Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 1998 (13/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

telefono publico en 1,486 centros poblados con mas de 500 habitantes, pudiendo asimismo ejercer un derecho de preferencia sobre los demas centros poblados. La Telefonica del Peru ha ejercido su derecho sobre 32 centros poblados adicionales, con lo cual, su obligacion, que debe ser concluida a fines de 1998. alcanza a 1,518 centros poblados. No obstante, si se sustrae la obligacion de Telefonica del Peru S.A. (1,518 centros poblados), quedan todavia mas de 70,000 centros poblados por ser atendidos. La tarea de promover la expansion de las telecomunicaciones rurales es, pues, significativa. iComo debe ser abordada la expansion de las telecomunicaciones rurales, conociendo que la dispersion de las poblaciones. las dificultades tecnicas y la presumiblemente baja rentabilidad de los servicios inciden negativamente en la eventualidad de su prestacion por el sector privado`? Un gran numero de paises han abordado de distintas maneras el como expandir los servicios de telecomunicaciones a las areas rurales, a traves de un MORDAZA institucional en el que el Estado o en su caso. la operadora dominante, han tenido el monopolio del servicio y han podido: en consecuencia, establecer subsidios, cruzados y directos. destinados al desarrollo de las telecomunicaciones rurales. No obstante, en el Peru, con la finalidad de preparar el MORDAZA para abrirlo a la competencia, la politica de telecomunicaciones ha iniciado un MORDAZA gradual de eliminacion de los subsidios cruzados entre los servicios. Por ello, para la expansion rural se ha optado por un financiamiento directo y transparente. constituido por los recursos del FITEL. Esta forma de financiamiento es la menos distorsionante y, es la que muchos paises estan instituyendo en sus sectores de telecomunicaciones. Es intencion del OSIPTEL maximizar la utilizacion de los recursos del FITEL, considerando lo sigmticativo de la tarea de expansion rural y teniendo en cuenta que la existencia de recursos en el Fondo resulta todavia insuficiente. Para dicho fin, se plantea una estrategia de desarrollo de las telecomunicaciones rurales que tiende a lograr la MORDAZA expansion. utilizando de la manera mas eficiente los recursos del FITEL. Dicha estrategia consistira, en el inicio en la ejecucion de programas de desarrollo focalizado en areas rurales y areas de preferente interes social, para luego ejecutar programas de alcance nacional. 4. La estrategia del FITEL.OSIPTEL. como administrador del FITEL, ha definido ciertas lineas de accion, que, tal como se senala en el Articulo 2" del Reglamento tienen por objeto (i) promover el mayor acceso de la poblacion en areas rurales y lugares de preferente interes social a los servicios publicos de telecomunicaciones: (ii) promover la participacion del sector privado en la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en areas rurales y en lugares de preferente interes social; (iii) promover la participacion de la poblacion beneficiaria en areas rurales y lugares de preferente interes social en la identificacion de sus necesidades: y iiv) asignar eficientemente sus recursos. Bajo estas premisas, se propone en el Reglamento la aplicacion de los recursos del FITEL mediante la organizacion de Concursos destinados a que operadoras importantes asuman la tarea de expansion rural. Debe senalarse que e! Reglamento no restringe el apoyo con fondos del FITEI, a un MORDAZA MORDAZA de servicios -telefonos publicos, por ejemplo- aun cuando ello pueda ser considerado en su momento como la forma mas eficiente de aplicacion de los recursos del FITEL. Tampoco prioriza el Reglamento un area geografica sobre la otra, dejando estos temas a la definicion de la estrategia del FITEL a ser desarrollada en el Programa de Proyectos Rurales (PPR) a que se refiere el Articulo 20" del presente Reglamento, cuya aprobacion es competencia del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Tampoco opta el Reglamento por apoyar a un operador con ciertas caracteristicas sobre otro, aunque si ha establecido claramente que FITEL no financiara las obligaciones de expansion contraidas por las actuales operadoras de servicios de telecomunicaciones MORDAZA de la vigencia del Reglamento ni aquellas que les imponga el otorgante de la concesion como parte del requisito de expansion del .qarv&a &ablecido por la ley (articulo 17").

Cabe senalar, finalmente. que el Reglamento precisa. en varios de sus articulos que FITEL financia unicamente servicios publicos y privados de interes publico de telecomunicaciones, esto es, servicios que estan a disposicion del publico en general a cambio de una tarifa y aquellos que son de beneficio e interes publico general. 5. Las areas rurales y los lugares de preferente interes social.Dada la necesidad de precisar su MORDAZA de accion, el Reglamento ha definido los terminos areas rurales y lugares de preferente interes social. Con relacion a las areas rurales, el Reglamento ha optado por acoger la definicion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), aunque extendiendolo a las capitales de distrito -todas urbanas segun el INEI- que tengan 3,000 habitantes o menos. Segun el INEI son centros poblados rurales aquellos con menos de 100 viviendas contiguas o mas de 100 dispersas o diseminadas (Articulo 3" 1. Con ello han sido considerados dentro del ambito del FITEL centros poblados que, pese a haber sido calificados como urbanos por el INEI, tienen todas las caracteristicas de las zonas rurales, esto es, baja densidad poblacional, servicios basicos inexistentes o precarios, infraestructura inexistente o deficiencia de energia y caminos de acceso, geografia adversa para la instalacion del servicio de telecomunicaciones y poblacion con bajo poder adquisitivo ubicada en areas alejadas de los centros urbanos cuya actividad primordial es la agricultura, ganaderia, pesca y mineria. Con ello se ha trascendido la definicion puramente cuantitativa y de demarcacion politica del INEI, habiendose incluido pueblos cuyas caracteristicas no dejan lugar a duda sobre la necesidad del apoyo del FITEL. Tal definicion, por lo demas, comcide basicamente con el mapa de pueblos sin servicio telefonico. En cuanto a los lugares considerados de preferente interes social, el Articulo 4" , del Reglamento, por coherencia, ha recurrido a la definicion establecida por el Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones consignada en su Glosario de Terminos, que senala que estos son los determinados como tales por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Sin embargo, se ha abierto la posibilidad que OSIPTEL establezca criterios que permitan incorporar proyectos de telecomunicaciones con un mayor valor economico prescindiendo del ambito geografico. Es decir, la connotacion de lugar de interes social podria no estar referida necesariamente a un aspecto geografico sino a MORDAZA de proyectos con significativos beneficios economicos que incorporan valor agregado en las redes (internet, teleducacion, telemedicina, etc) y que podrian tener como ambito geografico a las areas urbanas, siempre que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion asi lo apruebe. 6. La administracion del FITEL.De conformidad con el Articulo 12" de la Ley de Telecomunicaciones y 55" del Reglamento de OSIPTEL, corresponde a esta entidad la administracion del FITEL. Para dicho fin, la Gerencia del FITEL se encarga de impulsar de manera intensa la expansion rural y asignar eficientemente los recursos del FITEL. Las funciones de la misma, asi como las del Consejo Directivo, la Presidencia y la Gerencia General del OSIPTEL se detallan en los Articulos 6" y si&entes del Reglamento. 7. Recursos del FITEL.Como se ha senalado precedentemente, la politica de telecomunicaciones es la de no desarrollar las telecomunicaciones rurales basada en la realizacion de subsidios cruzados. Por ello, se ha optado por recurrir al aporte directo de operadoras de servicios portadores en general y de servicios finales publicos, quienes deben entregar al FITEL el 1% de su facturacion anual, aporte que se destinara al desarrollo de las telecomunicaciones rurales tal como lo senala el inciso al del Articulo 12" Adicionalmente a tal aporte, el FITEL se nutre de otros ingresos, como son los provenientes de la aplicacion de sanciones derivadas del incumplimiento de los requisitos de expansion de la red v de calidad de servicio. En cuanto al manejo financiero de los recursos del FITEL se han considerado todas las modalidades de

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