Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003

Que, es necesario aprobar mediante Ordenanza Regional el Reglamento sobre rendicion de cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales, que tiene por objeto normar la participacion de la sociedad civil, en cumplimiento con lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrado por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; En Sesion Extraordinaria de fecha 2 de diciembre del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha visto por conveniente reglamentar la rendicion de cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento sobre Rendicion de Cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales; que consta de tres (3) Titulos y treinta y un (31) Articulos, incluido una (1) Disposicion Final y dos (2) Disposiciones Transitorias, cuyo documento anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:

niendo en consideracion lo previsto por el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrada por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; En Sesion Extraordinaria de fecha 2 de diciembre del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha visto por conveniente reglamentar las Asambleas Populares de Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento para las Asambleas Populares de Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Regional; que consta de tres (3) Titulos y treinta y cinco (35) Articulos, incluidos dos (2) Disposiciones Finales y una (1) Disposicion Transitoria, cuyo documento anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 23234

Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 23233

GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS

Aprueban Reglamento para las Asambleas Populares de Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2003-CR/GRM

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 130-2003-MPY/A

2-12-2003 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680-, Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783-, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria -Ley Nº 27902-, y demas normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, resulta imprescindible aprobar mediante Ordenanza Regional el Reglamento que MORDAZA las Asambleas Populares de Organizaciones Sociales convocadas por el Gobierno Regional, con el objeto de normar la participacion de la sociedad civil, cuando sea necesario contar con su opinion expresada mediante acuerdos sobre determinado MORDAZA o materia; te-

Yunguyo, 2 de octubre del ano 2003 VISTOS; Vistos el Exp. Adm. Nº 2042 que contiene el Informe Nº 049-AA-2003/MPY, suscrito por el Jefe de la Unidad de Abastecimientos de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, mediante el cual se hace alcance del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el Articulo 7º del Reglamento, aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM y la resolucion de CONSUCODE/ PRE, de fecha 7 de diciembre del 2001, aprobando la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual; establecen que cada Entidad debe de elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, consolidando la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se llevaran a cabo en el ano fiscal correspondiente; Que, la Oficina de Abastecimientos encargada de planificar los procesos de seleccion, elabora el Plan Anual

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