NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 140
TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / de desarrollo deben considerar los fl ujos circulares de materiales, agua, energía y biomasa y las sinergias entre las actividades productivas y los ciclos ecológicos para lograr la e fi ciencia y competitividad económica de las ciudades y centros poblados. (...) 4.2. El acondicionamiento territorial, la plani fi cación urbana y rural y su desarrollo sostenible deben regirse por un sistema de gobernanza, sustentado en los siguientes principios: a. Función pública de la plani fi cación urbana y rural : El rol del Estado como promotor del acondicionamiento territorial, de la plani fi cación urbana y rural de las ciudades y centros poblados, buscando lograr su desarrollo sostenible , priorizando el interés público, la participación ciudadana efectiva, la priorización del cierre de brechas en infraestructura, con impacto en la calidad de vida de la población, desde sus necesidades e intereses diferenciados , y la garantía de sus derechos. (…) e. Descentralización: Garantiza la gobernanza en materia de plani fi cación y gestión territorial, así como la adecuada distribución de competencias entre los niveles de gobierno , de tal manera que las decisiones de los Gobiernos Locales se alinean a las políticas nacionales aprobadas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y a otras políticas a fi nes al urbanismo y desarrollo urbano. f. Principio de predictibilidad: Las autoridades brindan seguridad jurídica en sus actuaciones urbanísticas y edi fi catorias mediante la protección y respeto de los derechos adquiridos en las inversiones públicas y privadas, de modo tal que el administrado pueda tener un nivel de certeza del resultado fi nal que se obtendrá ́ en los procedimientos que inicie, a efectos de que se garantice el adecuado desarrollo urbano y rural sostenible de las ciudades y centros poblados. 4.3. Las decisiones que se adopten respecto del acondicionamiento territorial, la plani fi cación urbana y rural y su desarrollo sostenible deben guiarse por los siguientes enfoques: (…) b. Enfoque territorial: Manejo integral del territorio que parte de un entendimiento ecológico, social, productivo, económico, lingüístico y cultural del mismo, permitiendo escalas de plani fi cación urbana y rural e incentivando la apropiación de la ciudadanía de su hábitat. (...)d. Enfoque intergeneracional: Las ciudades deben estar plani fi cadas para promover los servicios urbanos en toda la comunidad atendiendo a las necesidades e intereses de cada grupo generacional a efectos de optimizar sus oportunidades, su salud y su calidad de vida , teniendo como base el desarrollo de la convivencia social y como objetivo la promoción del cuidado del hábitat y de sus ecosistemas para las siguientes generaciones. (...)g. Mitigación y adaptación al cambio climático basada en la plani fi cación urbana, rural y territorial: Incorpora la mitigación y adaptación en la plani fi cación urbana, rural y territorial a escala regional y local. Asimismo, diseña y adapta la infraestructura y edi fi caciones según su nivel de exposición y vulnerabilidad ante peligros asociados al cambio climático, promoviendo procesos constructivos sostenibles, reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, desarrollo de capacidades técnicas y profesionales, innovación tecnológica y la incorporación de tecnologías locales, para la construcción de ciudades y centros poblados sostenibles, resilientes y ambientalmente seguros. (...)” “Artículo 5. Directrices Para lograr los objetivos previstos en la presente ley, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los gobiernos regionales y locales y demás entidades públicas y privadas relacionadas con el acondicionamiento territorial, la plani fi cación y la gestión urbana y rural, así como la ciudadanía en general, se guían por las siguientes directrices: 1. El acondicionamiento territorial, la plani fi cación y la gestión de las ciudades y centros poblados deben estar orientadas a través de un sistema articulado que considere los diferentes planes y parámetros sectoriales de infraestructura y edi fi cación, encaminado a un pacto social entre la autoridad y la ciudadanía en las distintas escalas del territorio nacional. Ello comprende: a. Consolidar instrumentos de plani fi cación y gestión urbana y rural adecuados, que brinden las herramientas necesarias a las autoridades locales para lograr un desarrollo sostenible , en armonía con el ambiente y los ecosistemas. b. Fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales para la plani fi cación y gestión urbana y rural efectiva del suelo , estableciendo, a su vez, la responsabilidad de mantener actualizados, alineados y articulados los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Rural, entre otros, instrumentos para la gestión del suelo. c. Propiciar el diseño de instrumentos de gestión del suelo , que permitan fi nanciar la revaloración del patrimonio cultural y natural, la generación de Vivienda de Interés Social, la reserva de suelo para atender las necesidades de interés público y la ejecución de obras de utilidad pública. d. Propiciar mecanismos que involucren y empoderen a la ciudadanía en la toma de decisiones vinculadas a la plani fi cación y gestión del territorio, las ciudades y centros poblados, así como su participación en los bene fi cios y cargas que genera el desarrollo, desde sus necesidades e intereses diferenciados . 2. Las actuaciones urbanísticas deben impulsar una ocupación del suelo de manera sostenible , efi ciente, equitativa, segura y racional, que permitan tener ciudades seguras, accesibles, justas, sostenibles y diversas y que, a su vez, permitan proteger los valores paisajísticos, patrimoniales y naturales del territorio. A efectos de ello, se considera: a. Impulsar el urbanismo sostenible, que tome en consideración los impactos ambientales y la huella ecológica, controlando la explotación del suelo, protegiendo o regenerando las áreas urbanizadas, incentivando el uso sostenible y e fi ciente del suelo; y protegiendo los ecosistemas y la diversidad biológica. (...)e. Promover el acceso al suelo urbano habilitado , impidiendo la especulación en todas sus modalidades y su ocupación informal , así como el crecimiento no plani fi cado de las ciudades y sus impactos negativos; resguardando su calidad urbanística y la calidad paisajística de sus entornos naturales. f. Impulsar en los Gobiernos Locales la gestión integral de los residuos sólidos municipales , priorizando su minimización o valorización frente a cualquier otra alternativa , a través de la implementación de programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de los residuos sólidos, así como, el desarrollo de proyectos que permitan fomentar el uso de materiales reciclables en mobiliario e infraestructura urbana. (...) 3. La función urbanística, entendida como la función de elaborar, aprobar e implementar los instrumentos de plani fi cación territorial y urbana debe asegurar la calidad y promoción de Vivienda de Interés Social, equipamiento, movilidad , servicios públicos esenciales y espacios públicos, en las ciudades y centros poblados del territorio nacional, atendiendo a las particularidades geográ fi cas y culturales existentes en el territorio donde se desarrollen. Para ello se debe: a. Impulsar el desarrollo de dinámicas que aseguren el acceso universal, equitativo, seguro, asequible y con