Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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de Economia y Finanzas respecto de contribuyentes que integran su Directorio. s) Elaborar el proyecto de Resolucion de Superintendente Nacional Adjunto para el nombramiento de Ejecutores Coactivos, en conformidad con la Gerencia de Programacion y Gestion de Deuda de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario. t) Suscribir en nombre de la SUNAT, los contratos de garantia prendaria, hipotecaria y otros documentos otorgados por los contribuyentes a su cargo para garantizar la deuda sujeta a aplazamiento y/o fraccionamiento, asi como a levantar, cancelar o modificar el monto de las referidas garantias, suscribiendo para tal efecto los contratos y demas documentos pertinentes. u) Remitir al Tribunal Fiscal los expedientes de Apelacion, Queja y otros referidos a la impugnacion de tributos, asi como los casos de cierre, comiso e internamiento temporal de vehiculos, correspondientes a los contribuyentes de su Directorio. Articulo 40º.- La Gerencia de Control de Deuda y Cobranza es un organo directamente dependiente de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, y se encarga de procurar la correcta y oportuna recaudacion de los tributos administrados por la SUNAT, a traves de un efectivo control de la deuda tributaria y del MORDAZA de cobranza correspondiente a los contribuyentes que conforman su directorio. El Gerente de Control de Deuda y Cobranza es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 41º.- Son funciones de la Gerencia de Control de Deuda y Cobranza: a) Planificar las acciones de control de deuda, aplazamiento y/o fraccionamiento y cobranza dirigidas a los contribuyentes de la Intendencia, de acuerdo a los programas, procedimientos y planes aprobados. b) Aprobar y elevar a la Intendencia los proyectos de resolucion remitidos por las divisiones a su cargo, en los casos que corresponda. c) Firmar hasta los montos autorizados las Resoluciones de Multa por omision al pago de tributos y omision a la MORDAZA de declaraciones pago, asi como otras multas que correspondan. d) Firmar las resoluciones de revocacion, modificacion, complementacion y sustitucion de sanciones hasta los montos autorizados o conforme a los criterios establecidos en la MORDAZA interna. e) Informar a la Intendencia sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos de control de la deuda, aplazamiento y/o fraccionamiento y cobranza aplicados. f) Proponer a la Intendencia el nombramiento de auxiliares y ejecutores coactivos en el ambito de su jurisdiccion. g) Emitir opiniones sobre proyectos de procedimientos y circulares elaborados por las areas normativas. h) Hacer el seguimiento, control y monitoreo del cumplimiento de metas de recaudacion de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales. i) Proponer modificaciones de normas tributarias sobre los procesos de Control de Deuda y Cobranza. Articulo 42º.- La Gerencia de Fiscalizacion es un organo directamente dependiente de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, y se encarga de verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que conforman su directorio, asi como generar riesgo ante el incumplimiento tributario, con la finalidad de reducir la brecha de evasion. El Gerente de Fiscalizacion es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 43º.- Son funciones de la Gerencia de Fiscalizacion: a) Definir y aprobar el Plan de Fiscalizacion de acciones descentralizadas a realizar, en el MORDAZA del Plan Operativo de la Intendencia. b) Controlar el cumplimiento de las actividades de las Divisiones que conforman la Gerencia de Fiscalizacion, de acuerdo a las metas establecidas y a los recursos de auditoria disponibles. c) Autorizar cuando corresponda, y realizar un control y seguimiento de las solicitudes de devolucion presentadas por los contribuyentes de la Intendencia Nacional por saldos a favor del exportador, pagos indebidos, pagos en exceso y otras establecidas por ley.

d) Aprobar y firmar las Resoluciones de Determinacion y las Resoluciones de Multa producto de las acciones de fiscalizacion, por los montos autorizados. e) Aprobar y firmar las resoluciones de revocacion, modificacion, complementacion y sustitucion de sanciones, hasta los montos autorizados o conforme a los criterios establecidos en la MORDAZA interna. f) Solicitar la aplicacion de medidas cautelares a contribuyentes fiscalizados y/o responsables solidarios, cuando resulte necesario y en conformidad con la normatividad vigente. g) Revisar los informes sobre casos en los que se presuma la comision de delito tributario. h) Evaluar el desempeno de los sistemas, programas y procedimientos de fiscalizacion aplicados, asi como los resultados de las acciones de fiscalizacion, elaborando los informes correspondientes. Articulo 44º.- La Gerencia de Reclamos es un organo directamente dependiente de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, y se encarga de resolver en primera instancia administrativa los recursos de reclamacion presentados por los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de representar a esta Intendencia en la MORDAZA etapa del procedimiento administrativo, ante el Tribunal Fiscal, y en el MORDAZA contencioso administrativo, ante el Poder Judicial. Asimismo, absuelve las consultas formuladas por los otros organos de la Intendencia y prepara proyectos de respuesta de las consultas escritas formuladas por los contribuyentes de esta Intendencia sobre el sentido y alcance de las normas tributarias. El Gerente de Reclamos es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 45º.- Son funciones de la Gerencia de Reclamos: a) Evaluar la admisibilidad de los recursos de reclamacion y/o apelacion, presentados por los contribuyentes; elaborando de ser el caso las Resoluciones de Intendencia que declaran la inadmisibilidad de los mismos. b) Resolver las reclamaciones interpuestas contra Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa, y otros actos reclamables de acuerdo al Codigo Tributario. c) Elevar al Tribunal Fiscal los Recursos de Apelacion interpuestos contra las Resoluciones de Intendencia que resuelven recursos de reclamacion, asi como las apelaciones de puro derecho, las Resoluciones Fictas denegatorias de recursos de reclamacion, las apelaciones interpuestas en el MORDAZA de cobranza coactiva y las resoluciones que resuelven solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinacion de la obligacion tributaria, con excepcion de las que resuelvan las solicitudes de devolucion. d) Defender los intereses de la Administracion Tributaria frente a los contribuyentes de su jurisdiccion, en los procesos contencioso administrativos. e) Centralizar el tramite de los Recursos de Queja presentados por los contribuyentes, para la elevacion al Tribunal Fiscal del informe del area involucrada, asi como para la coordinacion y revision de los informes que fuesen solicitados por el Tribunal. f) Dar cumplimiento a las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial, respecto a los asuntos de su competencia. g) Elaborar y remitir para conocimiento de la Intendencia Nacional Juridica, los informes sobre los casos en los que se deba asumir la defensa de los intereses y derechos de la Institucion o de los trabajadores emplazados en el ejercicio de sus funciones, realizando las acciones necesarias y acordes con los lineamientos emitidos por dichos organos para el seguimiento de estos casos. h) Solicitar la aplicacion de medidas cautelares a contribuyentes con reclamaciones en tramite. i) Elevar al Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, los recursos de Apelacion referidos a solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinacion de la obligacion tributaria de esta Intendencia. j) Evaluar, interponer, contestar o realizar cualquier otra accion o tramite ante el Poder Judicial relacionado con el MORDAZA contencioso administrativo que corresponda a los contribuyentes de su Directorio, en representacion de la SUNAT. k) Preparar expedientes por delito de libramiento indebido y enviarlos a la Intendencia Nacional Juridica para el tramite correspondiente. l) Elaborar las resoluciones de revocacion, modificacion, complementacion o sustitucion de resoluciones en los casos que corresponda.

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