Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 1999 (24/06/1999)


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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 8269

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de junio de 1999

AGRICULTURA
Adoptan medidas de emergencia a fin de garantizar la proteccion fitosanitaria de plantas y productos vegetales que se importen de Colombia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 077-99-AG-SENASA MORDAZA, 18 de junio de 1999 VISTO: La Resolucion Nº 03440, de fecha 17 de diciembre de 1997, de la Gerencia General del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, que declara en emergencia fitosanitaria todo el territorio de Colombia, debido a la presencia de Thrips palmi Karny; La Resolucion Nº 02933, de fecha 25 de noviembre de 1998, emitida por la Gerencia General del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, condicionando la expedicion de permisos fitosanitarios para la importacion de arroz, debido a la presencia de ataque de especies de "trips", no registradas en su MORDAZA y con riesgo que se trate de Thrips palmi Karny; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Organica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA-, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 17º inciso a), del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA-, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Vegetal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision fitosanitaria, tanto nacional como internacional, de productos o subproductos agricolas; Que, el gobierno de Colombia, a traves de su Organismo Oficial de Sanidad Agraria, el Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, declara la presencia de Thrips palmi Karny en su territorio nacional, sin precisar las areas afectadas, las areas libres ni las acciones cuarentenarias que viene realizando para controlar y/o erradicar el problema existente; Que, segun la Resolucion Nº 026, de fecha 24 de noviembre de 1997, la Comunidad MORDAZA ha establecido los requisitos para el establecimiento de areas libres de plagas; Que Thrips palmi es una plaga que afecta a distintos cultivos como algodon, berenjena, frijol caupi, aji, pepinillo, melones, arvejas, frijol, MORDAZA, sesamo, soja, girasol, tabaco, MORDAZA, citricos, mango, tomate, crisantemos, orquideas, zanahoria, rabano, betarraga, habas, coles, MORDAZA, clavel y MORDAZA frescas, entre otros; causando considerables perdidas economicas; Que, para el Peru el Thrips palmi constituye plaga cuarentenaria A1, es decir, no presente en el territorio nacional, representando un alto riesgo la posible introduccion del material hospedante de dicha plaga; Que, debido a que el Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, a la fecha, no ha determinado la especie de "trips" que ataca el cultivo de arroz en su MORDAZA, y dado que para el Peru las siguientes especies Frankliniella cestrum, Rhipiphorothrips cruentatus, Scirtothrips dorsalis, Scirtothrips aurantii, Taeniothrips equestris, Thrips nigropilosus, son tambien plagas cuarentenarias A1; Que, en consecuencia, el riesgo fitosanitario para el Peru se agrava y, en salvaguarda de la sanidad agraria del pais; se ha visto necesario adoptar medidas fitosanitarias con caracter de emergencia, a efectos de garantizar un adecuado nivel de proteccion fitosanitaria, para aquellos productos hospedantes de dicha plaga que se importen de Colombia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y por el Decreto Supremo Nº 024-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA;

Autorizan viaje de representantes de PROMPEX a Bolivia para participar en el MORDAZA Foro Empresarial MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 334-99-PCM MORDAZA, 23 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 028-99-PROMPEX/SG del Secretario General de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX; CONSIDERANDO: Que, la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, ha programado la participacion del Peru en el MORDAZA Foro Empresarial MORDAZA a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del 17 al 20 de junio de 1999; Que, para tal efecto, se ha considerado pertinente designar a dos representantes de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX para asistir al mencionado evento, a fin de estrechar las relaciones comerciales entre ambos paises a traves de la participacion de las empresas peruanas en el Foro Empresarial; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 135-90-PCM y 037-91PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA de Razuri, Gerente del Sector Textil-Confecciones y del senor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Asesor de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del 17 al 20 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001 Comision para la Promocion de Exportaciones, Funcion 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Sub-Programa 0110 Promocion Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA de Razuri - Viaticos : US$ 378.00 - Pasajes : US$ 455.00 MORDAZA MORDAZA del MORDAZA - Viaticos : US$ 378.00 - Pasajes : US$ 455.00 Articulo 3º.- Los representantes de PROMPEX MORDAZA mencionados, en el termino de diez (10) dias utiles, contados a partir de su retorno al MORDAZA, deberan elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describiran las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el mencionado viaje. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 8270

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