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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / la cadena de valor pesquera y acuícola; fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera y acuícola , elevándola a niveles de competitividad técnica y cientí fi ca, con el propósito de proteger la vida y la salud pública.” “Artículo 2.- Creación, naturaleza y objeto Crear la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES) como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, vigilar, supervisar y fi scalizar en el ámbito de su competencia . Tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa. Constituye pliego presupuestal. SANIPES tiene por objeto garantizar la sanidad e inocuidad de los recursos y productos pesqueros y acuícolas destinados al consumo humano, incluidos los alimentos y productos veterinarios de uso en acuicultura, en toda su cadena de valor, a través de procedimientos administrativos, técnicos, normativos y de vigilancia con la fi nalidad de proteger la salud pública y el estatus sanitario del país, así como promover la competitividad de los actores involucrados en toda la cadena alimentaria nacional e internacional en el ámbito de su competencia.” “Artículo 3.- Ámbito de competencia SANIPES tiene competencia a nivel nacional, para normar, emitir títulos habilitantes, emitir certi fi cados ofi ciales sanitarios, fi scalizar , vigilar y supervisar las actividades vinculadas a la sanidad e inocuidad de los recursos y productos pesqueros y acuícolas destinados al consumo humano, incluidos los alimentos y productos veterinarios de uso en acuicultura, así como aquellos servicios complementarios que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca y acuicultura, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fi tosanitarias internacionales ; así también para ejercer la potestad sancionadora . Se encuentran comprendidas dentro del ámbito de SANIPES todas las actividades vinculadas directa e indirectamente a la cadena de valor pesquera y acuícola, incluido las semillas y cualquier material genético asociado .” “Artículo 5.- Estructura orgánica Para el cumplimiento de sus fi nes, SANIPES cuenta con la siguiente estructura orgánica: a. Órganos de Alta Dirección: Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General. b. Órgano de Control Institucional.c. Órgano de Defensa Jurídica: Procuraduría Pública. d. Órgano Resolutivo: Tribunal de apelaciones.e. Órganos de Asesoramiento.f. Órganos de Apoyo.g. Órganos de Línea.h. Órganos Desconcentrados. Los requisitos, designación, el plazo de vigencia, la remoción y los impedimentos para ejercer los cargos señalados precedentemente se establecen en el reglamento de la presente Ley .” “Artículo 6.- Consejo directivo El consejo directivo es el órgano máximo de SANIPES encargado de aprobar las políticas de su administración. Está integrado por: a) Presidente Ejecutivo de SANIPES, quien preside . b) Un (1) representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. c) Un (1) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un (1) representante del Ministerio de Salud.e) Un (1) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. f) Un (1) representante del Instituto Nacional de la Calidad (INACAL).Quienes integran el Consejo Directivo perciben dietas, con excepción del Presidente Ejecutivo.” “Artículo 7.- Funciones del Consejo Directivo Las funciones del Consejo Directivo son: a) Aprobar las políticas y lineamientos institucionales, en armonía con la política sectorial del Ministerio de la Producción, y las políticas de Estado . b) Dirigir y supervisar el cumplimiento de los fi nes institucionales de acuerdo a la política, los objetivos y las metas establecidas por el Ministerio de la Producción. c) Aprobar la propuesta de política de sanidad e inocuidad pesquera y acuícola. d) Aprobar los proyectos de normas de carácter general en el ámbito de competencia del SANIPES . e) Aprobar los reglamentos de fi scalización, de sanciones e infracciones, así como la actualización de los máximos y mínimos de las escalas o rangos de multas, en arreglo a las disposiciones aplicables para las normas de carácter general . f) Ejercer las demás funciones que establezca el reglamento de la presente ley y las que le sean asignadas por la normatividad vigente.” “Artículo 8.- Presidencia Ejecutiva El Presidente Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad , tiene la condición de funcionario público de libre designación y remoción. Su designación se realiza por resolución suprema a propuesta del Ministro de la Producción. Es Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal . El cargo es a dedicación exclusiva y tiempo completo.Su designación se efectúa en mérito a su idoneidad , especialidad y trayectoria personal.” “Artículo 9.- Funciones de SANIPES SANIPES tiene las siguientes funciones: a) Proponer la política de sanidad e inocuidad pesquera y acuícola al Ministerio de la Producción. b) Formular, actualizar y aprobar reglamentos internos, manuales, protocolos, directivas, lineamientos, guías, instructivos , así como procedimientos técnicos, en el ámbito de su competencia, incorporando enfoques transversales desarrollados por el Estado. c) Formular, actualizar y proponer al Ministerio de la Producción la aprobación de normas de carácter general en materia de sanidad e inocuidad en pesca y acuicultura, acorde a la normativa nacional y las normas internacionales. d) Plani fi car, organizar, dirigir y ejecutar las actividades de vigilancia y fi scalización en el ámbito de su competencia . e) Autorizar o denegar el ingreso al territorio nacional de recursos y productos, así como el material biológico o patológico en el ámbito de su competencia . f) Desarrollar e implementar el análisis de riesgo en procesos y actividades en toda la cadena de valor en el ámbito de su competencia. g) Gestionar, dentro del ámbito de su competencia, el sistema de rastreabilidad del producto y/o servicios relacionados , en coordinación con las demás autoridades competentes y/o actores involucrados que correspondan . h) Gestionar la armonización y la equivalencia de la normativa sanitaria nacional con las normas internacionales , para su reconocimiento por parte de los países con los que se comercializan los recursos y productos bajo el ámbito de competencia de SANIPES, en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en lo que corresponda . i) Celebrar convenios y contratos con entidades públicas nacionales o extranjeras. j) Controlar y realizar el muestreo de recursos hidrobiológicos para determinar la ausencia o presencia de Organismos Vivos Modi fi cados (OVM), así como emitir documentos resolutivos, en el ámbito de su competencia. k) Emitir, revocar y revisar los títulos habilitantes en materia de sanidad e inocuidad en el ámbito pesquero y acuícola .