectos de que proceda conforme a sus atribuciones respecto a los actos irregulares que habría cometido el Juez de Paz de Única Nominación Gil Ausberto Arrieta Julca del distrito de San Miguel de Faique y proceda conforme a ley …”. Sexto. Que de fojas cuarenta y siete, se advierte un documento denominado “Compra Venta de un lote de terreno que otorga Carmen Morales Laban a favor de Dionicia Salvador Morales” de fecha treinta de enero de dos mil quince, en el cual el investigado Gil Ausberto Arrieta Julca en su condición de Juez de Paz de Única Nominación del distrito de San Miguel de Faique, provincia de Huancabamba, departamento y Distrito Judicial de Piura, otorga una escritura pública de compra venta de un inmueble ubicado en el Barrio de San Martín del distrito de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento de Piura, señalando que la señora Carmen Morales Laban trans fi ere a favor de Dionicia Salvador Morales. Sin embargo, a fojas veinticuatro obra el O fi cio número cero setenta y cuatro guión dos mil dieciséis guión ODAJUP guión CSJP, de fecha dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, mediante el cual la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Piura informa cuál es la competencia territorial del Juzgado de Paz de Única Nominación del distrito de San Miguel de Faique, no advirtiéndose que dicho órgano jurisdiccional asuma competencia en el distrito de Canchaque. Con lo cual queda plenamente demostrado que el investigado en su condición de Juez de Paz de Única Nominación de San Miguel de Faique, no tenía competencia para validar dicho acto de compra venta, por no encontrarse el terreno en cuestión dentro de su jurisdicción. Sétimo. Que también se advierte en autos, que la quejosa Lucy Armida Huancas Vilela adjunta una grabación de audio, cuya transcripción obra en el acta de fojas ciento treinta y dos a ciento cuarenta y uno, en el cual los participantes en dicha grabación son la quejosa, su padre el señor Lorenzo Huancas Lizana y el investigado Gil Ausberto Arrieta Julca, pudiéndose citar la siguiente conversación: “Huancas Vilela: Señor buenos días, Lucy Huancas, no sé si se acuerda de mí. Arrieta Julca: SiHuancas Vilela: El señor Lorenzo Huancas por acá estamos visitando. Huancas Vilela: Si, es señor sobre lo que usted hizo a favor de la señora Dionicia, obviamente mire lo que nos está perjudicando por su labor que hizo. Arrieta Julca: Como que yo hice qué, documento de acá de compra venta, pero es, se hecho en forma como se llama con consentimiento de las partes, que yo por ser juez no le he dicho. Huancas Vilela: Sí pero está fuera de su jurisdicción, en el año 2015 que lo ha hecho. Arrieta Julca: Sí, pero aquí con consentimiento dice voluntad. Huancas Vilela: Usted mismo mani fi esta, bueno ahorita, una vez usted me dijo porque vinimos hablar que usted le había entregado los documentos para que Martín tome las fi rmas en Canchaque, eso es lo que me ha… Arrieta Julca: Sí justamente, pero con consentimiento de su suegra no sé que. Huancas Vilela: Pero es que o sea usted tiene la potestad en el 2015 de hacer ese documento si el terreno está en Canchaque. Arrieta Julca: Claro cuando este, como se llama, es por la voluntad propia del, del cómo se llama del, los que vende y del que compra, no se no lo harán en su jurisdicción pero como nosotros somos. Huancas Vilela: Pero usted mismo nos manifestó que la señora no había venido acá. Arrieta Julca: Por eso, pero se hace un documento con facultad. (…)Arrieta Julca: Ahora escúcheme, si está fuera de su jurisdicción deje nulo entonces, escuche. (…)Arrieta Julca: Escúcheme, con DNI de la señora se ha presentado acá. Huancas Vilela: O sea yo traigo el DNI vengo y me lotizo todo Canchaque y usted su fi ciente con todo eso. Arrieta Julca: Pero no te voy a decir te lotizo todo Canchaque todo, si no al pedido que tienen. (…)Arrieta Julca: No, lo que pasa es que tienen que iniciar un proceso, un proceso donde que yo, o sea Vilcas y su esposa juntos están trayendo el DNI de suegra. Huancas Vilela: Por qué no se presentó su suegra.Arrieta Julca: No se ha presentadoHuancas Vilela: Ni el testigo se presentóArrieta Julca: NoHuancas Vilela: No ves.Arrieta Julca: Por eso estamos diciendo uno con amistad conoce no conoce. Huancas Vilela: Entonces usted si conoce a su suegra.Arrieta Julca: No, escúchemeHuancas Vilela: Pero no dice amistad, o sea usted conoce a su suegra. Arrieta Julca: Vilcas, escúcheme. Vilcas es amigo, ahorita está denunciado en procesos, somos amigos, a parte no, quien conoce, umm, por ejemplo, si a mí me dicen vendo esa casa, a como yo lo conozco ya pues, como llegaron con el documento de la señora fírmeme. Huancas Vilela: Usted tiene el documento de la señora, de la vendedora. Arrieta Julca: El DNI, el DNI.Huancas Vilela: O sea solamente, con el DNI fue sufi ciente. Arrieta Julca: Claro, llegaron ellos y me especi fi caron las medidas. Huancas Vilela: O sea, ellos le trajeron las medidas, así de simple, que tan simple es así, o sea la señora tiene ochenta y cinco años y así. Arrieta Julca: Aparte de eso que es hija también, fue la hija que estuvo aquí, que más, uno ya cree no, estando una hija, ahora que fuera una tercera persona o nuera, allí uno desconfía no, al menos siendo hija, que más, claro desconoce esa señora, tiene tu papá y quien más confías. (…)Arrieta Julca: Mas que todo o sea conozco como, como amigo y como vecino aparte de eso está pues su, su esposa y sacan DNI y digo esta señora quien, es mi mamá. Huancas Vilela: Pero usted en dentro de sus funciones está esa parte de que solamente por pensar que es amigo, es vecino lo puede hacer eso, no creo. Arrieta Julca: Sí, totalmente está permitido.Huancas Vilela: Haber, presénteme sus func…Arrieta Vilela: Escúcheme, por eso nosotros dicen, somos juez de paz, somos la amistad a ver ya pues. Huancas Vilela: Quiere decir que por tema de amistad, simplemente usted logró hacer eso, que no tenía la señora, que no llegó la señora, la vendedora, acá a su despacho, que usted no le tomó las fi rmas, que el testigo tampoco llegó y que tampoco había documento, solamente Martín y Dionicia vinieron con las medidas y como usted conoce. Arrieta Julca: Con el DNI de la señora.(…)Arrieta Julca: Como acto como se llama de amigos, dice señor juez fírmeme estos documentos, hazlo en Canchaque, no que con ese juez no me llevo, dio esta conversa, bien allá con la señora si tiene la voluntad de hacerlo no, es un derecho que le ampara la Constitución Política no, derecho fundamental de las personas. Huancas Vilela: A ya, entonces que quede claro lo que usted si podía hacer este acto, en el dos mil quince. Arrieta Julca: Le hecho con el consentimiento que ellos han venido. Huancas Vilela: Solamente con el DNI de la señora sin la presencia de ella. Arrieta Julca: Claro.Huancas Vilela: De la vendedora.Arrieta Julca: Escúcheme, con la presencia del DNI de la señora. (…)Huancas Vilela: He, solamente con el DNI, nada más su fi ciente.