Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

encargan, dentro de su ambito geografico, de ejecutar las politicas y estrategias de la SUNAT vinculadas a tributos internos, asi como aplicar sanciones y resolver reclamaciones. Tratandose de los actos relativos a la imputacion de responsabilidad solidaria, asi como del MORDAZA contencioso derivado de estos, la jurisdiccion y competencia de esta Oficina se extendera a todos los deudores tributarios a nivel nacional. El Jefe Zonal es el funcionario de mas alto nivel de una Oficina Zonal y el responsable de la misma. Articulo 53º.- Son funciones de las Oficinas Zonales: a) Formular planes operativos en el ambito de su jurisdiccion, para lograr eficientemente las metas senaladas. b) Administrar el MORDAZA de control y recuperacion de la deuda tributaria de los contribuyentes de su jurisdiccion. c) Programar y ejecutar las acciones de fiscalizacion dirigidas a los contribuyentes identificados, propuestos y remitidos por la Gerencia de Programacion y Gestion de Fiscalizacion y a los contribuyentes identificados en el MORDAZA del Plan Operativo de la Intendencia. d) Emitir los valores, notificaciones y comunicaciones de su competencia. e) Aplicar los criterios establecidos para la ejecucion de las acciones coercitivas y la aplicacion de medidas cautelares de acuerdo a los lineamientos aprobados. f) Emitir y firmar las Resoluciones de cierre, comiso e internamiento temporal de vehiculos, asi como dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial. g) Investigar aquellos casos en los que se presuma comision de delito tributario. h) Resolver los recursos de reclamacion admitidos a tramite. i) Elevar al Tribunal Fiscal los recursos de apelacion admitidos a tramite, asi como los Recursos de Queja de su jurisdiccion, solicitando a la Intendencia Nacional Juridica -de ser necesario- el apoyo del caso. j) Enviar al Intendente Regional los expedientes referidos a solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinacion de la deuda tributaria. k) Efectuar las acciones de atencion y orientacion que requieran los contribuyentes. l) Informar a la Intendencia Regional de la cual dependen sobre el desempeno de los sistemas, programas y procedimientos de los servicios al contribuyente. m) Informar a la Intendencia Regional de la cual dependen sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos de control y recuperacion de la deuda, fiscalizacion y devoluciones aplicados. n) Proponer a la Intendencia Regional de la cual dependen las altas y bajas de su directorio. o) Informar a la Intendencia Regional de la cual dependen sobre los vacios legales existentes, formulando las propuestas correspondientes para la modificacion de las normas tributarias. p) Emitir las Resoluciones de su competencia. q) Efectuar la evaluacion tecnica del destino y donacion de bienes, proyectando la Resolucion de Superintendencia a elevar al Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos. r) Elaborar el proyecto de Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos para el nombramiento de Ejecutores Coactivos, en conformidad con la Gerencia de Programacion y Gestion de Deuda de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario. s) Suscribir en nombre de la SUNAT, los contratos de garantia prendaria, hipotecaria y otros documentos otorgados por los contribuyentes a su cargo para garantizar la deuda sujeta a aplazamiento y/o fraccionamiento, asi como a levantar, cancelar o modificar el monto de las referidas garantias, suscribiendo para tal efecto los contratos y demas documentos pertinentes. t) Remitir al Tribunal Fiscal los expedientes de Apelacion, Queja y otros referidos a la impugnacion de tributos, asi como los casos de cierre, comiso e internamiento temporal de vehiculos, correspondientes a los contribuyentes de su jurisdiccion. u) Nombrar los Comites Especiales para la adquisicion de bienes o contratacion de servicios, aprobar las bases y autorizar el gasto segun corresponda, de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo 54º.- La Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo es un organo directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de

Aduanas, y se encarga de regular, conducir y coordinar las acciones, planes y programas de prevencion, deteccion y represion del contrabando. El Intendente de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo es el funcionario de mas alto nivel de esta Intendencia y el responsable de la misma. Articulo 55º.- Son funciones de la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo: a) Formular y proponer el Plan de Prevencion, Represion del Contrabando y Control Fronterizo, asi como dirigir, supervisar y evaluar su ejecucion, realizando para tal efecto las acciones de inteligencia, operativos, intervenciones y demas actividades que resulten necesarias. b) Formular, evaluar, aplicar y modificar los procedimientos relativos a la prevencion y represion del contrabando, control fronterizo y el trafico ilicito de mercancias, asi como de las funciones de los Oficiales de Aduana. c) Racionalizar la distribucion de los Oficiales de Aduana de acuerdo a las necesidades del servicio, definiendo los cambios de colocacion que ameriten en coordinacion con la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. d) Definir y ejecutar la politica de capacitacion de los Oficiales de Aduana en coordinacion con la Intendencia Nacional de Recursos Humanos y el Instituto de Administracion Tributaria y Aduanera y/o con las entidades publicas y privadas que correspondan. e) Coordinar con las entidades publicas, privadas y demas dependencias de Aduanas la ejecucion de operativos e intervenciones. f) Sancionar la comision de infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, Ley de los Delitos Aduaneros, Ley del Procedimiento Administrativo General y demas leyes conexas y sus reglamentos, emitiendo las Liquidaciones de Cobranza y documentos que correspondan. g) Resolver las solicitudes de devolucion de mercancias y los recursos de reclamacion, interpuestos contra los actos generados por la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo, y elevar las apelaciones al Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas o al Tribunal Fiscal, segun corresponda. h) Conocer y evaluar los hechos y/o denuncias que constituyan infracciones y delitos de contrabando, receptacion y trafico ilicito de mercancias. i) Administrar, distribuir y supervisar el uso de las MORDAZA de fuego, equipos y bienes destinados a prevenir y reprimir el contrabando, receptacion y el trafico ilicito de mercancias. j) Realizar estudios que conduzcan a la creacion, fusion, traslado y desactivacion de puestos de control fijo o movil a nivel nacional. Articulo 56º.- La Gerencia de Oficiales es un organo directamente dependiente de la Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo, y se encarga de supervisar, administrar y regular las funciones de los Oficiales de Aduanas a fin de optimizar su labor, elaborando para tal efecto la normatividad y los procedimientos que correspondan. El Gerente de Oficiales es el funcionario de mas alto nivel de esta Gerencia y el responsable de la misma. Articulo 57º.- Son funciones de la Gerencia de Oficiales: a) Analizar los costos, beneficios y los efectos disuasivos que resulten de las acciones de represion del contrabando y receptacion, para lo cual consolidara y evaluara la informacion estadistica, informando semestralmente a la Intendencia los resultados de las mismas. b) Determinar y requerir a los organos de la Institucion que correspondan la provision de los recursos y material logistico necesarios para el cumplimiento de las funciones de los Oficiales de Aduana. c) Administrar, distribuir y supervisar el uso de las MORDAZA de fuego, equipos y bienes destinados a la prevencion y represion del contrabando, receptacion y el trafico ilicito de mercancias. d) Racionalizar la distribucion de los Oficiales de Aduana de acuerdo a las necesidades del Servicio, definiendo los cambios de colocacion que ameriten en coordinacion con la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. e) Evaluar el rol de servicio de los Oficiales de Aduana de las Intendencias de Aduana y el "Registro Consolidado de los Oficiales de Aduanas". f) Formular, coordinar y proponer la ejecucion de la politica de capacitacion de los Oficiales de Aduana en coordi-

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