Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 1999 (24/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 24 de junio de 1999

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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causal de revocatoria del Permiso de Operacion otorgado, contemplada en el inciso b) del Articulo 87º de la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 169º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, la Direccion General de Transporte Aereo ha notificado a la empresa interesada mediante Oficios Nº 978-98-MTC/15.16.05.1 del 28 de diciembre de 1998 y Nº 165-99-MTC/15.16.05.1 del 18 de febrero de 1999, manifestandole que de no reiniciar operaciones aereas en el plazo concedido, se procederia a revocar su Permiso de Operacion; Que, habiendo vencido en exceso el plazo concedido a NATIONAL AIRLINES (CHILE) S.A., para cumplir con reiniciar sus operaciones aereas, amerita la expedicion del acto administrativo necesario para revocar el Permiso de Operacion correspondiente; Que, en aplicacion del Articulo 23º Numeral 2 de la Ley Nº 26917, "la Direccion General de Transporte Aereo resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos" a que se refiere el Capitulo pertinente de la MORDAZA citada, "asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; el Articulo 23º Numeral 2 de la Ley Nº 26917; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- REVOCAR el Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo otorgado a NATIONAL AIRLINES (CHILE) S.A., en consecuencia, dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 029-98-MTC/15.16 del 18 de marzo de 1998, mediante la cual se otorgo la Renovacion de dicho Permiso de Operacion, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Transportes y Director General de Transporte Aereo (e) 8192

Primero.- Autorizar la participacion de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Quiroga, Presidente y Vocal de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, respectivamente, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el evento denominado "Encuentro Iberoamericano de Justicia Laboral", a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA de Costa Rica los dias 24 y 25 de junio del presente ano, concediendoseles licencia con goce de haber del 23 al 26 de los corrientes. Segundo.- Los gastos que no MORDAZA cubiertos por la entidad organizadora, seran irrogados por la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 8240

Autorizan la participacion de magistrados en el "III Taller Regional Centro Sur sobre Justicia de Derechos Humanos", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 926-CME-PJ MORDAZA, 17 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestion y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, encargandose ademas la Reestructuracion y Reorganizacion Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la MORDAZA Judicial y Estatuto Organico del Magistrado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion, en tanto no se afecte el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional; Que, la Comision Episcopal de Accion Social - CEAS con carta de fecha 2 de junio de 1999, comunica la realizacion del "III Taller Regional Centro Sur sobre Justicia de Derechos Humanos" a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 24 de junio, a partir de las 17.00 horas, al 29 de junio de 1999; Que, la Presidencia de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la Republica y las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Ucayali, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, mediante Oficios Nº 1547-1999-P-CSJLI/ PJ de 3 de junio de 1999, Nº 714-99-P-PSPT-CS de 11 de junio de 1999, Nº 1637-99-P-CSJL/PJ-AWMA de 10 de junio de 1999, Nº 6363-1999-P-CSJUC/PJ de 10 de junio de 1999, Nº 88-1999-P-CSJPU/PJ de 11 de junio de 1999, Nº 914-99-P-CSJJU/PJ de 10 de junio de 1999, Nº 059-1999-PCSJAR/PJ de 11 de junio de 1999 respectivamente, han propuesto una relacion de Magistrados para su participacion en el curso mencionado; Que, el "III Taller Regional Centro Sur sobre Justicia de Derechos Humanos" se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la administracion de justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la participacion de los Magistrados y conceder las licencias correspondientes; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ y 029-99-SETP-CME-PJ y estando a lo acordado en la Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la participacion de los senores Magistrados que a continuacion se indican, en el "III Taller Regional Centro Sur sobre Justicia de Derechos Humanos" organizado por la Comision Episcopal de Accion Social -

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan la participacion de magistrados en el "Encuentro Iberoamericano de Justicia Laboral", a realizarse en Costa Rica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 918-CME-PJ MORDAZA, 9 de junio de 1999 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTA; La carta del Presidente de la Sociedad Internacional de Trabajo y la Seguridad Social, referida al Encuentro Iberoamericano de Justicia Laboral, a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA de Costa Rica, el 24 y 25 de junio del presente ano; CONSIDERANDO: Que en el documento MORDAZA referido se requiere la participacion de magistrados que ocupen cargos superiores y que cumplan funciones en materia de derecho de trabajo; Que el objetivo de la reunion es intercambiar ideas y experiencias sobre la Justicia de Trabajo que de una u otra manera enfrentan los mismos problemas en distintos paises; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26456, sus modificatorias y ampliatorias, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesion de la fecha;

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