Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 128º.- La Gerencia de Servicio a Usuarios es un organo directamente dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, y se encarga de asegurar la calidad de los procedimientos y aplicaciones informaticas requeridos para apoyar las labores operativas, de soporte y de gestion de la Institucion, asi como la implementacion y medicion de satisfaccion de los usuarios de los mismos. El Gerente de Servicio a Usuarios es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 129º.- Son funciones de la Gerencia de Servicio a Usuarios: a) Garantizar la calidad de los servicios a ser brindados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. b) Implementar y capacitar los sistemas desarrollados o autorizados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. c) Evaluar la satisfaccion de los usuarios de los servicios brindados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. d) Brindar soporte a los usuarios de los servicios brindados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. e) Proponer modificaciones a los procesos de SUNAT a traves del empleo intensivo de tecnologias de informacion. Articulo 130º.- La Oficina de Seguridad Informatica es un organo de apoyo de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, y se encarga de establecer los lineamientos de seguridad a fin de impedir accesos no autorizados a la infraestructura informatica y de comunicaciones de la Institucion, asi como elaborar los planes de contingencia que aseguren la disponibilidad de los servicios de informacion implementados en SUNAT. El Jefe de la Oficina de Seguridad Informatica es el funcionario de mas alto nivel de esta Oficina y el responsable de la misma. Articulo 131º.- Son funciones de la Oficina de Seguridad Informatica: a) Establecer y supervisar el cumplimiento de politicas, procedimientos y normas en materia de seguridad informatica. b) Efectuar permanente analisis de riesgo y pruebas de vulnerabilidad de los activos informaticos. c) Fomentar y apoyar la investigacion y analisis de tecnologia requerida en materia de seguridad informatica. d) Normar los esquemas de seguridad de los procesos, aplicaciones e infraestructura informatica y de telecomunicaciones a ser implementados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. e) Apoyar en la implementacion de soluciones integrales de seguridad informatica. Articulo 132º.- La Oficina de Investigacion Tecnologica es un organo de apoyo a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, y se encarga de investigar y evaluar las tecnologias de informacion, asi como establecer los lineamientos de incorporacion y normalizacion de las tecnologias a ser empleadas por la SUNAT en el desarrollo e implementacion de sistemas de informacion. El Jefe de la Oficina de Investigacion Tecnologica es el funcionario de mas alto nivel de esta Oficina y el responsable de la misma. Articulo 133º.- Son funciones de la Oficina de Investigacion Tecnologica: a) Realizar las actividades de investigacion y analisis de las tecnologias de informacion existentes y emergentes, asi como de la utilidad e impacto que tendria su implementacion en la Institucion. b) Seleccionar las tecnologias, productos y herramientas informaticas para el MORDAZA de desarrollo de sistemas de informacion. c) Apoyar y centralizar los requerimientos de adquisicion de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. d) Elaborar las especificaciones tecnicas para la adquisicion de las tecnologias e infraestructura informatica y de telecomunicaciones requeridas. e) Administrar el MORDAZA de incorporacion del personal de la Intendencia de Sistemas de Informacion en el empleo de las tecnologias seleccionadas para SUNAT. f) Centralizar y administrar los requerimientos de capacitacion del personal de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. g) Normar los lineamientos de arquitectura de aplicaciones e infraestructura informatica y de telecomunicacio-

nes a ser empleada para el desarrollo de sistemas de informacion. Articulo 134º.- La Oficina de Planeamiento y Estrategias de Servicios Electronicos es un organo de apoyo de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, y se encarga de establecer los lineamientos que permitan a la SUNAT la modificacion de sus procesos a partir del empleo de tecnologia de informacion y comunicaciones, y en especial Internet. El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Estrategias de Servicios Electronicos es el funcionario de mas alto nivel de esta Oficina y el responsable de la misma. Articulo 135º.- Son funciones de la Oficina de Oficina de Planeamiento y Estrategias de Servicios Electronicos: a) Asesorar a la SUNAT para el desarrollo de gobierno electronico. b) Proponer la estrategia de SUNAT para el desarrollo de gobierno electronico. c) Establecer los lineamientos que permitan la adecuacion de los procesos a las politicas de gobierno electronico que se establezcan a nivel de Gobierno Nacional. d) Coordinar los esfuerzos de gobierno electronico con las diferentes areas de SUNAT. e) Participar en la implementacion de gobierno electronico en SUNAT. f) Evaluar el exito de la implementacion de gobierno electronico, y sugerir medidas de correccion u optimizacion en el proceso. Articulo 136º.- La Oficina de Ingenieria de Procesos y Software es un organo de apoyo de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, y se encarga de difundir y actualizar la metodologia de desarrollo e implementacion de procesos y aplicaciones de SUNAT, asi como velar por el cumplimiento de la misma El Jefe de la Oficina de Ingenieria de Procesos y Software es el funcionario de mas alto nivel de esta Oficina y el responsable de la misma. Articulo 137º.- Son funciones de la Oficina de Ingenieria de Procesos y Software: a) Actualizar la metodologia de desarrollo e implementacion de sistemas de informacion. b) Administrar la arquitectura de procesos, datos y de aplicaciones de la SUNAT, asi como las versiones de los mismos. c) Establecer los estandares de documentacion de las diversas etapas de desarrollo de los sistemas de informacion. d) Normar y actualizar los estandares de documentacion tecnica interna de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. e) Supervisar el cumplimiento de la metodologia de desarrollo de sistemas de informacion, asi como el empleo de los estandares establecidos. f) Difundir y actualizar el Plan Maestro de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. g) Establecer las metricas de las diversas etapas y tareas establecidas en la metodologia de desarrollo de sistemas de informacion. Articulo 138º.- La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera es un organo directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, y se encarga de administrar la normatividad para la aplicacion de los regimenes y operaciones aduaneras, destinos aduaneros especiales o de excepcion, reglas de origen, tratados y convenios internacionales relacionados a dicha normatividad, y de conducir los sistemas de nomenclatura arancelaria y/o valoracion aduanera. Asimismo, procesa las solicitudes de exoneracion de derechos y/o franquicias aduaneras, autoriza el funcionamiento de los operadores de comercio exterior y supervisa las actividades de las empresas verificadoras. Absuelve ademas, las consultas de caracter tecnico de su competencia. El Intendente Nacional de Tecnica Aduanera es el funcionario de mas alto nivel de esta Intendencia y el responsable de la misma. Articulo 139º.- Son funciones de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera: a) Evaluar y actualizar la normatividad aplicable a regimenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de excepcion, exoneraciones aduaneras, autorizacion de operadores de comercio exterior, Nomenclatura Arancelaria,

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