Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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determinando el MORDAZA de responsabilidad incurrida, recomendando las acciones que correspondan; e. Cautelar en las acciones de control que realice y de manera selectiva, que cada organo de la institucion cumpla con las funciones asignadas; f. Efectuar el seguimiento de las acciones realizadas por las unidades organicas de la institucion, para el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en los informes realizados por este organo, por la Contraloria General de la Republica y los auditores externos designados por esta; g. Informar oportunamente al Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones y a la Contraloria General de la Republica sobre los resultados de las acciones de control efectuadas y de la evaluacion del cumplimiento del Plan Anual de Control; h. Apoyar a las Comisiones del Organo Superior de Control en atencion de los encargos especificos que le MORDAZA confiados; i. Fortalecer los procedimientos de control y elaboracion de nuevas metodologias relacionadas con su accionar; j. Realizar investigaciones y auditorias dispuestas por el Titular del Pliego, asi como investigar las denuncias, quejas y reclamos que le MORDAZA derivados por este, en relacion con la gestion del organismo; k. Realizar acciones de control relacionadas con los procesos electorales; l. Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; y m. Realizar oportunamente el control interno posterior, vigilando el desempeno administrativo, para asegurar el estricto cumplimiento de la normatividad vigente; n. Otras funciones afines al cargo que le asigne el Presidente del JNE y/o la Contraloria General de la Republica. ORGANOS DE ASESORAMIENTO CAPITULO VIII OFICINA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL Articulo 46º .- La Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional, es el organo de asesoramiento, que depende de la Presidencia del JNE. Encargada de captar MORDAZA de Cooperacion Tecnica Nacional e Internacional y elaborar proyectos para el desarrollo institucional. Articulo 47º.- La Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional, estara a cargo de un profesional universitario, funcionario con el nivel de Jefe de Oficina. Articulo 48º.- Son funciones de la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional: a. b. c. Proponer y ejecutar la politica general de Cooperacion Tecnica Internacional establecida por la institucion; Formular, proponer y ejecutar el Plan anual de Cooperacion Tecnica, evaluandolo trimestralmente; Consolidar los proyectos, requerimientos y recursos de Cooperacion Tecnica Internacional y conducir su gestion ante los organismos internacionales y gobiernos extranjeros; Identificar nuevas MORDAZA de Cooperacion Tecnica Internacional, para atender los requerimientos de desarrollo institucional; Organizar y mantener actualizado el sistema de documentacion y archivo de Cooperacion Tecnica Internacional, considerando registro de expertos, becas, recursos de financiamiento, tecnologia, paises y otros; Canalizar la informacion y la gestion de documentos para la obtencion de becas y otras oportunidades de Cooperacion tecnica Internacional dirigidas al desa-

g. h. i. j.

rrollo de los Recursos Humanos y/o a la incorporacion de nuevas tecnologias sobre administracion general y organos del JNE; Organizar un sistema de comunicacion interno a fin de difundir entre los trabajadores las ofertas de Cooperacion Tecnica Internacional; Elaborar las normas y procedimientos para el mejor empleo de la Cooperacion tecnica Internacional; y Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; Otras funciones afines al cargo que le asigne la Presidencia del JNE. CAPITULO IX PROCURADURIA PUBLICA DEL JNE

Articulo 49º.- La Procuraduria Publica del JNE, es el organo de asesoramiento encargado de la defensa judicial de la institucion que depende de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Encargada de representar y defender ante los Organos Jurisdiccionales, los derechos e intereses del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 50º.- La Procuraduria Publica del JNE estara a cargo de un abogado, funcionario con el nivel de Procurador, es designado por Resolucion Suprema, de acuerdo a la Ley Nº 17537, de Defensa Judicial del Estado. Articulo 51º.- Son funciones de la Procuraduria Publica del JNE: a. b. c. d. e. Representar y defender los intereses y derechos del MORDAZA Nacional de Elecciones ante los Organos Jurisdiccionales; Cumplir las funciones senaladas en la ley de la materia; Coordinar con la Gerencia Legal de acuerdo a Ley; Informar mensualmente sobre el estado de los procesos judiciales pendientes; Otras funciones afines al cargo que le asigne el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones. CAPITULO X GERENCIA LEGAL Articulo 52º.- La Gerencia Legal, es el organo de asesoramiento que depende de la Secretaria General. Encargada de asesorar sobre la legalidad de los asuntos administrativos de la institucion. Articulo 53º.- La Gerencia Legal estara a cargo de un Abogado, funcionario con el nivel de Gerente, con no menos de 5 anos de experiencia. Articulo 54º.- Son funciones de la Gerencia Legal: a. b. c. Asesorar a la Alta Direccion y a los demas organos del Jurado; Recopilar y sistematizar la legislacion electoral y proponer normas conducentes a perfeccionarla; Elaborar informes legales sobre asuntos y expedientes administrativos que le MORDAZA consultados o que le soliciten la Alta Direccion, incluyendo normas y procedimientos administrativos; Coordinar con la Procuraduria Publica la defensa de los derechos e intereses del MORDAZA Nacional de Elecciones; Participar en la forma senalada por la ley en los procesos de adquisicion de bienes y contratacion de servicios; Visar todos los contratos en los que el MORDAZA Nacional de Elecciones es parte; Mantener un archivo de todos los contratos celebrados por la institucion;

d. e.

d. e. f. g.

f.

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