Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003

- Establecimiento de politicas que aseguren el conocimiento del cliente y del mercado. - Existencia del Manual para la Prevencion del MORDAZA de Activos permanentemente actualizado conforme a las normas pertinentes. - Oportunidad de la comunicacion de transacciones sospechosas a la UIF. - Registro de transacciones conforme a los limites establecidos por la Superintendencia. - Funciones del Oficial de Cumplimiento e independencia con relacion a otras funciones que dicho funcionario realice en la empresa. II. Reglamento de Auditoria Externa 1. Modifiquese el inciso 6) del numeral I del Anexo "Informes Complementarios de las Sociedades de Auditoria Externa", lo siguiente: 6. Evaluacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos implementado por la empresa, bajo la modalidad de un Informe Independiente de Cumplimiento, que debera contener como minimo: a) Controles internos implementados por las empresas para prevenir o detectar el MORDAZA de activos. b) Senales de alerta para la deteccion de transacciones inusuales. c) Registros de operaciones inusuales y criterios aplicados para no considerarlas sospechosas. d) Registro de operaciones sospechosas y procedimientos para su comunicacion a la UIF. e) Clientes excluidos del registro de transacciones y su justificacion. f) Procedimientos para el aseguramiento de la idoneidad del personal de las empresas. g) Conocimiento y capacitacion del personal respecto del sistema de prevencion del MORDAZA de activos. h) Procedimientos de seguridad en el almacenamiento de la informacion fisica y electronica correspondiente al registro de transacciones. i) Programa y procedimientos de trabajo del Oficial de Cumplimiento. j) Plan, procedimientos y papeles de trabajo de auditoria interna. k) Sanciones internas por incumplimientos del Codigo de Conducta, del Manual de Prevencion del MORDAZA de Activos o de las normas vigentes sobre prevencion del MORDAZA de activos. 2. Incorporese como inciso 5) del numeral II e inciso 4) del numeral III del Anexo "Informes Complementarios a cargo de las Sociedades de Auditoria Externa", lo siguiente: 5. Evaluacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos implementado por la empresa, bajo la modalidad de un Informe Independiente de Cumplimiento, que debera contener como minimo: a) Controles internos implementados por la empresa para prevenir o detectar el MORDAZA de activos. b) Senales de alerta para la deteccion de transacciones inusuales. c) Registros de operaciones inusuales y criterios por no haber sido consideradas sospechosas. d) Registro de operaciones sospechosas y procedimientos para su comunicacion a la UIF. e) Clientes excluidos del registro de transacciones y su justificacion. f) Procedimientos para el aseguramiento de la idoneidad del personal de las empresas.

g) Conocimiento y capacitacion del personal respecto del sistema de prevencion del MORDAZA de activos. h) Procedimientos de seguridad en el almacenamiento de la informacion fisica y electronica correspondiente al registro de transacciones. i) Programa y procedimientos de trabajo del Oficial de Cumplimiento. j) Plan, procedimientos y papeles de trabajo de auditoria interna. k) Sanciones internas por incumplimientos del Codigo de Conducta o del manual de Prevencion del MORDAZA de Activos o de las normas vigentes sobre prevencion del MORDAZA de activos. 3. Incorporese como numeral IV del Anexo "Informes Complementarios a cargo de las Sociedades de Auditoria Externa", lo siguiente: IV. OTRAS EMPRESAS NO SENALADAS EN LOS NUMERALES ANTERIORES 1. Evaluacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos implementado por la empresa, bajo la modalidad de un Informe Independiente de Cumplimiento, que debera contener como minimo: a) Controles internos implementados por la empresa para prevenir o detectar el MORDAZA de activos. b) Senales de alerta para la deteccion de transacciones inusuales. c) Registros de operaciones inusuales y criterios por no haber sido consideradas sospechosas. d) Registro de operaciones sospechosas y procedimientos para su comunicacion a la UIF. e) Clientes excluidos del registro de transacciones y su justificacion. f) Procedimientos para el aseguramiento de la idoneidad del personal de las empresas. g) Conocimiento y capacitacion del personal respecto del sistema de prevencion del MORDAZA de activos. h) Procedimientos de seguridad en el almacenamiento de la informacion fisica y electronica correspondiente al registro de transacciones. i) Programa y procedimientos de trabajo del Oficial de Cumplimiento. j) Plan, procedimientos y papeles de trabajo de auditoria interna. k) Sanciones internas por incumplimientos del Codigo de Conducta o del manual de Prevencion del MORDAZA de Activos o de las normas vigentes sobre prevencion del MORDAZA de activos.
ANEXO Nº 6 MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE SANCIONES
Anexo I INFRACCIONES Y SANCIONES APLICABLES AL GRUPO A
Infraccion Sancion

22) No contar con los procedimientos necesarios - Multa no menor de diez (10) UITs para el conocimiento de los clientes, conocini mayor a doscientas (200) UITs. miento del MORDAZA, conocimiento de la ban- - En caso de reincidencia, la multa ca corresponsal de ser el caso, asegurar un se incrementa en cincuenta por alto nivel de integridad de los trabajadores, ciento (50%) de la sancion aplicaregistro de transacciones, exclusion de clienda. tes del registro, deteccion de transacciones - Tratandose de reincidencias suceinusuales y sospechosas, o que dichos prosivas, se sanciona con la prohibicedimientos no se apliquen adecuadamente cion temporal de realizar transaco que no cumplan las normas vigentes sobre ciones. prevencion del MORDAZA de activos o las normas internas de la propia empresa.

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