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22 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / En algunos casos los colapsos son provocados, por la misma población, y los elementos líticos terminan diseminados por toda el área, o en su defecto son usados para la construcción de las zapatas de las viviendas que se encuentran sobre el bien inmueble prehispánico. El constante aprovechamiento de suelos para el cultivo, uso indiscriminado de riego, reutilización de las vías de circulación peatonal (apertura de accesos al borde del andén), instalación de servicios básicos (agua desagüe, energía eléctrica). Instalación de tubos PVC para la distribución de agua, la perforación del suelo para la proyección del canal paralelo al andén de material cemento, genera una alteración visual del paisaje. Asimismo, asentamientos ilegales, obras privadas y públicas, residuos sólidos, pastoreo de ganado, etc. Todos estos agentes antrópicos, ponen en riesgo la zona y posteriormente la perdida de información arqueológica. Factores Naturales Los factores que vienen afectando las evidencias arqueológicas, están relacionadas a las condiciones climáticas, dado que los agentes antrópicos desestabilizan los paramentos de los muros, las lluvias generan su colapso completo, además la erosión por la escorrentía, la exfoliación de piedras; otro factor es la fl ora con el desarrollo de vegetación nativa, exótica en los paramentos de los muros, puesto que las raíces se encuentran introducidos en el núcleo, generando inestabilidad y perdida de mortero de las juntas. Así como, la presencia de líquenes, algas, brió fi tos, plantas superiores, con respecto a fauna la colonización de aves, insectos, y pequeños mamíferos. Las lesiones físicas, mecánicas y químicas, han generado pérdida de material constructivo, humedad por condensación y la invasión de la vegetación herbácea y arbustiva vienen generando un daño directo al bien inmueble prehispánico / Paisaje Arqueológico Huquipallpa – Chanchillay”. Que, mediante Informe N° 00730-2025-UAJ/MC, de la Unidad de Asesoría Jurídica, luego de advertir la Resolución Viceministerial N° 000023-2025-VMPCIC/MC de fecha 17 de enero de 2025 y los informes técnicos emitidos bajo responsabilidad por las áreas técnicas pertinentes, recomienda emitir la Resolución Directoral que, Determine la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico denominado “Paisaje Arqueológico Huquipallpa - Chanchillay”, ubicado en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco; Con los vistos de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural, la Coordinación de Catastro y Saneamiento Físico Legal y de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cado por la Ley N° 31770 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000023-2025-VMPCIC/MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico denominado “Paisaje Arqueológico Huquipallpa - Chanchillay”, ubicado en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano con código DDC CUSCO PP 2024 012 que presenta las siguientes coordenadas:Cuadro de Datos Técnicos BIP: Bien Inmueble Prehispánico “Huquipallpa - Chanchillay”; ubicado en el Distrito y Provincia de Urubamba y Departamento de Cusco. Datum: WGS84 +- Proyección: UTMZona UTM: 18 LCoordenada Referencial del BIP “Huquipallpa - Chanchillay”: 813681.293 Este; 8528003.071 Norte. CUADRO DE COORDENADAS UTM WGS 84-ZONA 18L VERTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE P1 P1 - P2 210.09 813515 8528197 P2 P2 - P3 29.68 813442 8528000 P3 P3 - P4 28.16 813467 8527984 P4 P4 - P5 28.46 813475 8528011 P5 P5 – P6 30.68 813502 8528002 P6 P6 – P7 47.01 813492 8527973 P7 P7 – P8 33.24 813529 8527944 P8 P8 – P9 46.75 813560 8527932 P9 P9 – P10 15.13 813591 8527897 P10 P10-P11 30.59 813606 8527899 P11 P11-P12 48.51 813636 8527893 P12 P12-P13 79.12 813624 8527846 P13 P13-P14 98.86 813700 8527824 P14 P14-P15 44.27 813798 8527811 P15 P15-P16 51.66 813812 8527853 P16 P16-P17 100.9 813862 8527840 P17 P17-P18 178.99 813896 8527935 P18 P18-P1 337.77 813840 8528105 Área: 110774.00 m2 (11.0774 ha) Perímetro: 1439.88 m Código del Plano: DDC CUSCO PP 2024 012. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran detalladas en el Informe de Inspección N° 0003-2024-CZSAU-MC de fecha 26 de noviembre del 2024, así como, en el Informe N° 000168-2024-CCSFL-JAE/MC y en el Plano Perimétrico con código DDC CUSCO PP 2024 012; los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo establecido en el Informe de Inspección N° 0003-2024-CZSAU-MC de fecha 26 de noviembre del 2024, las siguientes: MEDIDAS PROVISIONALES RECOMENDADAS MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación.Se sugiere la sensibilización a los pobladores para evitar las intervenciones inconsultas, además se advirtió sobre el uso indiscriminado del suelo (riego) de los trabajos que venían ejecutando en los andenes de Huquipallpa-Chanchillay, del mismo modo sobre la extracción y el uso indebido de los elementos líticos que pertenecen al bien inmueble prehispánico. Desmontaje Preventivamente, donde los paramentos colapsaron, se recomienda la liberación del material acumulado (Huareo) con el fin de preservarlo y en un futuro recomponer dichos muros de contención parte del bien inmueble prehispánico. Apuntalamiento. Se recomienda apuntalamiento los paramentos muy críticos a fin de evitar el colapso del muro. Señalización. Como medida provisional instalar señalización, paneles informativos para advertir al usuario nacional o turista de la importancia del bien inmueble prehispánico/Paisaje Arqueológico de Huquipallpa – Chanchillay, proporcionando ciertas recomendaciones para la protección del mismo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Unidad de Patrimonio Inmueble Prehispánico, a la Sub Unidad de Parques Arqueológicos, a la Coordinación de Zonas y