Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

Articulo 149º.- Son funciones de la Gerencia Procesal y Administrativa: a) Asumir la defensa de la Institucion en todos los procesos, distintos a las demandas contencioso administrativas, que se tramiten en la competencia territorial de MORDAZA y Callao. b) Apoyar a las Intendencias Regionales, Intendencias de Aduanas y a las Oficinas Zonales en la tramitacion de los distintos procesos, cuando corresponda. c) Asesorar a los organos de la SUNAT en cuestiones juridicas de naturaleza administrativa, laboral y civil, y absolver consultas relacionadas a esos temas. d) Elaborar o, en su caso, revisar y visar los contratos de naturaleza administrativa, laboral o civil. e) Elaborar circulares sobre las materias de su competencia. f) Elaborar o, en su caso revisar y visar las Resoluciones de Superintendencia de caracter administrativo. g) Emitir opinion sobre los aspectos juridicos relacionados con la firma de los proyectos de convenio de cooperacion tecnica y administrativa e intercambio de informacion, a ser suscritos por la SUNAT con organismos nacionales e internacionales. h) Emitir opinion y visar de ser el caso, las normas o disposiciones internas de contenido administrativo y laboral. i) Evaluar y visar los convenios de cooperacion tecnica y administrativa en materia tributaria a ser suscritos por SUNAT. j) Asumir la defensa de la SUNAT en los procesos administrativos ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. k) Proponer a los Superintendentes Adjuntos los lineamientos para la interposicion de demandas contencioso administrativas por parte de los organos operativos. l) Elaborar informes y proyectos de resolucion, referidos a expedientes de apelacion y revision de las solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinacion de la deuda tributaria, por delegacion de los Superintendentes Adjuntos, cuando corresponda. Articulo 150º.- La Gerencia de Dictamenes Tributarios es un organo directamente dependiente de la Intendencia Nacional Juridica y se encarga de interpretar, con caracter vinculante para los organos de la Institucion, el sentido y alcance de las normas tributarias derivados de consultas formuladas por estos organos y por aquellas entidades representativas de las actividades economicas, laborales y profesionales, asi como por las entidades del sector publico nacional, autorizadas por el Codigo Tributario para presentar consultas a la Institucion. El Gerente de Dictamenes Tributarios es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 151º.- Son funciones de la Gerencia de Dictamenes Tributarios: a) Absolver las consultas que versen sobre el sentido y alcance de las normas tributarias, excepto las referidas a materia aduanera, formuladas por los organos internos de la SUNAT, cuando el caso lo amerite. b) Absolver las consultas que versen sobre el sentido y alcance de las normas tributarias, excepto las referidas a materia aduanera, formuladas por las entidades representativas de las actividades economicas, laborales y profesionales, asi como por las entidades del sector publico nacional autorizadas por el Codigo Tributario para presentar consultas por escrito a la Institucion. c) Elaborar los proyectos de directivas y circulares que interpreten de manera general el sentido y alcance de las normas tributarias, excepto las referidas a materia aduanera. d) Remitir a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, para su inclusion en Internet e Intranet, segun sea el caso, las principales normas tributarias, asi como las circulares e informes que correspondan sobre el sentido y alcance de las mismas, facilitando su difusion entre los diversos organos. e) Establecer coordinaciones necesarias con el Tribunal Fiscal. f) Elaborar circulares considerando los pronunciamientos de las MORDAZA de Tributos Internos del Tribunal Fiscal, para uniformar criterios que sirvan como instrucciones para el cumplimiento de las funciones de SUNAT, cuando el tema lo amerite. g) Mantener actualizado el archivo fisico de las Resoluciones de las MORDAZA de Tributos Internos del Tribunal Fiscal, facilitando su difusion entre los diversos organos.

Articulo 152º.- La Gerencia Juridico Aduanera es un organo directamente dependiente de la Intendencia Nacional Juridica y se encarga de elaborar proyectos de normas referidas a materia aduanera y emitir opinion sobre proyectos cuando esta le sea requerida por otros organos de la Institucion o por entidades externas. Asimismo, se encarga de interpretar con caracter vinculante para los organos de la Institucion, el sentido y alcance de las normas aduaneras derivados de consultas formuladas por estos organos y por aquellas entidades representativas de las actividades economicas, laborales y profesionales, asi como por las entidades del sector publico nacional, autorizadas por el Codigo Tributario para presentar consultas a la Institucion. El Gerente Juridico Aduanero es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 153º.- Son funciones de la Gerencia Juridico Aduanera: a) Formular proyectos de normas referidas a materia aduanera. b) Emitir opinion respecto a proyectos de normas vinculadas a materia aduanera. c) Emitir opinion respecto a los expedientes de nulidad, queja y apelacion en materia aduanera y proyectar, de ser el caso, las resoluciones correspondientes. d) Recibir, compilar, evaluar y distribuir las resoluciones remitidas por la Sala de Aduanas del Tribunal Fiscal a los organos de Aduanas que correspondan, coordinando con estas en su caso la interposicion de las demandas contencioso administrativas, asi como efectuar el seguimiento de las mismas. e) Absolver consultas internas referidas al sentido y alcance de las normas aduaneras formuladas por los organos de la Institucion, cuando el caso amerite. f) Absolver las consultas que versen sobre el sentido y alcance de las normas vinculadas a materia aduanera, formuladas por las entidades representativas de las actividades economicas, laborales y profesionales, asi como por las entidades del sector publico nacional autorizadas por el Codigo Tributario para presentar consultas por escrito a la Institucion. g) Elaborar los proyectos de Directivas y Circulares que interpreten de manera general el sentido y alcance de las normas vinculadas a materia aduanera. h) Evaluar y visar los convenios de cooperacion tecnica y administrativa en materia aduanera a ser suscritos por SUNAT. i) Visar los proyectos de Circulares que MORDAZA de aplicacion general para los operadores del comercio exterior y las empresas verificadoras, asi como a los Convenios que en materia aduanera suscriba la Institucion. j) Proporcionar a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion las principales normas referidas a materia aduanera, asi como las circulares e informes que correspondan sobre el sentido y alcance de las mismas, para su difusion entre las diversas areas. 18973

Dan por concluida designacion de Secretario de Administracion de la PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 404-2002-PCM
MORDAZA, 26 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 372-2002-PCM se designo al senor MORDAZA MORDAZA Hayashida como Secretario de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por convenir al servicio, es pertinente dar por concluida la designacion del funcionario MORDAZA indicado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA HAYASHIDA en el cargo de Secretario

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