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84 NORMAS LEGALES Martes 4 de noviembre de 2025 El Peruano / 7. En virtud de lo expuesto, este órgano colegiado estima que las propuestas planteadas se encuentran técnicamente justi fi cadas y son medidas que contribuirán al mejor uso de los recursos asignados, tanto en lo que respecta al lugar de funcionamiento del JEE de Lima Centro 2, como en la fecha de instalación de este y del JEE de Cajamarca, asegurando que ambos órganos de justicia electoral de primera instancia cuenten con locales idóneos y debidamente implementados. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:1. MODIFICAR el numeral 1 de la parte decisoria de la Resolución Nº 0128-2025-JNE, del 3 de abril de 2025, en el extremo que establece la sede del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, en el marco de las Elecciones Generales 2026, y DEFINIR como sede de dicho órgano de justicia electoral el distrito, provincia y departamento de Lima. 2. MODIFICAR el numeral 3 de la parte decisoria de la Resolución Nº 0128-2025-JNE, del 3 de abril de 2025; el numeral 1 de la parte decisoria de la Resolución Nº 0237- 2025-JNE, del 19 de junio de 2025; y el numeral 2 de la parte decisoria de la Resolución Nº 0452-2025-JNE, del 25 de setiembre de 2025, en el extremo referido a la fecha de instalación de los Jurados Electorales Especiales de Lima Centro 2 y Cajamarca, en el marco las Elecciones Generales 2026; así como FIJAR el 19 de noviembre de 2025 como fecha de instalación de dichos órganos de justicia electoral: JURADOS ELECTORALES ESPECIALES QUE SE INSTALARÁN EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2025 JURADO ELECTORAL ESPECIALDISTRITO SEDE PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 CAJAMARCA CAJAMARCA CAJAMARCA CAJAMARCA 2 LIMA CENTRO 2 LIMA LIMA LIMA 3. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Cajamarca, de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Cajamarca, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, de los presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales de Lima Centro 2 y Cajamarca, para los fi nes pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 2454688-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Modifican Ordenanza Regional N° D9- 2023-GR.CAJ/CR, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Dirección Regional de Salud Cajamarca y sus nueve (9) Unidades Ejecutoras y Órganos Desconcentrados ORDENANZA REGIONAL N° D11-2025-GR.CAJ/CR EXPEDIENTE N° 000775-2025-074758 Cajamarca, 24 de octubre de 2025 ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° D 9-2023-GR. CAJ/CR, QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD CAJAMARCA Y SUS NUEVE (9) UNIDADES EJECUTORAS Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, EN LO QUE RESPECTA AL CAP PROVISIONAL DE LA RED DE SALUD CHOTA EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El O fi cio N° D553-2025-GR.CAJ/GR, mediante el cual el Gobernador Regional de Cajamarca remite la propuesta de Ordenanza Regional que modi fi ca la Ordenanza Regional N° D9-2023-GR.CAJ/CR; los O fi cios N° 1257- 2025-GOB.REG.CAJ/RIS-CH-DG, N° 1238-2025-GOB.REG.CAJ/RIS-CH-DG y N° 1073-2025-SERVIR-PE, mediante el cual la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR emite opinión técnica favorable contenida en el Informe Técnico N° 000224-2025-SERVIR-GDSRH, respecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Red Integrada de Salud Chota (Unidad Ejecutora 401 - Dirección Sub Regional de Salud Chota) de la Dirección Regional de Salud Cajamarca; así como el Dictamen N° D23-2025- GR.CAJ-CR/CAJ, emitido por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndoles aprobar sus normas de gestión y administración interna. Que, mediante Ordenanza Regional N° D9-2023- GR.CAJ/CR, el Consejo Regional de Cajamarca aprobó el CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, comprendiendo a sus nueve (09) Unidades Ejecutoras y Órganos Desconcentrados del Sector Salud,