Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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en MORDAZA con el Presupuesto Institucional aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 001-2003-MPY/A de fecha 9 de enero del ano 2003; Que, en uso de las facultades que le confiere el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y de conformidad al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; De conformidad al Art. 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, para el ejercicio Presupuestal 2003, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Unidad de Abastecimientos ejecute las adquisiciones de la Municipalidad, gestionando en su oportunidad la aprobacion de seleccion conforme a la programacion establecida en el Plan Anual. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual en su integridad sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Administracion en coordinacion con la Unidad de Abastecimientos su publicacion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. GAUNA MORDAZA MORDAZA 23292

Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva sobre implementacion del sistema de informatica e internet de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 151-2003-MPY/A

Yunguyo, 10 de noviembre del ano 2003 VISTOS; la Opinion Legal Nº 053-2003-MPY/AL, mediante el cual se opina que se declare la Nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 01-2003-CEAMPY, de Implementacion del Sistema de Informatica e Internet de la Municipalidad Provincial de Yunguyo; CONSIDERANDO: Que, con Registro Nº 2725 de Secretaria de Alcaldia su fecha diez de noviembre del ano dos mil tres, el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huahuasonco, Asesor Juridico de la Municipalidad Provincial de Yunguyo emite la Opinion Legal Nº 053-MPY/AL de fecha 7 de noviembre del ano 2003; que en su primer punto del analisis de hechos se advierte que el MORDAZA se ha llevado de manera regular, respecto a los plazos determinados; Que, en el MORDAZA punto se senala que ha existido errores materiales en lo que corresponde a la Propuesta Economica de parte de la Empresa Upgrade S.R.L., en el item 02, donde se consigna el precio total de S/. 20,128.50, sin embargo de los calculos realizados, existe una incongruencia al monto, cuando lo correcto es de 20,124.00 nuevos soles, existiendo un monto de S/. 4.50, hecho que constituye un error material; Que, en el Tercero Punto senala, ademas de ello, es de advertir que conforme se tiene al documento de Bases Administrativas se ha convocado en el item 4, por cinco accesorios distintos en numero de 5, al cual la Empresa Upgrade S.R.L. hace su propuesta tambien en la misma cantidad y con sus respectivos precios, pero es el caso que el Comite Especial de Adjudicacion en lo

que respecta a los otros tres que se encuentran consignados en la propuesta economica; asimismo, al momento de efectuar la suma correspondiente, por cada uno de estos accesorios, el Comite de Adjudicaciones solo toma en cuenta el item 4,4 obviando al resto de los items; Que, en el MORDAZA Punto se senala: para celebrar el contrato definitivo, se debe tener presente la Proforma de Contrato adjunto en las Bases Administrativas, lo que implicaria en su ejecucion contradicciones respecto a los montos considerados en los items de la propuesta economica, y de las propias Bases, lo cual es un hecho irregular e ilegal; Que, confor me a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su Art. 30º, solo se consideran como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases; del Articulo 36º del texto legal en mencion, se desprende que el contrato no debe diferir de lo ofertado en la propuesta tecnica ni en la propuesta economica, como es el caso del precio ofertado, sin hacer diferencias dicho texto da la posibilidad de que el precio sea mayor o menor, lo que debe entenderse que el precio debe ser exactamente al ofertado: el Art. 57º al referirse a las causales de nulidad hace referencia a que procede esta cuando se prescinda de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, el Art. 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que los funcionarios y dependencias de la entidad asumen competencia del expediente una vez consentido el otorgamiento de la buena pro; el Art. 26º del mismo cuerpo de legal prescribe que el Titular del Pliego podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion; Que, el Art. 59º del texto del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su MORDAZA parrafo es MORDAZA al senalar que es obligatoria la MORDAZA de todos los documentos requeridos y el Comite Especial comprobara que los documentos presentados por cada postor MORDAZA los solicitados por las bases, la Ley y el Reglamento. De no ser asi, el Comite Especial los devolvera al postor, teniendolos por no presentados: El inciso d) del citado Art. indica que en las propuestas economicas no cabe subsanacion alguna respecto a errores u omisiones; Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en uso de las atribuciones establecidas en el Art. 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, en concordancia con la Ley Nº 26850 y D.S. Nº 013-2001-PCM, y el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, y estando a la opinion legal de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Yunguyo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 01-2003-CEA-MPY, de Implementacion del Sistema de Informatica e Internet de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, en base a la parte considerativa expuesto en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar a los servidores Municipales comprendidos en la seleccion de Adjudicacion Directa Nº 01-2003-CEA-MPY, con MORDAZA de la presente norma. Articulo Tercero.- Dar cuenta a Gerencia Municipal Subgerencia de Administracion, Planificacion y Presupuesto, Control Interno y Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Yunguyo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. GAUNA MORDAZA MORDAZA 23293

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