Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

ORGANISMOS AUTONOMOS
JNE Res. Nº 704-2002-JNE.- Incorporan candidatas no proclamadas para que asuman cargo de regidoras del Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal MORDAZA 232209 RR. Nºs. 707 y 708-2002-JNE.- Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman cargos de alcaldes y regidores de los Concejos Distritales de Alto MORDAZA MORDAZA y Alto Biavo 232209 Res. Nº 709-2002-JNE.- Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Paucarpata 232211 Res. Nº 710-2002-JNE.- Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de Quellouno, provincia de La Convencion, continua en ejercicio del cargo 232211

SUNARP Res. Nº 489-2002-SUNARP/SN.- Autorizan realizacion del MORDAZA taller "Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras: Importancia para el desarrollo local", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA 232212 Res. Nº 490-2002-SUNARP/SN.- Declaran ganadores de la "Beca SUNARP" para asistir al "Diplomado en Derecho Registral Inmobiliario y Mercantil" a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA 232213 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Res. Nº 169-2002/SBN-GO-JAR.- Disponen inscripcion en primera de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el distrito de Punta Negra, provincia de MORDAZA 232213

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV Res. Nº 080-2002-EF/94.11.- Disponen inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores Interfondo Plus FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores 232212

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA D.A. Nº 133.- Aprueban Manual de MORDAZA del Sistema de Gestion Municipal 232214

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban Reglamento de la Ley de Prevencion de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnologia
DECRETO SUPREMO Nº 108-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la biotecnologia moderna ofrece beneficios y riesgos potenciales para la salud humana, el ambiente y la diversidad biologica; Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 26181, en concordancia con el Titulo III, Capitulo II de la Constitucion Politica del Peru, relativo al Ambiente y los Recursos Naturales, se aprobo el Convenio sobre Diversidad Biologica adoptado en Rio de Janeiro, el mismo que regula lo relativo a la seguridad de la biotecnologia, en sus Articulos 8º literal g) y 19º numerales 3) y 4); Que, debido a la preocupacion a nivel mundial, por controlar y legislar sobre el uso, manipulacion y demas actividades que se realizan con organismos vivos modificados OVM, el Peru, entre muchos otros paises, suscriben el Acta de Aprobacion del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnologia del Convenio sobre la Diversidad Biologica, con ocasion de la MORDAZA Conferencia de las Partes, que se llevo a cabo en la MORDAZA de Nairobi, MORDAZA, en MORDAZA de 2001; Que, por Ley Nº 27104, Ley de Prevencion de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnologia, el Peru MORDAZA sobre la seguridad de la biotecnologia, con la finalidad de proteger la salud humana, el ambiente y la diversidad biologica; promover la seguridad en la investigacion y desarrollo de la biotecnologia, en sus aplicaciones para la produccion y prestacion de servicios; regular, administrar y controlar los riesgos derivados del uso confinado y la liberacion intencional de los OVM; asi como regular el intercambio y la comercializacion, dentro del MORDAZA y con el resto del MORDAZA de OVM, facilitando la transferencia tecnologica

internacional en concordancia con los acuerdos internacionales suscritos y que suscriba el pais; Que, en cumplimiento de la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27104, el Consejo Nacional del Ambiente a traves de Resolucion Presidencial Nº 048-99-CONAMPCD, establecio un Grupo Tecnico de Bioseguridad, encargado de, entre otros temas, elaborar el Reglamento de la Ley; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en el numeral 2 del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 27104, Ley de Prevencion de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnologia, el mismo que consta de seis Titulos, catorce Capitulos, 56 Articulos, una Disposicion Complementaria y una Disposicion Transitoria. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, Salud y de la Produccion, y entrara en vigencia a los noventa (90) dias despues de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, plazo dentro del cual los Organos Sectoriales Competentes deberan emitir sus respectivos Reglamentos Internos. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 682-94-AG y demas normas legales que se opongan al presente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros INDICE
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Capitulo I : Ambito, abreviaturas y definiciones Articulos 1º al 3º

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