Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2003 (15/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2003
Infraccion

NORMAS LEGALES
Sancion

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23) No comunicar las transacciones sospechosas - Multa no menor de diez (10) UITs a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ni mayor a doscientas (200) UITs. conforme a las normas vigentes sobre pre- - En caso de reincidencia, la multa vencion del MORDAZA de activos, lo que comse incrementa en cincuenta por prende presentar informacion y/o documenciento (50%) de la sancion aplicatacion incompleta a la UIF o comunicaciones da. realizadas fuera del plazo legal. - Tratandose de reincidencias sucesivas, se sanciona con la prohibicion temporal de realizar transacciones. 24) No tener Codigo de Conducta y/o Manual para la Prevencion del MORDAZA de Activos, o que los mismos no se apliquen adecuadamente o no cumplan las normas vigentes sobre prevencion del MORDAZA de activos. - Multa no menor de diez (10) UITs ni mayor a doscientas (200) UITs. - En caso de reincidencia, la multa se incrementa en cincuenta por ciento (50%) de la sancion aplicada. - Tratandose de reincidencias sucesivas, se sanciona con la prohibicion temporal de realizar transacciones. - Multa no menor de diez (10) UITs, ni mayor a doscientas (200) UITs. - En caso de reincidencia, la multa se incrementa en cincuenta por ciento (50%) de la sancion aplicada. - ratandose de reincidencias sucesivas, se sanciona con la prohibicion temporal de realizar transacciones. - Multa no menor de diez (10) UITs, ni mayor a doscientas (200) UITs. - En caso de reincidencia, la multa se incrementa en cincuenta por ciento (50%) de la sancion aplicada.

25) No haber realizado durante el ultimo ano programas de capacitacion para el personal de la empresa o que los programas de capacitacion no se realicen conforme a las normas sobre prevencion del MORDAZA de activos o a las normas internas de la propia empresa.

26) No permitir o no brindar las facilidades para que el Oficial de Cumplimiento, los auditores internos, las sociedades de auditoria o las empresas clasificadoras de riesgo cumplan las responsabilidades que les corresponden en materia de prevencion del MORDAZA de activos de manera adecuada y oportuna.

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UNIVERSIDADES
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA RESOLUCION RECTORAL Nº 2467-2003-UNAP Iquitos, 1 de diciembre del 2003

cesos contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNAP, los mismos que no se han realizado a la fecha, por carecer de disponibilidad presupuestal, y que forma parte de las exclusiones que se senalan en el Anexo Nº 01. Que, con Oficio Circular Nº 004-2003-EF/76.14, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico - MEF comunica al Pliego el monto de la Transferencia de recursos que corresponde a la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana del FONDO ESPECIAL DE ADMINISTRACION DEL DINERO OBTENIDO ILICITAMENTE EN PERJUICIO DEL ESTADO - FEDADOI, por la suma de UN MILLON SESISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1'696,971.00), los cuales seran destinados a la adquisicion de materiales y equipos de investigacion y ensenanza., y MORDAZA incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNAP los cuales estan contenidos en , el Anexo Nº 02 de la presente resolucion. Que, el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, prescribe que las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adquisiciones Directa no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativas de las entidades, segun corresponda, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de diez (10) dias habiles siguientes a dicha publicacion. A su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que, el Articulo 11º del mismo reglamento establece que MORDAZA de convocar a procesos de seleccion, la Entidad debera contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; pueden efectuarse adquisiciones o contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por mas de un ejercicio presupuestario, en cuyo caso deberan adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones; Que, con Oficio Nº 408-UA-OGA-UNAP-2003, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento, emite opinion favorable y adjunta una relacion de adquisiciones remitida por la Comision Especial designada mediante Resolucion Rectoral Nº 24-2003-CU-UNAP, requiriendo su inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNAP del Ano 2003; Que, por las consideraciones expuestas, es procedente atender lo solicitado por el Vicerrector Administrativo (e); y, En uso de las atribuciones expuestas que le confieren la Ley Nº 23733 y el EGUNAP; SE RESUELVE:

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA VISTOS: El Oficio Nº 676-2003-VRAD-UNAP del 18 de noviembre del 2003, suscrito por el Ingº MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIBEIRO, Vicerrector Administrativo (e), solicitando la inclusion y exclusion en el Plan Anual de Adquisiciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 156-2003UNAP se resuelve aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana (UNAP) Ano 2003; Que, el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que este plan debe prever los bienes, servicios y obras que se necesitan durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido sera aprobado por el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, con Informe de vistos el jefe de la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento de la UNAP, da a conocer los pro-

Articulo Primero.- APROBAR la inclusion y exclusion de los procesos de seleccion que detallan en el Anexo Nº 01 y Anexo Nº 02, que forma parte integrante de la presente Resolucion, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNAP, correspondiente al ano fiscal 2003. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina General de Administracion remita la presente Resolucion al CONSUCODE y PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion para los fines que la ley establece. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Ar ticulo Cuarto.- AUTORIZAR al Vicerrector Administrativo(e) la designacion de comites especiales que MORDAZA necesarios, para conducir los procesos de seleccion de las adjudicaciones incluidas en la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

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