Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, como resultado de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que la Obra "Construccion Lagunas de Estabilizacion San Miguel" correspondiente al Proyecto "Tratamiento de Aguas Residuales - Emisor y Lagunas de Estabilizacion San Miguel", se ejecuto en base a un expediente tecnico que omitio considerar el estudio geologico - geotecnico de ingenieria basica, que hubiera permitido garantizar la seguridad requerida respecto a la ubicacion de la obra, generando con dicha omision que la obra se realizara sobre un terreno dinamicamente inestable por los constantes deslizamientos y hundimientos registrados en la MORDAZA de las lagunas, por lo cual se dispuso su reubicacion a otro lugar, desechandose por tanto la obra construida, ocasionando perjuicio economico ascendente a S/. 249 219,17 por concepto de gastos incurridos en dicha obra, que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 22580

nistracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, cuyo objetivo fue determinar la legalidad de las adquisiciones de bienes y servicios, evaluar si los procesos de ejecucion de obras publicas se realizaron en concordancia con la normativa aplicable, determinando el grado de cumplimiento de los objetivos previstos, y si la entidad implemento mecanismos adecuados de control para salvaguardar los bienes de su propiedad; Que, de la revision a la documentacion de la obra "Construccion MORDAZA Pomas", la Comision de Auditoria ha evidenciado la irregular prorroga del plazo de ejecucion en 10 dias calendario, que motivo la inaplicacion de la penalidad por incumplimiento del plazo ofertado, asi como la demora en la recepcion de la obra que genero el reconocimiento de mayores gastos generales; ocasionando un perjuicio economico al CTAR MORDAZA por la suma de S/. 7 401,10, que debe ser resarcido, conforme a lo establecido en el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, asimismo, la Comision de Auditoria ha determinado deficiencias en la ejecucion de la obra "Construccion Reservorio Elevado 250 m3", al haberse prorrogado irregularmente el plazo de ejecucion por 20 dias calendario, habiendo otorgado el Inspector de Obra la conformidad en la compensacion de trabajos adicionales y deductivos sin considerar las condiciones previstas en el contrato y en el expediente tecnico que rigen para una obra bajo el sistema de contratacion a suma alzada, generando un pago indebido al contratista; asi como la irregular recepcion de la obra, que motivaron la inaplicacion de penalidades y reconocimiento de mayores gastos generales; ocasionando un perjuicio economico al CTAR MORDAZA por la suma de S/. 30 117,24, que debe ser resarcido, conforme a lo establecido en el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 22581

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al ex CTAR MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 517-2004-CG MORDAZA, 13 de diciembre de 2004 Visto, el Informe Especial Nº 253-2004-CG/ZC, resultante del Examen Especial efectuado al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, periodo enero - diciembre 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2003 de la Gerencia de Gobiernos Locales, este Ente Tecnico Rector del Sistema Nacional de Control, dispuso una accion de control en el Consejo Transitorio de Admi-

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Utcubamba - Bagua Grande
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 518-2004-CG MORDAZA, 13 de diciembre de 2004

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