Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Precisan alcances de diversas disposiciones de la Ordenanza Nº 096-MVES
DECRETO DE ALCALDIA Nº 021-2004-MVES MORDAZA El MORDAZA, 7 de diciembre del 2004 Visto: El Oficio Nº 004-090-00000534, y el requerimiento Nº 174-078-00000047, de fecha 17.11.2004, remitido por el Servicio de Administracion Tributaria, respecto de las Observaciones al pedido de Ratificacion de Ordenanza, sobre el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Serenazgo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ordenanza Nº 096-MVES, de fecha 20.10.2004, se aprobo para el Ejercicio 2005, el MORDAZA legal, asi como los pagos por concepto del Servicio de Serenazgo para el distrito de MORDAZA El MORDAZA, los que se encuentran enmarcados dentro de la legalidad; Que, la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, senala los mecanismos para los cuales las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales deben de ser ratificadas en cuanto tocan temas de caracter tributario; Que, mediante la documentacion senalada en los vistos el Servicio de Administracion Tributaria, conforme a lo senalado en la Ordenanza Nº 607, formula observaciones referidas a los articulos 7º y la Cuarta Disposicion Final de la citada Ordenanza; Que, de otro lado la Ordenanza Nº 079-MVES, senala la determinacion de la cantidad de Predios y el Uso de los mismos, los que tambien se encuentran detallados en los MORDAZA anexos de la Ordenanza materia de la presente, asi como el indice de Usos para la ubicacion de Actividades Urbanas vigentes; Que, dada la coyuntura al respecto sobre la especificacion que se debe de realizar sobre el citado articulo 7º de la Ordenanza Nº 096-MVES, en cuanto a que los Gobiernos Locales cuentan con autonomia para la determinacion, actuando para ello conforme a lo que se encuentren ajustados a los criterios de determinacion, actuando para ello conforme a lo que se preve en la MORDAZA Disposicion Final, que faculta que se pueda complementar esta figura, en este caso mediante Decreto de Alcaldia; Que, es necesario precisar que los costos de emision mecanizada para el Servicio de Serenazgo sera asumido por la Municipalidad, en tanto se trata de un Servicio que se regula recien a partir del Ejercicio 2005 y con la finalidad de o afectar con dicho costo a los contribuyentes del distrito; Estando a lo informado, contando con la opinion favorable del Programa Especial de Seguridad Ciudadana y de la Oficina de Asesoria Juridica, con cargo a dar cuenta en Sesion de Concejo, y en uso de las facultades conferidas en los Articulos 6º y 20º, Incisos 6 y 14, y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRECISAR el sentido del articulo 7º de la Ordenanza Nº 096-MVES, en cuanto a que la referida independizacion rige a partir del periodo mensual siguiente de presentada la Declaracion Jurada correspondiente, conforme a lo establecido en el articulo 8º de la citada Ordenanza materia del presente Decreto. Similar procedimiento se aplicara para los predios Independientes que MORDAZA materia de unificacion.

Articulo 2º.- PRECISAR que el costo de emision mecanizada para el ejercicio fiscal 2005, establecido en la Cuarta Disposicion Final sera asumido por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, sin que los Administrados se encuentren afectos. Por lo tanto no forma parte de la Estructura de Costos de la Ordenanza Nº 096-MVES. El costo de Emision Mecanizada para los anos siguientes se aprobara mediante Ordenanza Municipal similar. Articulo 3º.- PRECISAR en cuanto al criterio de Determinacion establecido en el Inciso c) del articulo 13º de la Ordenanza Nº 096-MVES, que el valor de la UIT solo se aplicara cuando no sea posible determinar ninguno de los otros criterios establecidos en dicha Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como al Programa Especial de Seguridad Ciudadana esta Municipalidad el cumplimiento de este Decreto, con conocimiento de la Gerencia Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22608

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 029-2004/MDV-CDV Mediante Oficio Nº 1398-2004/MDV-SG, la Municipalidad Distrital de Ventanilla solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 029-2004/MDV-CDV, publicada en nuestra edicion del dia 1 de diciembre de 2004. DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 22569

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS
Declaran nulidad del MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 004-ADP-MPC-2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 463-2004-MPC-2004-A Sicuani, 10 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS

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