Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 1998 (13/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

CONSIDERANDO: Que, la empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU S.A. es propietaria de bienes que se encuentran sin uso, debido a que han dejado de ser necesarios para sus actividades; Que, PETROPERU S.A. ha recibido solicitudes de donacion de bienes que se indican en los anexos de la presente resolucion, formulados por la Facultad de Ingenieria de Petroleo de la Universidad Nacional de Ingenieria y la Fundacion Familia de MORDAZA para la Evangelizacion Itinerante; Que, PETROPERU S.A. mediante Acuerdos NS. D/ 050-98 aprobado en la Sesion N" 13-98 del 9 de MORDAZA de 1998 y D/060-98 aprobado en la Sesion W 14-98 del 22 de MORDAZA de 1998, aprobo las donaciones en favor de las entidades indicadas en el considerando anterior; Que, el Consejo Directivo de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, mediante Acuerd o s NS. 28-98/11-CD-OIOE y 33-98/12-CD-OIOE, h a dado su conformidad a la autorizacion de la donacion de bienes, en base a lo precisado por PETROPERL S.A., por cuanto no afecta la normal operatividad de la empresa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo W 804 y la Resolucion Ministerial N" 065-98EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar la donacion de bienes que efectuara la empresa Petroleos del Per% S.A. - PETROPERU S.A., en favor de la Facultad de Ingenieria de Petroleo de la Universidad Nacional de Ingenieria y de la Fundacion Familia de MORDAZA para la Evangelizacion Itinerante, de conformidad con los Acuerdos de Directorio NOs. D/050-98 aprobado en la Sesion N" 13-98 del 9 de MORDAZA de 1998 y D/060-98 aprobado en la Sesion N" 14-98 del 22 de MORDAZA de 1998, que se detallan en los anexos adjuntos y que forman parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2".- La aceptacion de la donacion de bienes a que se refiere el Articulo l", para las entidades del Sector Publico, sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector al cual pertenece la entidad beneficiaria de la donacion. Tratandose de entidades no publicas, la aceptacion de la donacion de bienes sera aprobada por el MORDAZA organo directivo de las mismas, quienes comunicaran su aceptacion a PETROPERU S.A. en un plazo de 30 dias a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3".- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Repubhca. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Energia y Minas y de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 10376

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CONSIDERANDO: Que, la Sociedad Uruguaya de Veterinarios Especialistas en Animales Silvestres - SUVEAS, con el apoyo de la Intendencia Municipal de Montevideo, la Embajada de Estados Unidos de MORDAZA, Alimentos Purina y el MORDAZA del Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca de Uruguay, ha organizado un Curso Internacional de Manejo y Medicina de Animales Silvestres, que se llevara a cabo en Montevideo; Que, SUVEAS ha cursado invitacion al Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - PATPAL, Institucion Publica Descentralizada del Sector Subsector Vivienda y Construccion, para que participe en el citado evento internacional en donde se definiran nuevas tecnicas de manejo, genetica, medicina y cirugia de animales silvestres, aspectos que revisten especial importancia para el mejor desenvolvimiento del Zoologico a cargo del Patronato: Que resulta pertinente expedir el acto administrativo que autorice el viaje de personal del PATPAL, conforme a la comunicacion cursada por el Presidente de su Conseio Directivo: De conformidad con la Ley N" 26894, Decreto Ley N' 25862 y Decretos Supremos NS. 053-84.PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 13590-PCM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar el viaje de las siguientes senoritas, servidoras del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - PATPAL, a la MORDAZA de Montevideo, Uruguay, del 9 al 12 de setiembre de 1998, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion: MORDAZA Rejas MORDAZA, Jefe de Hospital; y - MORDAZA Shimabukuro Ishimine, Auxiliar Veterinario del Area de Cuarentena - Patologia. Articulo 2".- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo a los recursos propios del PATPAL, de acuerdo al siguiente detalle: US$ 1,200.00 Pasaje US$ 9 2 0 . 0 0 Viaticos 50.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ Articulo 3".- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 10378

Otorgan a persona natural permiso de operacion de servicio aereo especial remunerado comercial
RESOLUCION DIRECTORAL N" OlOl-9%MTC115.16 MORDAZA, 3 de agosto de 1998 Visto el Expediente N" 4553 mediante el cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Fumigacion MORDAZA y Publicidad Aerea. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum N" 028798-MTCi15.16.02, Memorandum N" 0361-98-MTC/ 15.16.06, Memorandum N" 0145-98-MTCY15.16.5.03 y

MTC
Autorizan viaje de servidoras del PATPAL para participar en curso de manejo y medicina de animales silvestres que se realiza en Uruguay
RESOLUCION SUPREMA N" 135-98-MTC MORDAZA, 8 de setiembre de 1998

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