Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. La documentacion a que se hace referencia en el parrafo anterior, debera ser suscrita por el Titular de la Entidad, el Jefe de la Oficina de Presupuesto y el Contador General, o quienes MORDAZA sus veces en la Entidad. Articulo 5º.- Aprobacion de Lineamientos y Procedimientos Mediante Resolucion Directoral la Direccion Nacional del Presupuesto Publico aprueba los lineamientos tecnicos y procedimientos que regulan el MORDAZA presupuestario, las disposiciones de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad, y de los Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2005. Asimismo, en el MORDAZA de las disposiciones de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad, los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deberan adoptar las acciones necesarias que les permitan ejecutar su Presupuesto Institucional en un MORDAZA de austeridad, racionalidad, eficiencia, eficacia y transparencia. Para ello, dictan directivas internas dentro de los lineamientos y plazos que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico establezca. Articulo 6º.- Aprobacion de Mayor Captacion de Recursos En periodos trimestrales y mediante Decreto Supremo se aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del Ano Fiscal 2005, asi como por la creacion, fusion o formalizacion de nuevos Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para el "Proceso Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2005". Articulo 7º.- Procesos de Seleccion La determinacion de los Procesos de Seleccion para efectuar las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, se sujetan a lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. Articulo 8º.- Politica Salarial En concordancia con la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las escalas remunerativas, los beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones, y el incremento de los montos por dietas de directorio de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Es nula toda disposicion contraria, bajo responsabilidad. Mediante Resolucion, el Ministro de Economia y Finanzas define y aprueba el Tope MORDAZA de Ingreso Anual que regira para el Gerente General o quien haga sus veces en los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales durante el Ano Fiscal 2005. Lo establecido en el presente articulo, es de cumplimiento obligatorio hasta la implementacion de las normas que regulen el Sistema de Remuneraciones del Empleo Publico, conforme lo dispuesto en la Ley MORDAZA del Empleo Publico - Ley Nº 28175 y la Ley que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado - Ley Nº 28212. El deposito del beneficio de la Compensacion por Tiempo de Servicios a cargo de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se sujeta a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-97-TR - Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios y normas modificatorias, de fecha 27 de febrero de 1997.

Articulo 9º.- Convenios de Administracion por Resultados La formulacion y suscripcion de los Convenios de Administracion por Resultados, se efectuaran en concordancia a lo dispuesto en el articulo 63º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, asi como a los lineamientos establecidos en la "Directiva para la Formulacion y Suscripcion de Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2005". El MORDAZA de Productividad a que hace referencia el numeral 63.2 del articulo 63º de la citada Ley General, es otorgado al personal con vinculo laboral y no tiene caracter remunerativo ni pensionable, asimismo no sirve de base de calculo para ningun beneficio, incluyendo la Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS). Articulo 10º.- Operaciones de Endeudamiento Las Operaciones de Endeudamiento a plazos mayores de un ano de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se sujetan a lo establecido en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. Articulo 11º.- Negociacion Colectiva En la negociacion colectiva o laudos arbitrales, los Titulares de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deberan cautelar necesariamente que el efecto del Acuerdo no genere resultados negativos en el saldo operativo, economico y neto del Flujo de MORDAZA proyectado para el Ano Fiscal 2005, asi como no implique la reduccion de los gastos operativos y gastos de inversion en detrimento de los servicios que debe brindar o el incumplimiento de compromisos de ejercicios anteriores. La Oficina de Control Interno, o quien haga sus veces en la Entidad, queda encargada de verificar el cumplimiento de la disposicion contenida en el parrafo precedente. Articulo 12º.- Periodo de Regularizacion El periodo de Regularizacion Presupuestaria para el Ano Fiscal 2005, para los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se encuentra comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2006, en concordancia con lo establecido en el articulo 29º de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 13º.- Responsabilidad El area de presupuesto o la que haga sus veces en los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cumple con la responsabilidad de las acciones de coordinacion, seguimiento y control del MORDAZA presupuestario, asi como de la MORDAZA oportuna de la informacion de caracter presupuestal que requieran la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, la Contraloria General de la Republica y la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Articulo 14º.- Dictamen de Normas El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, queda autorizado a dictar las normas que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion de la presente MORDAZA legal. Articulo 15º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas

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