Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2006 (06/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2006

Tacna; MORDAZA Infantil San MORDAZA de Tacna; la Empresa Ferrocarril Tacna y tres (3) Subregiones. Articulo Segundo.- Deroguese el extremo de la Ordenanza Regional Nº 002-2003-GRTACNA y de la Ordenanza Regional Nº 008-C.R.TACNA, relacionado con la Estructura Organica del Gobierno Regional de Tacna, quedando subsistente el extremo referido al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) en tanto no se apruebe su actualizacion derivada de la implementacion de la estructura aprobada. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a traves de la Subgerencia de Presupuesto, en un plazo de treinta (30) dias, proceda a redistribuir el presupuesto institucional, a fin de crear nuevas MORDAZA Presupuestarias que permitan financiar los gastos administrativos de la Oficina Regional de Administracion de Bienes Inmuebles y la Oficina Regional de Promocion a la Inversion Privada, para garantizar su operatividad. Articulo Cuarto.- Publiquese la presente, en el Diario Oficial El Peruano; y, difundase en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la LOGR. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 08211

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican diversos procedimientos administrativos del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 154 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de MORDAZA de 2006, el Oficio Nº 001-090-00003310 del Servicio de Administracion Tributaria, por el cual remiten el expediente de ratificacion de la de la Ordenanza Nº 077MSI, modificada por las Ordenanzas Nºs. 118-MSI y 143-MSI, por el que se aprueban los derechos (tributos) por los procedimientos administrativos que brinda la Municipalidad Distrital de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, mediante Oficio Nº 014-2005-11-GPP/MSI (17.06.05), complementado mediante Oficios Nºs. 10309-GM/MSI (05.07.06), 020-2005-11-GPP/MSI

(17.08.05), 626-2005-08-SG/MSI (19.08.05) y 010-200611-GPP/MSI (02.02.06), la Municipalidad Distrital de San MORDAZA reingreso su solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 077-MSI; precisada por la Ordenanza Nº 108-MSI y modificada por las Ordenanzas Nºs. 118MSI y 143-MSI, por las que se aprueban los derechos contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Que, es importante precisar que la Ley del Procedimiento Administrativo General, considera a los MORDAZA como documentos recopiladores de procedimientos, requisitos o derechos de las entidades de la Administracion Publica que hayan sido previamente creados por otras normas y, por tanto, no constituyen instrumentos legales idoneos para la creacion de tributos. Siendo ello asi, en sentido estricto no corresponde la ratificacion de los MORDAZA por parte de la Municipalidad Provincial, sino los derechos que dicho documento contiene. Que, en atencion a ello y en cumplimiento a los requerimientos efectuados por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT para que la Ordenanza Nº 077-MSI exprese tambien la aprobacion de los derechos contenidos en el MORDAZA institucional, mediante Ordenanza Nº 108-MSI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de MORDAZA de 2005, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA preciso que mediante Ordenanza Nº 077MSI se cumplio tambien con aprobar las tasas o derechos (tributos) por los procedimientos administrativos que brinda su comuna. Que, asimismo, en relacion a Ordenanzas municipales que modificaron la Ordenanza Nº 077-MSI, cabe mencionar que a traves de las mismas se dispuso la modificacion de algunos derechos, asi como tambien la eliminacion de otros; conforme se senala a continuacion: i) Mediante Ordenanza Nº 118-MSI, la Municipalidad dispuso la eliminacion de los derechos exigidos por concepto de "formatos", "formularios" y similares, acogiendo de ese modo el requerimiento formulado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT, a fin de que retiren los mismos, en tanto su establecimiento se encontraba proscrito por las disposiciones establecidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General; ii) Asimismo, mediante Ordenanza Nº 143-MSI, la Municipalidad dispuso la modificacion de los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Modulo 6: Obras Privadas, Anuncios y Ornato, disponiendo a su vez la eliminacion en este modulo de los derechos por concepto de "formatos", "formularios" y similares. Que, la presente solicitud ha sido tramitada y evaluada segun las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 607, de conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Final de la referida Ordenanza que dispone su aplicacion respecto de las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresados a partir del 1º de MORDAZA de 2004. Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica y el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos de su competencia., siendo que la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que la Ordenanza constituye el instrumento legal idoneo para la creacion de tributos municipales, entre ellos los derechos administrativos. Que, en el presente caso, conforme lo senalado en el articulo unico de la Ordenanza Nº 118-MSI, el cual precisa la Ordenanza Nº 077-MSI, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. En ese sentido, toda vez que la solicitud de ratificacion tiene un contenido tributario corresponde se efectue el pronunciamiento correspondiente, mas aun si la referida Municipalidad aprobo los mencionados tributos a traves del instrumento legal idoneo. Que, las Municipalidades cuentan con facultades legales para establecer derechos por la tramitacion de procedimientos administrativos, cabe anotar que su establecimiento debera formularse de conformidad con el ordenamiento juridico.

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