Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003 ANEXO Nº 4

NORMAS LEGALES

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CONTENIDO BASICO DEL MANUAL PARA LA PREVENCION DEL MORDAZA DE ACTIVOS

El Manual de las empresas debe contener, por lo menos, la siguiente informacion: 1. Politicas Los lineamientos generales establecidos en el Codigo de Conducta de las empresas con el objetivo de prevenir el MORDAZA de activos en la empresa, el mismo que debe ser suscrito por sus empleados, funcionarios, accionistas, directores y cualquier representante autorizado, para su conocimiento y debido cumplimiento. 2. Mecanismos de prevencion con relacion al cliente y los trabajadores de la empresa 2.1 Criterios para establecer el conocimiento del cliente, del MORDAZA y de la banca corresponsal, conforme a las presentes normas. 2.2 Descripcion de la metodologia de obtencion, verificacion y actualizacion de informacion de los clientes, indicando los niveles o cargos responsables de su ejecucion. 2.3 Sistema para evaluar los antecedentes personales, laborales y patrimoniales del personal. 2.4 Senales de alerta para determinar conductas inusuales por parte del personal. 2.5 Senales de alerta para la deteccion de transacciones inusuales. 2.6 Controles internos implementados por la empresa para prevenir o detectar transacciones sospechosas de MORDAZA de activos, asi como las areas de mayor riesgo en la empresa, conforme a las presentes normas. 2.7 Programas de capacitacion y los mecanismos implementados para promover una capacitacion continua del personal en las ultimas tecnicas de MORDAZA de activos y prevencion del mismo. 2.8 Sanciones internas por incumplimientos del Codigo de Conducta, el Manual, el sistema de prevencion en su conjunto o las disposiciones legales vigentes. 3. Procedimientos de registro y comunicacion de transacciones 3.1 Procedimientos de registro y conservacion de la informacion y documentacion requerida, conforme a la regulacion vigente. 3.2 Elementos que determinan el buen criterio de la empresa. 3.3 Formularios para el registro de transacciones y reporte de transacciones sospechosas. 3.4 Procedimientos internos de consulta y comunicacion de transacciones inusuales y/o sospechosas. 3.5 Procedimientos para el reporte de transacciones sospechosas a la UIF. 3.6 Procedimientos para atender los requerimientos de informacion o de informacion adicional solicitada por las autoridades competentes. 4. Revision del sistema de prevencion 4.1 Identidad, jerarquia y responsabilidades del Oficial de Cumplimiento y del personal a su cargo. 4.2 MORDAZA de comunicacion entre la oficina principal, sucursales y agencias con las diferentes instancias al interior de la empresa para los fines del sistema de prevencion. 4.3 Mecanismos de consulta entre el Oficial de Cumplimiento y todas las dependencias de la empresa, incluyendo sucursales y agencias. 5. Legislacion sobre prevencion del MORDAZA de activos 5.1 Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Peru, y sus modificatorias.

5.2 Reglamento de la Ley Nº 27693, Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, y sus modificatorias. 5.3 Ley Nº 27765, Ley Penal Contra el MORDAZA de Activos. 5.4 Otras normas sobre la materia.

ANEXO Nº 5 MODIFICACIONES A LOS REGLAMENTOS DE AUDITORIA INTERNA Y EXTERNA

I. Reglamento de Auditoria Interna 1. Modifiquese el literal i) del numeral I del Anexo "Actividades Programadas", en los terminos siguientes: i) Evaluacion del diseno y aplicacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos, poniendo especial enfasis en: - Criterios establecidos para asegurar el adecuado conocimiento de los clientes, conocimiento del MORDAZA y conocimiento de la banca corresponsal, cuando corresponda. - Existencia del Manual para la Prevencion del MORDAZA de Activos permanentemente actualizado, que contenga la informacion requerida en el Reglamento correspondiente. - Existencia de programas de capacitacion periodicos que abarquen a todos los niveles de la empresa. - Cumplimiento de la normativa sobre prevencion del MORDAZA de activos. - Oportunidad de la comunicacion de transacciones sospechosas a la UIF. - Registro de transacciones conforme a los limites establecidos por la Superintendencia. - En el caso de empresas de operaciones multiples que no MORDAZA empresas bancarias, necesidad de contar o no con un Oficial de Cumplimiento a dedicacion exclusiva, considerando la complejidad y volumen de transacciones, segun corresponda. 2. Sustituyase el literal o) del numeral II del Anexo "Actividades Programadas", por lo siguiente, e incorporese el literal p): o) Evaluacion del diseno y aplicacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos, poniendo especial enfasis en: - Criterios establecidos para asegurar el adecuado conocimiento de los clientes y conocimiento del mercado. - Existencia del Manual para la Prevencion del MORDAZA de Activos permanentemente actualizado, que contenga la informacion requerida en el Reglamento correspondiente. - Existencia de programas de capacitacion periodicos que abarquen a todos los niveles de la empresa. - Cumplimiento de la normativa sobre prevencion MORDAZA de activos. - Oportunidad de la comunicacion de transacciones sospechosas a la UIF. - Registro de transacciones conforme a los limites establecidos por la Superintendencia. - Necesidad de contar o no con un Oficial de Cumplimiento a dedicacion exclusiva, considerando la complejidad y volumen de transacciones, cuando corresponda. p) Los demas examenes e informes que las empresas deben realizar periodicamente conforme las disposiciones vigentes de esta Superintendencia 3. Incorporese como literal d) a los numerales III y IV del Anexo "Actividades Programadas", lo siguiente: d) Evaluacion del diseno y aplicacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos, poniendo especial enfasis en:

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