Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004

El Oficio Nº 2294-2004 (GTN/MOM) del 2 de diciembre del 2004, emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE sobre la convocatoria del MORDAZA de seleccion "Adjudicacion Directa Publica Nº 004-ADP-MPC-2004 de fecha 27 de noviembre del 2004 y la Opinion Legal Nº 196-2004-MPC-AL, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por la facultad conferida en la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 7º, Inc. 4) en su Tercer parrafo del reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus Modificatorias, que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, el Articulo 8º dispuesto por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus Modificatorias, las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas no contenidos en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, deberan ser Aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse a CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Formalizacion para la cancelacion del MORDAZA debera realizarse mediante Resolucion o acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquel que dio inicio al expediente de adquisiciones o contrataciones, debiendose publicar conforme lo disponga el reglamento de referida Ley; De lo expresado se tiene que se ha prescindido de las normas esenciales del procedimiento y de la forma prescrita en los articulos 52º y 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias en concordancia con lo dispuesto en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias procede de oficio declarar su nulidad; Que de conformidad a las facultades otorgadas por el articulo 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y de las Normas Legales MORDAZA acotadas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declara de Oficio LA NULIDAD del MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 004-ADP-MPC-2004, por haber incurrido en las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, tipificado como contravencion a las Normas Legales y la normatividad aplicable. Articulo Segundo.- RETROTRAER el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 004ADP-MPC-2004, a un MORDAZA MORDAZA de seleccion previa la aprobacion de la modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, asi como el Presupuesto Institucional de la Entidad respectiva. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Canchis - MORDAZA 22650

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Dejan sin efecto el Acuerdo Nº 010, que fijo el monto a pagar por concepto de dieta para los regidores a partir de enero de 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-SE-017-20004/CPH Huancabamba, 27 de MORDAZA del 2004 VISTO: En Sesion Extraordinaria Nº 017 de fecha 26 de MORDAZA del 2004 el punto de agenda para dejar sin efecto los alcances de uno de los Acuerdos tomados en la Sesion Extraordinaria del 30 de marzo de 2004, referido al incremento de la Dieta de los senores Regidores; CONSIDERANDO: Que, en la Sesion Extraordinaria del 30 de marzo, se adopto el Acuerdo numero 010, por el cual se acordo fijar en la suma de S/. 950.00 (Novecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), el monto a pagar por concepto de Dieta que percibiran los senores Regidores a partir del mes de enero del 2005, por la Asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, la cual se MORDAZA efectiva hasta un MORDAZA de tres (3) sesiones al mes, acuerdo publicado en el Diario Oficial El Peruano en la fecha del 5 de MORDAZA del 2004; Que, con el Informe Nº 182-2004-MPH-UPP/J, la Jefatura de la Unidad de Planificacion y Presupuesto, comunica que las proyecciones de las Transferencias del FONCOMUN que realizara el Gobierno Central para el ano 2005 para financiar el Gasto Corriente, no se incrementaran significativamente, y que los recursos directamente recaudados de esta Municipalidad Provincial son escasos, razones por las cuales no sera posible cumplir con el incremento de las Dietas de los senores Regidores, sugiriendo que el Acuerdo tomado se deje sin efecto, debiendo determinarlo en Sesion de Concejo; Que, teniendo en cuenta las normas de Austeridad, en la Sesion Extraordinaria del visto, los miembros del Concejo en forma unanime aprobaron que el importe por Dieta, se mantenga igual como lo vienen percibiendo hasta la fecha, vale decir S/. 800.00 Nuevos Soles por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, lo cual se MORDAZA efectivo hasta un MORDAZA de tres sesiones al mes; Estando al MORDAZA unanime de los senores Regidores y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo Nº 010, tomado en la Sesion Extraordinaria de Concejo del 30 de marzo del 2004, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- RATIFICAR que el importe de la Dieta que percibiran los senores Regidores por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, asciende a S/. 800.00 (Ochocientos Nuevos Soles), la misma que se MORDAZA efectiva hasta un MORDAZA de tres sesiones al mes (S/. 800.00 x 3 = S/. 2,400.00) y que continuaran percibiendo durante el periodo de la presente gestion municipal. Articulo Tercero.- Las demas Sesiones de Concejo que se realicen durante el mes, no seran computables para la percepcion de la dieta fijada segun el articulo que antecede. Articulo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en forma obligatoria. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22490

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