Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003

cuentra incluido en el Informe Final del citado Estudio, no se incluye al referido profesional, por lo que se acordo no otorgar puntaje alguno; Que, de conformidad con la absolucion de consultas, la sustentacion de los trabajos profesionales propuestos deben estar respaldados adjuntando copias simples de certificados constancias o contratos correspondiendo al Comite Especial efectuar las verificaciones correspondientes; Que, en tal sentido, habiendo verificado el Comite Especial que el referido profesional no ha participado en dicho Estudio, no corresponde otorgarle puntaje alguno; Que, asimismo, solicitan se le otorgue el MORDAZA puntaje en el rubro Plan y Programa de Trabajo, en el cual se le ha otorgado el puntaje de 3 puntos, en el rubro Recursos que se compromete a utilizar en el cual se le ha otorgado 2 puntos y en el rubro Conocimientos e Investigaciones en la MORDAZA del Estudio, en el cual se le ha otorgado 1 punto; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 28.3.1 de las Bases, referido al Plan y Programa de trabajo por desarrollar, cuya calificacion MORDAZA es de 5 puntos, se calificara la forma y estrategia para desarrollar el trabajo y lograr los objetivos y asimismo, la programacion en el tiempo estipulado tanto de actividades como del personal y otros recursos a emplear otorgandose 5 puntos si es satisfactorio, 3 puntos si es regular y 0 puntos si es insatisfactorio; Que, de conformidad con el literal d) sobre Recursos que se compromete a emplear, cuya puntuacion MORDAZA es de 4 puntos, se asignaran los maximos puntajes que se indican de acuerdo a los equipos, instrumentos, software que el postor se obliga a emplear en el Proyecto y en funcion a su tecnologia, precision y concordancia con el servicio que se preste, siendo satisfactorio se le asignara el puntaje de 4 puntos, si es regular 2 puntos y 0 puntos si es insatisfactorio; Que, el numeral e) sobre Conocimiento e Investigaciones en la MORDAZA del Estudio senala que se calificara el resultado de las investigaciones que realice el postor en la MORDAZA donde se ejecutara el proyecto y que estas no solo deben circunscribirse al proyecto mismo sino deberan comprender las repercusiones de las regiones y poblados involucrados y el puntaje se asignara con 3 puntos si es satisfactorio, 1 punto si es regular y 0 puntos si es insatisfactorio; Que, segun se advierte del Informe del Comite Especial, los recursos que se compromete a utilizar el postor son considerados por el Comite Especial insuficientes para la MORDAZA de mediciones que se realizan fuera del alcance de las localidades en zonas donde no hay apoyo logistico y asimismo, se senala que no incluye equipo de MORDAZA el cual es importante y necesario teniendo en cuenta las brigadas que permanecen en el MORDAZA y respecto a los conocimientos e investigaciones en la MORDAZA del estudio, senala el Comite Especial que el postor no ha investigado la informacion disponible en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en otros sectores respecto a dos temas de importancia que definirian las condiciones de navegabilidad actual: El trafico de embarcaciones actuales y las empresas transportistas fluviales y que no menciona las estadisticas de movimiento de mercancias por el rio Huallaga; Que, senala el Comite Especial que la propuesta del postor Hidraulica & Oceanografia Ingenieros Consultores S.A. - ECSA Ingenieros tiene planteamientos de alternativas para mejorar la navegabilidad asi como identifica los problemas que requieren darse solucion para incrementar los traficos fluviales; asi como propone una metodologia de trabajo coherente con los objetivos del estudio, incluso propone la implementacion del sistema GIS para el rio Huallaga asi como la confeccion de cartas electronicas como innovacion tecnologica, lo cual es de gran utilidad para los propositos del Estudio; Que, asimismo senala el Comite Especial respecto a los tiempos de participacion de los especialistas y el tiempo de elaboracion del estudio, segun el cronograma de trabajo del postor Hidraulica & Oceanografia Ingenieros Consultores S.A. - ECSA Ingenieros se aprecia que una mayor parte en tiempo de ejecucion del estudio corres-

ponde a trabajos de MORDAZA y mediciones basicas, con lo cual el tiempo de participacion de especialistas se reduce y es coherente con el cronograma de trabajo propuesto y que el tiempo propuesto de ejecucion del proyecto de 150 dias calendario resulta coherente con el cronograma propuesto; Que, como se ha senalado para la impugnacion del postor Hidraulica & Oceanografia Ingenieros Consultores S.A. - ECSA Ingenieros, en aplicacion de los criterios establecidos en las Bases y el numeral 23 del articulo 2º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Comite Especial ha considerado otorgarle en los referidos rubros dicha puntuacion; Que, respecto a la calificacion otorgada al beneficiario de la Buena Pro en el rubro experiencia similar el impugnante senala que no se le ha debido otorgar puntaje a las experiencias que corresponden a subcontratos y que asimismo, respecto a los Estudios de Navegabilidad del rio Urubamba, en el tramo comprendido entre el Campamento Malvinas hasta la confluencia del rio Urumbamba con el rio Atalaya en epoca de vaciante y en epoca de creciente, senala que se trata de un solo proyecto y que no cumple con los 100 Km; Que, sin embargo, en la absolucion de consultas se senalo que se considerarian los trabajos subcontratados siempre que se ajusten a los criterios de evaluacion senalados en las Bases, por lo que carece de sustento lo senalado por el apelante; Que, en relacion a que los estudios observados corresponden a un solo proyecto, cabe indicar que a fojas 159 de la propuesta tecnica obra un certificado en donde se hace referencia a dos estudios, uno que corresponde a la epoca de creciente y otro a la epoca de vaciante. Asimismo, respecto al Estudio de Navegabilidad del rio Camisea, en el tramo comprendido entre el Centro Poblado de Camisea hasta la confluencia del rio Camisea con el rio Cashiriari, epoca de creciente, como se desprende del Informe del Comite Especial no merecio puntaje alguno; segun se ha podido verificar a fojas 154, el referido Estudio comprendio una navegabilidad de aproximadamente 50 Km, cuando de acuerdo a la absolucion de consultas Nº 12 , el tramo del rio de los Estudios de Navegabilidad que se sustenten deben tener minimo 100 Km.; Que, sobre el Especialista en Hidrologia e Hidraulica Fluvial, asi como el Especialista en Navegabilidad, el apelante senala que no corresponde que la empresa Hidraulica & Oceanografia Ingenieros Consultores S.A acredite estas experiencias; que los Estudios de Navegabilidad del rio Urubamba, en el tramo comprendido entre el campamento Las Malvinas hasta la confluencia del rio Urubamba con el rio Tambo (Atalaya) en epoca de creciente y en epoca de vaciante corresponden a un solo proyecto y que el Estudio de Navegabilidad del rio Camisea en el tramo comprendido entre Centro Poblado Camisea hasta la confluencia del rio Camisea con el rio Cashiriari, epoca de creciente, no debe ser considerado; Que, asimismo, respecto al Especialista en Hidrologia e Hidraulica Fluvial senalan que de acuerdo a la absolucion de consultas, en cuanto a la experiencia general, solamente se tiene que considerar la elaboracion de estudios, por lo que las mediciones topograficas y estudios basicos no deben ser considerados para la experiencia general; Que, el literal a)2 del numeral 28.2.2 de las Bases referido a la experiencia en estudios en general del Especialista en Hidrologia e Hidraulica Fluvial senala que se otorgara 0,4 puntos hasta un MORDAZA de 2 puntos; Que, con el Certificado de Trabajo que obra a fojas 200 de la propuesta tecnica se acredita una relacion de trabajos que son calificados como estudios, por lo que acreditandose 5 estudios resulta correcta la puntuacion de 2 puntos otorgada a dicho rubro; Que, asimismo, de acuerdo a la absolucion de consultas, solamente en el caso del Jefe de proyecto se senala que la experiencia como Jefe de Proyecto en estudios en general y similares se sustentara con MORDAZA sim-

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