Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 1999 (24/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de junio de 1999

PROMUDEH
Aceptan renuncia de Directora del Programa Nacional de Alfabetizacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 071-99-PROMUDEH MORDAZA, 23 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 048-99-PROMUDEH de fecha 10 de marzo de 1999, se designo a MORDAZA Nery MORDAZA de MORDAZA como Directora del Programa Nacional de Alfabetizacion, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y la Ley Nº 27050; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por MORDAZA NERY MORDAZA DE MORDAZA, al cargo de Directora del Programa Nacional de Alfabetizacion, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8284

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8285

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial a ex trabajadores de la Beneficencia Publica de Sullana por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 206-99-PROMUDEH MORDAZA, 21 de junio de 1999 Vistos el Oficio Nº 886-99-PROMUDEH/PP, de fecha 25 de MORDAZA de 1999, de la Procuraduria Publica del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 007-99/INABIF-OAI, "Examen Especial sobre presuntas irregularidades administrativas en el Robo de S/. 58,000.00 que fuera objeto la Oficina de Tesoreria de la Sociedad de Beneficencia Publica de Sullana", del Organo de Auditoria Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, se ha determinado presunta responsabilidad civil y penal por parte de los ex Presidentes, Miembros del Directorio, ex Administrador del Cementerio San MORDAZA y Contador de la Beneficencia Publica de Sullana, responsables a la fecha de los hechos, en el irregular manejo de los recursos financieros de la Beneficencia Publica, durante el periodo comprendido entre junio de 1997 a octubre de 1998; Que de los hechos descritos en la accion de control referida, se evidencian indicios razonables de presunta comision de ilicitos penales y la existencia de responsabilidad civil por parte de los ex Presidentes, Miembros del Directorio, ex administrador del Cementerio de San MORDAZA y Contador y de la Beneficencia Publica de Sullana al haber efectuado ventas de nichos cobrados directamente a los usuarios sin entregar a la Oficina de Tesoreria lo recaudado emitiendo para ello recibos simples y/o facturas falsificadas a nombre de la Beneficencia Publica de Sullana, hasta por un monto de S/ . 6,770.00 Nuevos Soles, haber adulterado manualmente la Factura Nº 000673 de Comercial MORDAZA por el importe de S/ . 769.00 Nuevos Soles, asi como destinar para su uso personal y de personas no consideradas indigentes las medicinas de la entidad con el agravante de ser medicamentos utilizados con fines asistenciales dirigidos a la poblacion objetivo de la Sociedad de Beneficencia Publica de Sullana; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Articulo 16º de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra los presuntos responsables establecidos en el Informe Nº 007-99/INABIF-OAI, por las consi-

Encargan funciones de Director del Programa Nacional de Alfabetizacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 072-99-PROMUDEH MORDAZA, 23 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, es necesario encargar las funciones de Director del Programa Nacional de Alfabetizacion, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Director del Programa Nacional de Alfabetizacion, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano.

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