Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

Que, el articulo 19º de la citada Ley y sus modificatorias, establece que por Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, de Comercio Exterior y Turismo y de la Produccion, previa opinion del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA, se establecera la relacion de bienes susceptibles de ser comercializados en la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, en aplicacion de dichas disposiciones, se dicto el Decreto Supremo Nº 124-2003-EF, por el cual se aprobo la lista de subpartidas nacionales de las mercancias que, a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA, pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, ante la solicitud de ampliacion de subpartidas en la lista de subpartidas de la ZOFRATACNA, el Ministerio de la Produccion ha realizado el analisis de sensibilidades de mercancias en el sector correspondiente y ha emitido su aprobacion para la ampliacion de subpartidas nacionales en un numero de 73 productos que se podran comercializar en la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de la Produccion y el Ministerio de Economia y Finanzas, han participado en el grupo de trabajo conjunto con los representantes de la Asociacion de la Junta de Usuarios (AJU-ZOTAC) y del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA, para la definicion de la ampliacion de la lista de subpartidas de ZOFRATACNA; En aplicacion del inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 19º de la Ley Nº 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de la lista de mercancias que ingresan a la MORDAZA Comercial de Tacna. Ampliase la lista de subpartidas nacionales de las mercancias que, a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA, pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna, contenidas en el Anexo del Decreto Supremo Nº 124-2003-EF, adicionando las subpartidas contenidas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion

ANEXO
Nº SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 1 1905 31 00 00 Galletas dulces (con adicion de edulcorante) 2 1905 32 00 00 Barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres») 3 2208 20 22 00 Singani 4 3215 11 00 00 Solo: Cartuchos de tinta negra para impresora 5 3215 19 00 00 Solo: Cartuchos de tinta para impresora, excepto de tinta negra. 6 3215 90 90 00 Demas tintas de escribir o dibujar y demas tintas, incluso concentradas o solidas. 7 3824 90 96 00 Correctores liquidos acondicionados en envases para la venta al por menor 8 4011 10 10 00 Neumaticos radiales de los tipos utilizados en automoviles de turismo (incluidos los familiares MORDAZA -"break" o "station wagon"- y los de carrera) 9 4016 91 00 00 Revestimientos para el suelo y alfombras de caucho vulcanizado sin endurecer

Nº SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 10 4203 30 00 00 Cintos, cinturones y bandoleras, de cuero natural o cuero regenerado 11 4420 10 00 00 Estatuillas y demas objetos de adorno, de MORDAZA 12 4901 91 00 00 Diccionarios y enciclopedias, incluso en fasciculos, excepto en hojas sueltas, incluso plegadas. 13 6704 11 00 00 Pelucas que cubran toda la MORDAZA, de materias textiles sinteticas 14 7117 11 00 00 Gemelos y pasadores similares, de metales comunes, incluso plateados, dorados o platinados 15 7117 19 00 00 Bisuteria de metal comun, excepto los gemelos y pasadores similares, incluso plateados, dorados o platinados 16 7321 19 10 00 Aparatos de coccion y calientaplatos, de uso domestico, de combustibles solidos, de fundicion, hierro o MORDAZA 17 7324 21 00 00 Baneras, de fundicion, incluso esmaltado 18 7324 29 00 00 Baneras, de hierro o MORDAZA 19 8211 92 00 00 Demas cuchillos de hoja fija, excepto de mesa 20 8212 10 20 00 Maquinas de afeitar 21 8214 20 00 00 Herramientas y conjuntos o surtidos de herramientas de manicura o de pedicuro (incluidas las limas para unas) 22 8214 90 10 00 Maquinas de cortar el pelo o de esquilar 23 8302 50 00 00 Alzapanos, perchas, soportes y articulos similares, de metales comunes 24 8414 20 00 00 Bombas de aire, de mano o de pedal 25 8421 21 10 00 Aparatos para filtrar o depurar agua, domesticos 26 8422 11 00 00 Lavavajillas para uso domestico 27 8423 81 00 10 Aparatos e instrumentos para pesar, con capacidad inferior o igual a 30 kg, de funciones multiples o usos especiales 28 8471 60 20 00 Teclados, dispositivos por coordenadas X-Y 29 8473 30 00 00 Partes y accesorios de maquinas de la partida 84.71 30 8473 50 00 00 Partes y accesorios que puedan utilizarse indistintamente con maquinas o aparatos de varias de las partidas 84.69 a 84.72 31 8504 40 10 00 Unidades de alimentacion estabilizada ("UPS") 32 8507 30 00 00 Acumuladores electricos, de niquel- cadmio 33 8507 40 00 00 Acumuladores electricos, de niquel- hierro 34 8507 80 00 00 Demas acumuladores electricos 35 8509 80 20 00 Trituradoras de desperdicios de cocina, con motor electrico incorporado, de uso domestico 36 8531 10 00 00 Avisadores electricos de proteccion contra robos o incendios y aparatos similares 37 8543 70 30 00 Mando a distancia (control remoto) 38 8804 00 00 00 Paracaidas, incluidos los paracaidas dirigibles y los giratorios; partes y accesorios 39 8903 10 00 00 Embarcaciones inflables, de recreo o de deporte 40 8907 10 00 00 Balsas inflables 41 9002 11 00 00 Objetivos, para tomavistas, proyectores o para ampliadoras o reductoras fotograficas o cinematograficas 42 9002 19 00 00 Demas objetivos, montados, para instrumentos o aparatos 43 9003 11 00 00 Monturas (armazones) de gafas (anteojos) o de articulos similares, de plastico 44 9004 90 10 00 Demas gafas protectoras para el trabajo 45 9006 91 00 00 Partes y accesorios de camaras fotograficas 46 9014 10 00 00 Brujulas, incluidos los compases de navegacion 47 9026 20 00 00 Instrumentos y aparatos para medida o control de presion 48 9101 19 00 00 Relojes de pulsera, electricos, incluso con contador de tiempo incorporado, excepto con indicador optoelectronico solamente, con MORDAZA de metal precioso o chapado de metal precioso (plaque) 49 9101 21 00 00 Demas relojes de pulsera, incluso con contador de tiempo incorporado, automaticos, con MORDAZA de metal precioso o chapado de metal precioso (plaque) 50 9101 29 00 00 Demas relojes de pulsera, incluso con contador de tiempo incorporado, excepto automaticos, con MORDAZA de metal precioso o chapado de metal precioso (plaque) 51 9202 90 00 00 Demas instrumentos de cuerda, excepto de arco (p. ej.: guitarra) 52 9206 00 00 00 Instrumentos musicales de percusion (p. ej.: tambores, MORDAZA, xilofonos, cimbales, castanuelas o maracas) 53 9207 10 00 00 Instrumentos musicales de teclado en los que el sonido se produzca o tenga que amplificarse electricamente (p. ej.: organos), excepto los acordeones 54 9207 90 00 00 Demas instrumentos musicales en los que el sonido se produzca o tenga que amplificarse electricamente 55 9209 99 00 00 Metronomos y diapasones 56 9404 30 00 00 Sacos de dormir 57 9504 20 00 00 Billares y sus accesorios 58 9504 90 20 00 Juegos de bolos o bolas, incluso automaticos 59 9506 11 00 00 Esquis para nieve 60 9506 12 00 00 Sujetadores para esquis de nieve 61 9506 19 00 00 Demas articulos para la practica del esqui de nieve 62 9506 31 00 00 Palos ("clubs") completos, para golf 63 9506 39 00 00 Demas articulos para el golf 64 9506 99 10 00 Articulos y materiales para beisbol y softbol, excepto las pelotas 65 9507 10 00 00 Canas de pescar 66 9507 30 00 00 Carretes de pesca 67 9507 90 10 00 Demas articulos para la pesca con cana 68 9508 90 00 00 Tiovivos, columpios, casetas de tiro y demas atracciones de feria 69 9603 30 10 00 Pinceles y brochas para la pintura artistica

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