Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2006 (06/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2006

el espacio radial de la Municipalidad la ubicacion de la publicacion, de dicha relacion. Articulo 4º.- Los contrayentes deberan cumplir con presentar todos los requisitos establecidos en el articulo 248º del Codigo Civil, siendo estos: Partida de nacimiento, Certificado Domiciliario, Certificado Medico, Documento de Identidad, y 2 testigos, ambos con su documento de identidad.

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2006/MDV-CDV Ventanilla, 5 de MORDAZA del 2006 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 055-2006/MDV-CDV; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen a la familia, promueve el matrimonio y los reconoce como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, las municipalidades como parte integrante del Estado tiene el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio, controlando de este modo la legalidad y seguridad juridica de los mismos; Que, el Articulo 234º del Codigo Civil, establece que el matrimonio es la union voluntariamente concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de ley, a fin de hacer MORDAZA en comun. Debiendo declarar dicha voluntad oralmente o por escrito al MORDAZA provincial o distrital del domicilio de cualquiera de los contrayentes; Que, la programacion de este matrimonio Comunitario esta dirigido a la poblacion menos recursos de nuestro distrito, quienes nos han hecho llegar la solicitud de realizacion de esta ceremonia, a fin de que les brinde las mayores facilidades para que las parejas de la MORDAZA puedan formalizar su union de hecho; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 252º de la MORDAZA civil acotada, el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º; Que, en tal sentido y debido a la precariedad de sus economias y en cumplimiento de las facultades conferidas de acuerdo a ley respecto de esta union voluntaria concertada, se dispensa a los contrayentes de la publicacion del edicto matrimonial; Conforme con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar, Articulo 20º numerales 6) y 16) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar la celebracion del 1er. Matrimonio Civil Comunitario en Homenaje por el Dia de la MORDAZA, a realizarse el dia 13 de MORDAZA del presente ano. Articulo 2º.- Disponer, conforme lo autorizado mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2006/CDV-MDV el pago, por todo concepto, de S/. 25.00 (Veinticinco y 00/100 nuevos soles), como unico derecho a ser abonado por los contrayentes. Articulo 3º.- Dispensar la publicacion del Edicto Matrimonial, debiendo anunciarse la relacion de todos los contrayentes que participen del Matrimonio Civil Comunitario, por medio de un aviso que se colocara en la Oficina de Registro Civiles, en la Agencias Municipales y en todos los locales de la municipalidad por un minimo de ocho (8) dias. Debiendo comunicar a la poblacion en

Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Registro Civil su fiel cumplimiento, a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas su difusion. Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 08108

Ordenan demolicion y/o desmontaje de obras de construccion ejecutadas sin autorizacion municipal en los Humedales de Ventanilla
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 014-2006/MDV-GDUO Ventanilla, 7 de MORDAZA de 2006 VISTO: Informe Nº 142-2005/MDV-OAJ, Informe Nº 0392006/MDV-GDUO y la Resolucion de Gerencia Nº 0082006/MDV-GM, sobre obras de construccion ejecutadas en la MORDAZA ecologica de los Humedales de Ventanilla, sin contar con la debida autorizacion municipal. ANTECEDENTES: 1. El Ministerio de Vivienda y Construccion, mediante Resolucion Directoral Nº 155-91-VC-5600-DPT del 10 de diciembre de 1991, adjudico a favor de la Cooperativa de Vivienda "Apurimac de la MORDAZA Satelite de los Licenciados de las Fuerzas Armadas Ltda." la propiedad del terreno ubicado en la margen izquierda de la carretera de desvio a la playa de Ventanilla, para ser destinado exclusivamente a la ejecucion de un programa de vivienda de interes social para sus socios. 2. El Ministerio de la Presidencia, declaro Nula e Insubsistente la resolucion referida en el numeral que antecede mediante Resolucion Ministerial Nº 3777-96PRES del 5 de septiembre de 1996. 3. La Municipalidad Provincial del Callao aprobo el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 ­ 2010, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995, en la cual se deter mino que los "Humedales de Ventanilla" constituyen el Ambiente de Mayor Potencial Biologico del Litoral de la Provincia, por lo que se dispone su proteccion, mantenimiento y mejoramiento al ser considerado como MORDAZA Ecologica. 4. La Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Acuerdo de Concejo Nº 016-98/MDV-AL del 26 de junio de 1998, ratifica lo dispuesto en el "Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao" declarando tal espacio como MORDAZA de reserva natural INTANGIBLE a la MORDAZA Humedales de Ventanilla. 5. El Gobierno Regional del Callao, mediante Ordenanza Nº 005-2004, declaro de Interes Publico la proteccion y conservacion de los Humedales ubicados en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao. 6. La Superintendencia de Bienes Nacionales, mediante la Resolucion Nº 026-2003-SBN-GO-JAR del 3 de marzo del 2003, establecio que el propietario de la parcela H2, ubicada a la MORDAZA denominada Humedales de Ventanilla, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional de Callao, es la Comision de Formalizacion

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