Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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i. j. k. l.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del JNE; Aprobar la politica institucional y velar por el cumplimiento de los fines y objetivos de la institucion; Delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de sus funciones. Otras funciones que le asignen la Constitucion y las leyes. DESPACHO DE LOS MIEMBROS DEL PLENO

Articulo 20º.- En caso de ausencia o impedimento temporal, del Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, sus funciones seran desempenadas por un miembro titular del Pleno, siguiendo el orden establecido en el Articulo 10º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 21º.- Son funciones del Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones: a. b. c. Representar al MORDAZA Nacional de Elecciones en todos sus actos; Convocar y presidir las sesiones del Pleno, dirigir los debates, conservar el orden durante los mismos y hacer cumplir sus acuerdos; Ejercer la Titularidad del Pliego y del Programa Presupuestal del MORDAZA Nacional de Elecciones; Expedir resoluciones en los asuntos de su competencia; Designar y contratar a los funcionarios y trabajadores del MORDAZA Nacional de Elecciones; asi como determinar los cargos de confianza de la institucion; Delegar las facultades administrativas cuando sea procedente conforme a ley; Presentar al Poder Ejecutivo el Proyecto de Presupuesto del Sistema Electoral que incluye por separado los presupuestos de cada organismo del Sistema Electoral. Lo sustenta ante esa instancia y ante el Congreso de la Republica; Juramentar a los miembros del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; Coordinar con los Jefes de los Organismos del Sistema Electoral las actividades pertinentes; Evaluar y suscribir convenios de capacitacion, fiscalizacion y otros, con organismos publicos o privados, nacionales o internacionales de cooperacion tecnica internacional, sobre asuntos institucionales; Designar a los Miembros del Comite de Coordinacion Electoral, al MORDAZA del articulo 76º de la Ley Nº 26859 Ley Organica de Elecciones; Otras funciones afines al cargo que le MORDAZA asignadas por el Pleno.

Articulo 15º.- El Despacho de los Miembros del Pleno esta integrado por un Magistrado Miembro del Pleno del JNE y el personal de apoyo requerido. Articulo 16º.- El MORDAZA Nacional de Elecciones cuenta con cuatro Despachos correspondientes a cada uno de los siguientes Miembros del Pleno del JNE: a. b. c. d. Despacho de Miembro del Pleno elegido por la Junta de Fiscales Supremos Despacho de Miembro del Pleno elegido por el Colegio de Abogados de MORDAZA Despacho de Miembro del Pleno elegido por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Publicas. Despacho de Miembro del Pleno elegido por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas.

d. e. f. g.

h. i. j.

Articulo 17º.- Son funciones de los Miembros del Pleno del JNE, las siguientes: a. Concurrir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno; b. Revisar y velar por el cumplimiento de las leyes, resoluciones y directivas del JNE; c. Revisar, analizar y evaluar expedientes jurisdiccionales para administrar justicia en materia electoral; d. Asistir a las audiencias publicas, para resolver y tratar asuntos jurisdiccionales; e. Informar y/o Absolver consultas de indole jurisdiccional y/o administrativo que le encargue el Pleno o la Presidencia; f. Informar sobre los encargos, acuerdos o avances de trabajo personal o de comisiones asignadas por el Pleno o la Presidencia; g. Asistir a reuniones de trabajo, exposiciones e invitaciones efectuadas por instituciones publicas, privadas, academicas, nacionales y extranjeras, encargadas por el Pleno o Presidente; h. Proponer las resoluciones y la reglamentacion necesaria para el funcionamiento del JNE; i. Proponer al Pleno las denuncias a las personas, autoridades, funcionarios y servidores publicos que cometan infracciones penales previstas en la ley; j. Revisar los gastos efectuados por los Jurados Electorales Especiales, de acuerdo con los respectivos presupuestos; k. Votar para la designacion o cese del Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, a propuesta del Presidente del Jurado; l. Proporcionar informacion respecto a los asuntos consultados; m. Otras funciones afines al cargo que le MORDAZA asignadas por el Presidente o el Pleno. CAPITULO II PRESIDENCIA DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Articulo 18º.- La Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, es el organo de Alta Direccion encargado de ejecutar los acuerdos del Pleno y de conducir la institucion. Articulo 19º.- El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, es su representante oficial y es el Titular del Pliego.

k. l.

Articulo 22º.- La Presidencia contara con un Gabinete de Asesores que se encargaran de efectuar analisis, estudios, informes, dictamenes y otras actividades que se le encomiende, relacionadas con la politica institucional. Articulo 23º.- La Presidencia para el cumplimiento de sus funciones, tendra a su cargo los siguientes organos: La La La La La Secretaria General. Oficina de Control Interno. Oficina de Imagen Institucional. Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional. Procuraduria Publica del JNE. CAPITULO III SECRETARIA GENERAL Articulo 24º.- La Secretaria General es el organo de Alta Direccion, dependiente de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Encargada de coordinar y realizar actividades de apoyo jurisdiccional y administrativo del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 25º.- La Secretaria General esta a cargo de un funcionario abogado, con el nivel de Secretario General, con no menos de diez anos de experiencia, designado por acuerdo del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones. Es el funcionario de mayor jerarquia administrativa del JNE, interviene en las deliberaciones del Pleno con voz pero sin MORDAZA y coordina la ejecucion de las decisiones del Pleno y de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 26º.- Son funciones del Secretario General:

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