Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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h. i. j.

NORMAS LEGALES
f. g.

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

cion de los usuarios a traves de controles estadisticos; Apoyar la labor de difusion de la informacion del JNE, de la Oficina de Imagen Institucional a traves de la Pagina Web; Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; Otras funciones afines al cargo que le asigne el Gerente de Administracion y Finanzas. CONTROL PATRIMONIAL

Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; Otras funciones afines al cargo que le asigne el Secretario General. CAPITULO XXII GERENCIA DE FISCALIZACION ELECTORAL

Articulo 97º.- La Gerencia de Fiscalizacion Electoral, es el organo de linea, que depende de la Secretaria General. Encargado de fiscalizar la legalidad del ejercicio de sufragio de la ciudadania. Articulo 98º.- La Gerencia de Fiscalizacion Electoral, estara a cargo de un funcionario con Titulo Profesional Universitario, con el nivel de Gerente. Articulo 99º.- Son funciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electoral: a. Proponer los planes y programas sobre fiscalizacion de la legalidad del ejercicio del sufragio, de la realizacion de los procesos electorales, del referendum y otras consultas y luego de aprobados, ejecutarlos y evaluarlos, informando sobre ello MORDAZA, durante y despues de todo el MORDAZA electoral. b. Proponer, ejecutar y evaluar los planes y programas de fiscalizacion de la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales, asi como su actualizacion y depuracion final a cargo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y emitir el informe respectivo; c. Informar sobre el cumplimiento del Reglamento de Encuestadoras; las MORDAZA y usos del financiamiento de campanas politicas; d. Informar sobre la correcta distribucion de espacios en los medios de comunicacion social del Estado y la franja electoral; e. Informar respecto de infracciones a las leyes electorales; f. Elaborar informacion estadistica y especificaciones tecnicas en materia de fiscalizacion electoral; g. Desarrollar el Sistema de Informacion de Procesos Electorales (SIPE); h. Verificar el cumplimiento de los plazos establecidos por la legislacion electoral; i. Proponer, ejecutar y evaluar, las acciones para la recoleccion de actas electorales del MORDAZA Nacional de Elecciones y archivarlas en coordinacion con la Oficina de Tramite Documentario; j. Hacer el seguimiento de las medidas correctivas aplicadas en materia de fiscalizacion electoral; k. Proponer el material de capacitacion en materia de fiscalizacion para cada MORDAZA electoral; l. Elaborar el Vademecum del Fiscalizador; y, m. Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el planeamiento y presupuesto de sus proyectos y actividades; n. Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; o. Otras funciones afines al cargo que le asigne el Secretario General. Articulo 100º.- La Gerencia de Fiscalizacion Electoral, para el cumplimiento de sus funciones, distribuira sus funciones dentro de la siguiente division funcional: Division de Desarrollo. Division de Gestion. Division de Soporte.

Articulo 90º.- Control Patrimonial, es un grupo funcional de apoyo que depende de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Encargada de recepcionar, codificar, registrar, distribuir, custodiar y controlar los bienes del activo fijo de la institucion. Mantener actualizada la valuacion y depreciacion de los activos fijos, en coordinacion con el area contable. Controlar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de los bienes patrimoniales. Articulo 91º.- Control Patrimonial estara a cargo de un profesional o tecnico especializado en el area. COMITE DE GESTION PATRIMONIAL Articulo 92º.- El Comite de Gestion Patrimonial, es el organo de apoyo administrativo que depende de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Encargado de la recepcion, codificacion, registro y control del activo fijo, muebles, inmuebles, seguros y contratos de comodato de la entidad. Articulo 93º.- El Comite de Gestion Patrimonial estara a cargo de trabajadores y/o funcionarios de la institucion, que adicional a las labores a su cargo, seran designados como miembros del Comite por la Secretaria General, a propuesta de la Gerencia de Administracion y Finanzas. ORGANOS DE LINEA CAPITULO XXI OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS Articulo 94º.- La Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, es el organo de linea, que depende de la Secretaria General. Encargado de organizar, registrar, custodiar y actualizar el Registro Electoral del sistema y partidos politicos durante y fuera de periodos electorales. Asi como expedir los certificados y documentos publicos relacionados con el Registro Electoral. Articulo 95º.- La Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, estara a cargo de un funcionario con Titulo Profesional Universitario, con el nivel de Jefe de Oficina. Articulo 96º.- Son funciones de la Oficina de Registro de Organizaciones politicas: a. b. c. d. e. Organizar el archivo registral y dirigir los procesos tecnicos del Registro de Organizaciones Politicas; Normar, divulgar y actualizar la informacion relativa al Registro Electoral; Custodiar la informacion concerniente al Registro de las organizaciones politicas y velar que se encuentre en optimas condiciones para su entrega; Registrar Organizaciones politicas, Encuestadoras Electorales, Observadores Electorales, candidatos y Autoridades Politicas; Expedir certificados, copias y otros documentos relacionados con el Registro de Organizaciones Politicas;

Articulo 101º.- Las Divisiones funcionales estaran a cargo de profesionales o tecnicos especializados en la materia.

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