Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
COFOPRI Res. Nº 103-2003-COFOPRI/GG.- Aprueban formato del instrumento de Inscripcion y/o Rectificacion de Titulo Registrado, utilizado dentro del MORDAZA de formalizacion de la propiedad en posesiones informales 257242 CONSUCODE Acuerdos Nºs. 306 y 307/2003.TC-S1.- Suspenden inicio de procedimientos administrativos sancionadores a la Empresa Comercializadora y Distribuidora Nathaly S.R.L. y a la Empresa Mix Milk E.I.R.L. 257244 Res. Nº 1044/2003.TC-S1.- Sancionan a MASTER TOOLS S.A.C. con suspension en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado 257245 SUNARP Res. Nº 571-2003-SUNARP/SN.- Designan representantes de la SUNARP ante las Comisiones Regionales de Saneamiento de Bienes a que se refiere la Directiva Nº 07-CND-P-2003 2571246 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD Res. Nº 085-2003-SEPS/S.- Aclaran disposicion para la renovacion de Contratos de Prestacion de Servicios de Seguridad Social en Salud para Afiliados Regulares 257247

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 011-2003-CR/GRM.- Aprueban Reglamento sobre Rendicion de Cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales 257247 Ordenanza Nº 012-2003-CR/GRM.- Aprueban Reglamento para las Asambleas Populares de Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Regional 257248

GOBIERNOS LOCALES

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO R.A. Nº 130-2003-MPY/A.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2003 257248 R.A. Nº 151-2003-MPY/A.- Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva sobre implementacion del sistema de informatica e internet de la municipalidad 257249

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Autorizan importacion de huevos fertiles, reproductores, abuelas, bisabuelas o de pedigree destinados a la produccion de carne y huevo procedente de los EE.UU.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCION GENERAL DE SANIDAD ANIMAL RESOLUCION DIRECTORAL Nº 50-2003-AG-SENASA-DGSA MORDAZA, 11 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe Tecnico Nº 135-2003-AG-SENASA-DGSADDZ del 5 de diciembre del 2003, el cual hace referencia al nivel de riesgo aceptable para la importacion de huevos fertiles, pollos y pollitas reproductoras, abuelas y bisabuelas o de pedigree destinadas a la produccion de carne y huevo procedente de algunos zonas de los Estados Unidos de Norteamerica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Organica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado entre otros Organismos Publicos Descentralizados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, la Ley Nº 27322 - Ley MORDAZA de Sanidad Agraria en su Articulo 6º expresa que es funcion del SENASA, entre otras, el de mantener y fortalecer el sistema de cuarentena con la finalidad de realizar el control e ins-

peccion fito y zoosanitaria, segun sea el caso, del flujo nacional e internacional de plantas, productos vegetales, animales y productos de origen animal, capaces de introducir o diseminar plagas o enfermedades; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, la Decision 515 de la Comision de la Comunidad MORDAZA publicado el 14 de marzo de 2002, establece que en las operaciones comerciales de plantas, productos vegetales, articulos reglamentados, animales y sus productos dentro de la Subregion MORDAZA y con terceros paises, las medidas sanitarias y fitosanitarias que apliquen los Paises Miembros, deben ser consistentes con la normativa de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC), la Convencion Internacional de Proteccion Fitosanitaria (CIPF), la Oficina Internacional de Epizootias (OIE) y la Comision del Codex Alimentarius; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 068-2003-AG-SENASA, del 29 de marzo de 2003, se suspendio por un periodo de ciento ochenta dias la importacion de aves MORDAZA, huevos fertiles, huevos para consumo, carne de ave, otros productos y subproductos aviares procedentes de Estados Unidos capaces de transmitir o vehiculizar los virus de influenza aviar y Newcastle; Que, en el Articulo 4º de la mencionada Resolucion Jefatural, establece que se mantendra la medida mencionada en el Articulo 1º hasta que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, reciba informacion suficiente sobre la situacion presentada en la actualidad y se verifiquen las condiciones epidemiologicas y los procedimientos sanitarios implementados por el Servicio Veterinario Oficial de Estados Unidos; Que, habiendo vencido el periodo de suspension de importacion previsto en la Resolucion Jefatural Nº 0682003-AG-SENASA, se procedio a efectuar un Analisis de Riesgo para evitar la introduccion de los virus de influenza aviar y Newcastle a traves de la importacion de huevos fertiles, reproductores, abuelas, bisabuelas o de pedigree destinados a la produccion de carne y huevo; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 135-2003-AG-SENASA-DGSA-DDZ del 5 de diciembre del 2003, se recomienda autorizar el ingreso de huevos fertiles, reproductores, abue-

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