Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397541

Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262º del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves de los Informes de la referencia senala que las Comunidades Nativas de Cashiruveni y Sabalillo no han presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente; Que, las Oficinas Registrales que funcionan en las Comunidades Nativas a que se refieren los informe de los vistos, han formalizado expedientes de regularizacion de Oficinas Registrales, los mismos que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Incorporacion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Que, sin perjuicio del cumplimiento de la regla del expediente administrativo unico, cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, se podra emitir un solo documento bajo una misma motivacion, conforme a lo establecido en los articulos 4.4 y 150 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley 27444; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a las Oficinas de Registros de Estado Civil que funcionan en:
COMUNIDAD MORDAZA CASHIRUVENI SABALILLO DISTRITO KIMBIRI PEBAS PROVINCIA LA CONVENCION MARISCAL MORDAZA MORDAZA DEPARTMENTO MORDAZA MORDAZA

MINISTERIO PUBLICO
Nombran fiscales en fiscalias Distrito Judicial de La MORDAZA del

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 789-2009-MP-FN MORDAZA, 12 de junio de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA y su designacion en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chepen; materia de la Resolucion Nº 3292007-MP-FN, de fecha 16 de marzo del 2007. Articulo Segundo.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, designandola en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chepen. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chepen. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Titular ­ Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de La MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 360337-1 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 791-2009-MP-FN MORDAZA, 12 de junio de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA Samame MORDAZA, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA y su designacion en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Civil de La MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 664-2008-MP-FN de fecha 23 de MORDAZA de 2008. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA Morachimo MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Familia de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Familia de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 19942003-MP-FN de fecha 09 de diciembre de 2003. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Samame MORDAZA, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Civil de La Libertad. Articulo Cuarto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Morachimo MORDAZA, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Superior Civil de la MORDAZA, con retencion de su cargo de carrera.

Articulo 2º.- Los Jefes de las Oficinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a las Oficinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de Cashiruveni y Sabalillo, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion. Asimismo, la indicada Sub Gerencia proveera los respectivos libros de matrimonios a las Oficina Registrales mencionadas, cuando estas cumplan con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se conforma el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262º del Codigo Civil Articulo 4º.- Correspondera a la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, orientar e impartir instrucciones a dichas Oficinas, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 359398-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.