Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2006 (06/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Administracion y Finanzas, Oficina de Asesoria Legal y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º y Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, de los Articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, de acuerdo a lo establecido en los Articulos 1º y 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la A.A.T.E. aprobado por Resolucion Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE del 1.2.88; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa, para la contratacion del Suministro de Energia Electrica conforme a la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por el monto de S/.180,000.00 (Ciento ochenta mil y 00/100 Nuevos Soles). a. MORDAZA de Contrato: Suministro. b. Descripcion del Suministro: Suministro de Energia Electrica para el Tren Electrico. c. Monto Referencial Total: S/.180,000.00. d. Fuente de Financiamiento: Donaciones y transferencias. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 3 meses. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Finanzas. g. Dependencia que da conformidad al servicio: Gerencia de Operaciones. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y que remita MORDAZA de la misma y de los informes que los sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de 10 dias habiles de emitida, asi como su publicacion tambien a traves del SEACE. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la AATE, efectue la contratacion en forma directa mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 148º Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que se inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a que hubiera lugar en los funcionarios o servidores publicos involucrados por el acotado desabastecimiento. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE Presidente Ejecutivo 08213

Nº 006-2006-CPRC/CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanente de Rentas y Comercializacion y Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, CONSIDERANDO: Que, la base legal administrativa y tributaria que sustenta el Proyecto de Ordenanza materia del presente Dictamen se encuentra ampliamente desarrollado en la parte considerativa del mismo, por lo que resultaria ocioso trascribirla; Que, el Gerente de Rentas en su Informe de VISTOS manifiesta que es necesario incentivar a los contribuyentes a regularizar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales, cuya inobservancia implica la comision de infracciones tributarias plausibles de una sancion tributaria, con la finalidad de sentar las bases de un MORDAZA y eficiente sistema de recaudacion tributaria municipal, por lo que seria conveniente emitir una Ordenanza que establezca un regimen de gradualidad de las sanciones tributarias; Que, con el Informe de VISTOS, el Gerente de Asesoria Juridica manifiesta que la solicitud efectuada por el Gerente de Rentas, se encuentra arreglada con la normatividad vigente, resultando procedente su aprobacion; Que, los Regidores Miembros de las Comisiones Permanentes de Rentas y Comercializacion, y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, luego de analizar el Proyecto que nos aboca, coincidimos en la necesidad de establecer un regimen de gradualidad que promueva la regularizacion oportuna y voluntaria, permitiendo la ampliacion de la Base Tributaria; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8. del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo, en la forma reglamentaria, por Mayoria y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN REGIMEN DE MULTAS TRIBUTARIAS Articulo Primero.- Materia y Definicion de Infraccion Tributaria La presente Ordenanza regula el Regimen de Imposicion y gradualidad de Multas Tributarias, aplicable a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que hubiesen incurrido en la infraccion contemplada en el Codigo Tributario y en la presente Ordenanza. Es infraccion tributaria, toda accion u omision que importe la violacion de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, en otras leyes, Decretos Legislativos u Ordenanza. Articulo Segundo.- Determinacion de la Infraccion, tipos de Sanciones y Agentes Fiscalizadores La infraccion sera determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias (Multas Tributarias). En el control del cumplimiento de obligaciones tributarias la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, presumira la veracidad de los actos comprobados por los agentes fiscalizadores, MORDAZA estos Municipales o terceros que presten servicios a la Municipalidad bajo cualquier modalidad. Articulo Tercero.- Facultad Sancionadora La Administracion Tributaria Municipal tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias. En virtud de la precitada facultad discrecional, la Administracion Tributaria tambien puede aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Intransmisibilidad de las Sanciones Tributarias e Irretroactividad de las Normas Sancionadoras Por su naturaleza personal, no son transmisibles a los herederos y legatarios las sanciones por infracciones tributarias.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen Tributarias Regimen de Multas

ORDENANZA Nº 076-06-MDLV La MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA; Visto en la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 29 de MORDAZA del 2006, el Informe Nº 039-06-GR/ MDLV del 21 ABR 2006 suscrito por el Gerente de Rentas en el que solicita se establezca un MORDAZA Regimen de Gradualidad de Sanciones Tributarias; el Informe Nº 264GAJ/MDLV de fecha 26 ABR 2006 formulado por el Gerente de Asesoria Juridica; y el Dictamen Conjunto

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