Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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OBRA, CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS EDIFICATORIOS Y CERTIFICADO DE FINALIZACION DE OBRA Y ZONIFICACION". Articulo Tercero.- AMPLIAR, hasta 31 de diciembre del 2004 los alcances de la Ordenanza Nº 064-2004-A/ MDC que establecio el "REGIMEN EXCEPCIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO, AUTORIZACION DE INSTALACION DE PUBLICIDAD EXTERIOR Y AUTORIZACION DE USO DE RETIRO MUNICIPAL PARA FINES COMERCIALES EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO". Articulo Cuarto.- AMPLIAR, hasta el 31 de diciembre del 2004 los alcances de la Ordenanza Nº 067-2004A/MDC que establecio el BENEFICIO ESPECIAL PARA DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Y/O PRODUCTO DE PROCESOS DE FISCALIZACION. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a las areas administrativas competentes dar cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusion correspondiente. Por tanto mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22502

Que, es necesario establecer el Regimen Tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, a fin de facilitar su administracion y garantizar una correcta y eficiente distribucion de los cobros entre los contribuyentes, en concordancia con el articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobandose los criterios de determinacion de las tasas o los importes de los arbitrios que resulten aplicables para el ejercicio; Que, es necesario determinar y establecer los montos de pago de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2005, tomando en consideracion los lineamientos establecidos por las Resoluciones Nº 008-CAM-INDECOPI "Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Arbitrios Municipales" y Nº 009-2003-CAM-INDECOPI, "Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA en Materia de Tributacion Municipal", las mismas que deberan seguirse en la aplicacion de los Arbitrios Municipales, asimismo se debe tener en consideracion la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 0918-2002, por recomendacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad al articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, inciso 8) 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 179-CDLO QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Articulo Primero.- APROBAR el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Anual 2005, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER el cumplimiento de la presente a la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su remision a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y difusion correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen Regimen Tributario de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Anual 2005
ORDENANZA Nº 179-CDLO Los MORDAZA, 28 de octubre de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 057-2004-MDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto, el Informe Nº 003-2004/MDLO/CMAM de la Comision Mixta de Arbitrios Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, el Concejo Distrital de Los MORDAZA ejerce su funcion normativa, entre otras disposiciones, a traves de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, en sus articulos 66º, 68º y 69º asigna a las Municipalidades la facultad de crear tasas por la contraprestacion de un servicio publico o administrativo. A su vez, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV - MORDAZA de Legalidad Reserva de Ley, indica que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley;

REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Ambito de Aplicacion En uso de la potestad Tributaria Municipal prevista en la Constitucion Politica del Peru y Leyes complementarias, por la presente Ordenanza se regularan en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo. Articulo 2º.- Rendimiento de los Arbitrios El importe recaudado por concepto de los arbitrios regulados en la presente ordenanza constituye renta de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado unica y exclusivamente a financiar el costo de los servicios. Articulo 3º.- Periodicidad y Determinacion Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y el Arbitrio de Serenazgo son de periodicidad trimestral.

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