Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 1998 (13/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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cl Cronograma de MORDAZA del proyecto, pudiendo incluir el tiempo de instalacion y el de inicio de la operacion; d) De ser el caso, el costo total del proyecto y/ o el monto MORDAZA a ser financiado por FITEL; el Regimen tarifario para los servicios concedidos de conformidad con el MORDAZA legal vigente; f) El requerimiento de MORDAZA de un perfil tecnico y economico-financiero del proyecto; g) Descripcion de la situacion socioeconomica del area a ser atendida; h) El requerimiento de garantias de seriedad de oferta, firma de contratos en caso de obtener la buena pro ylo de fiel cumplimiento del contrato; i) El requerimiento de un compromiso de operacion y mantenimiento durante la MORDAZA util del equipo; j> El cronograma y mecanica del Concurso; k) El sistema de evaluacion de las ofertas, considerando los criterios de evaluacion y ponderacion; 1) El anteproyecto del Cmtrato de Financiamiento a que se refiere el Titulo VII siguiente; m) El anteprqvecto del Contrato de Concesron respectivo; n) Los requisitos exigidos por el Articulo 142" del Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones. Los requisitos a que se refieren los incisos hl. c), d, y e) del presente articulo podran ser predeterminados o no por OSIPTEL, segun como se defina en cada caso. Articulo 34".- Los criterios de evaluacion seran uno o mas de los siguientes: al El numero de servicios ofrecidos; bl La calidad de los servicios ofrecidos: CJ La cobertura de los servicios ofrecidos; d) El cronograma de instalacion y de operacion; el La tarifa propuesta; D El menor monto de financiamiento o subsidio solicitado (el minimo subsidio);, y, g) Otros que OSIPTEL considere en cada caso especifico. Articulo 35".- La oferta mas convenien,e sera elegida mediante resolucion del comite u organo encargado de efectuar la seleccion, la cual sera expedida en el plazo establecido en las Bases. Articulo 36".- Los postores podran interponer recurso de apelacion contra 1~ Resolucion de Adjudicacion dentro de los 5 dias utiles siguientes a su notificacion. La apelacion sera resuelta por el Gerente General del OSIPTEL, quien sera MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa. El recurso de apelacion debera estar acompaiiado de una carta fianza o cheque de gerencia por un monto equivalente al 1% del valor total del proyecto indicado en la propuesta impugnada o lo establecido en las respectivas Bases de Licitacion. Si se declara infundado o improcedente el recurso de apelacion, la fianza sera ejecutada o el cheque cobrado y los montos producto de estos, pasaran a ser recursos del FITEL. Si la apelacion se declara fundada, la fianza o el cheque se devolveran al apelante. El recurso de apelacion sera resuelto en un plazo no mayor de 15 dias calendario contados a partir de la interposicion del recurso y la resolucion sera notificada por escrito a los postores en los domicilios que hayan senalado en sus ofertas. Articulo 37".- Consentida la Resolucion, los postores no ganadores podran retirar la documentacion presentada, aunque quedaran en poder de OSIPIEL las propuestas recibidas. Articulo 38".- Si efectuada la convocatoria a Concurso Publico de Ofertas no se presentaran postores, el Comite de Adjudicacion declarara desierto el Concurso, pudiendo convocar de inmediato a MORDAZA Concurso, modificando o no las Bases. Tambien se declarara desierto el Concurso si, llevado a cabo, ninguno de los postores alcanza el puntaje minimo especificado en las Bases. TITULO VI OTORGAMIENTO DE LA CONCESION Articulo 39".- Salvo el caso de preexistencia de la concesion, otorgada la buena pro, OSIPTEL, a traves de la Gerencia del FITEL, remitira el expediente al Minis-

Iima. MORDAZA 13 de setiemhrc dc 1998

terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a efectos del otorgamiento de la concesion. El procedimiento de otorgamiento de concesion en estos casos sera el establecido en el Articulo 136" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. No obstante lo establecido en el parrafo precedente, la concesion podra ser otorgada conjuntamente con la adjudicacion de los fondos del FITEL, a traves de concurso, tal como lo establece la Primera de las Disposiciones Transitorias y Finales del Decreto Supremo No 00598MTC. Articulo 40".- Suscrito el contrato de concesion por el beneficiario del financiamiento, se procedera a la suscripcion del Contrato de Financiamiento a que se refiere el Titulo VII siguiente y, de ser el caso, a la realizacion del desembolso correspondiente. Si el adjudicatario no suscribe el contrato de concesion dentro del plazo establecido en el Articulo 125" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, el financiamiento caducara, salvo que el comite u organo de adjudicacion, por razones atendibles, prorrogue el plazo de vigencia del financiamiento. TITULO VII CONTRATO DE FINANCIAMIENTO Articulo 41".- El Contrato de Financiamiento sera suscrito por el adjudicatario, en un plazo no mayor de 30 dias calendario de suscrito el Contrato de Concesion, salvo que se trate de una concesion preexistente. Las Bases podran exigir la MORDAZA firmada del mismo en el acto del Concurso. Dicho contrato se celebrara a partir de la proforma incluida en las Bases, pudiendo efectuarse, de ser el caso, modificaciones que no supongan una alteracion de los terminos del Concurso ni de los resultados de la evaluacion. Articulo 42".- En los Concursos Publicos de Ofertas, en el caso de la no suscripcion del Contrato de Financiamiento en el plazo establecido en el articulo anterior, el comite u organo de adjudicacion procedera a otorgar la buena pro a quien obtuvo el MORDAZA lugar en el Concurso, siempre que este MORDAZA calificado, de conformidad con los terminos del mismo. En el caso que este ultimo no obtenga la concesion o no suscriba el Contrato de Financiamiento, el comite u organo de adjudicacion declarara desierto el Concurso. Articulo 43".- Las Bases deberan establecer una garantia que debera cubrir la no suscripcion del Contrato de Financiamiento. Articulo 44".- Las estipulaciones basicas a ser incluidas en los contratos de financiamiento deberan ser las siguientes: al Descripcion del proyecto; b) Plazo de ejecucion del proyecto; c) Responsable de la ejecucion; d) Forma y cronograma de desembolsos y contrapartida a cargo del beneficiario del financiamiento, de existir; e) Mecanismos de supervision y control, los que deberan incluir un compromiso de informacion periodica de los avances del proyecto; D Periodicidad de la MORDAZA por el beneficiario de un informe de avance de obra y ejecucion de la inversion; g) Compromiso de operacion y de mantenimiento y garantias por tales compromisos, de ser el caso; h) Compromiso de transferir la operacion en caso de no ser posible la continuacion de la misma; i) Incumplimiento del contrato: consecuencias; y. j> Mecanismos de solucion de conflictos. Articulo 45".- El incumplimiento de las estipulaciones sobre la concesion originaran la caducidad del Contrato de Financiamiento. TITULO VIII DESEMBOLSO DE LOS FONDOS Y AMORTIZACION Articulo 46".- Los desembolsos y las amortizaciones se haran de acuerdo a lo especificado en el respectivo Contrato de Financiamiento.

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