Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Precisese que la declaracion de los dias inhabiles contenido en el Decreto Supremo Nº 0792004-PCM, comprendidos del 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005, estan referidos a todos los actos y plazos, esten referidos estos a dias habiles o naturales, consolidados en el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- Disponer que los funcionarios publicos y servidores de esta Entidad, dentro del citado periodo vacacional, podran realizar las actuaciones y actos procedimentales necesarios tendentes a otorgarle celeridad a los procedimientos administrativos a su cargo, cuando la prorroga de los plazos en los procedimientos administrativos, regulada en el Decreto Supremo Nº 0792004-PCM, perjudique derechos de los administrados o se les pudiera causar dano irreparable. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial es de cumplimiento obligatorio para los funcionarios y servidores de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo a nivel nacional, y demas funcionarios en cuanto les fuera aplicable. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 22645

MORDAZA MANACES MORDAZA MORDAZA, no se encuentra prestando el servicio otorgado en concesion; Que, la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, segun los terminos de sus Informes Nºs. 0852003-MTC/17 y 234-2004-MTC/17.01.ssp, senala que MORDAZA MANACES MORDAZA MORDAZA, ha suspendido la prestacion del servicio concedido sin la correspondiente autorizacion del Ministerio, por tanto corresponde declarar la resolucion del contrato de concesion, no siendo necesario solicitar su subsanacion, ya que el concesionario afirma su intencion de no seguir prestando el servicio; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027 -2004-MTC y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502000-MTC/15.03 a favor de MORDAZA MANACES MORDAZA MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el area MORDAZA del distrito de Pueblo MORDAZA, de la provincia de Chepen, del departamento de La MORDAZA, en consecuencia, sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 150-2000MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 22517

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran resuelto contrato de concesion para prestar servicio de distribucion de radiodifusion por cable, aprobado por R.M. Nº 150-2000-MTC/15.03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 874-2004-MTC/03 MORDAZA, 25 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 150-2000MTC/15.03, de fecha 24 de marzo de 2000, se otorgo concesion a favor de MORDAZA MANACES MORDAZA MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el area que comprende la MORDAZA MORDAZA del distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chepen, del departamento de La Libertad; habiendose suscrito el contrato respectivo en su oportunidad; Que, el numeral 6.07, de la Clausula Sexta del contrato de concesion, estipula como obligacion del concesionario la no suspension intencional del servicio concedido; Que, el literal a, del numeral 18.01, de la Clausula Decima Octava del contrato de concesion, establece que el contrato quedara resuelto cuando el concesionario incurra en alguna de las causales de resolucion del Contrato de Concesion previstas en el Reglamento General; Que, el articulo 144º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el contrato de concesion se resuelve entre otros, por la suspension de la prestacion del servicio sin la autorizacion del Ministerio, salvo que esta se produzca por razones de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente acreditados y calificados como tales por el Ministerio; Que, mediante escrito Registro Parte Diario numero 019975, MORDAZA MANACES MORDAZA MORDAZA, comunica a este Ministerio, que ha suspendido definitivamente la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, desde el 01 de enero de 2003; Que, mediante Memorando Nº 1579-2004-MTC/18 la Direccion General de Control y Supervision, informa que

Autorizan a procurador iniciar acciones contra empresa para obtener pago de saldo a favor de PROVIAS DEPARTAMENTAL, derivado de liquidacion final de contrato de obra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 910-2004-MTC/02 MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 VISTOS: La Nota de Elevacion Nº 081-2004-MTC/22, del Director Ejecutivo e Informe Nº 235-2004-MTC/22.05 de la Gerencia de Asuntos Legales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL, mediante los cuales se solicita, se autorice al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del PROVIAS DEPARTAMENTAL para que en representacion del Estado, proceda a la interposicion de las acciones legales que correspondan para obtener el pago del saldo a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL derivado de la Liquidacion Final del Contrato de Obra Nº 395-2001-MTC/15.17, suscrito con la empresa CHINA ELECTRIC POWER TECHNOLOGY IMPORT & EXPORT CORPORATION para la ejecucion de la Obra: Mejoramiento y Rehabilitacion de la Carretera Ollantaytambo - Alfamayo - Kiteni, Tramo I: Ollantaytambo - MORDAZA Malaga; CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de setiembre de 2001, la ex Direccion General de Caminos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones celebro el Contrato Nº 395-2001-MTC/ 15.17 con la empresa CHINA ELECTRIC POWER TECHNOLOGY IMPORT & EXPORT CORPORATION para la ejecucion de la Obra: Mejoramiento y Rehabilitacion de la Carretera Ollantaytambo - Alfamayo - Kiteni, Tramo

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