Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2009 (13/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de junio de 2009

resulta necesario disponer la implementacion de la citada Directiva General de manera progresiva, siendo aplicable, en una primera etapa, para la fase de Programacion y Formulacion del ano fiscal 2010 de las entidades del Gobierno Nacional y los Programas Estrategicos en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados, y, en una MORDAZA etapa, para la fase de Programacion y Formulacion del ano fiscal 2011 de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, de este modo, es pertinente disponer que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la fase de Programacion y Formulacion del ano fiscal 2010 se sujetan a las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 006-2007EF/76.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico" y los Anexos II "Gobierno Regional ­ Programacion y Formulacion" y III "Gobierno Local - Programacion, Formulacion y Aprobacion", aprobados por las Resoluciones Directorales Nºs. 024-2007-EF-76.01 y 025-2008-EF/76.01; Que, adicionalmente, es necesario aprobar disposiciones especiales para la programacion y formulacion del ano fiscal 2010 de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, vinculadas a la determinacion de la demanda global de gasto en materia de personal activo y cesante, y en proyectos de inversion; las Reuniones de Formulacion Presupuestaria; la desactivacion, fusion y para la creacion de Unidades Ejecutoras; entre otras; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la implementacion progresiva de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 "Directiva General para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico ­ Enfoque por Resultados", la cual sera aplicable, en una primera etapa, para la fase de Programacion y Formulacion del ano fiscal 2010 de las entidades del Gobierno Nacional y los Programas Estrategicos en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados. La MORDAZA etapa de la citada implementacion comprendera a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los cuales aplicaran la mencionada Directiva y sus Anexos I y II, en la fase de Programacion y Formulacion del ano fiscal 2011. Articulo 2º.- Disponer que para la Programacion y Formulacion del ano fiscal 2011, se realizaran capacitaciones de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 "Directiva General para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico ­ Enfoque por Resultados", conforme al Cronograma que sera comunicado, a traves de Oficios Circulares, a las entidades respectivas. Articulo 3º.- Establecer que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para efecto de la fase de programacion y formulacion del ano fiscal 2010 se sujetan a la Directiva Nº 0062007-EF/76.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico" y los Anexos II "Gobierno Regional ­ Programacion y Formulacion" y III "Gobierno Local - Programacion, Formulacion y Aprobacion", aprobados por las Resoluciones Directorales Nºs 024-2007-EF-76.01 y 0252008-EF/76.01, los cuales se publican en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas: http://www.mef.gob.pe/ DNPP/normatividad.php. Articulo 4º.- Disponer que a los Gobiernos Regionales le son aplicables las disposiciones contenidas en el Capitulo III "Presupuesto Multianual" de la Directiva Nº 0022009-EF/76.01 "Directiva General para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico ­ Enfoque por Resultados", aprobada por la Resolucion Directoral Nº 022-2009-EF/76.01. Articulo 5º.- Establecer que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para la programacion y formulacion del ano fiscal 2010, en materia de proyectos inversion, en el MORDAZA del articulo 32º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el articulo 53º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades, respectivamente, se sujetan a las pautas siguientes: a) Consideran el siguiente orden de prelacion: i) Proyectos de inversion en Liquidacion; ii) Proyectos de

inversion en Ejecucion Fisica; iii) Proyectos de inversion con Buena Pro; y, iv) Proyectos de inversion en MORDAZA de licitacion o concurso. b) Consignan los proyectos de inversion priorizados en el MORDAZA del Presupuesto Participativo, de acuerdo con la asignacion presupuestaria prevista para el ano fiscal. Los Gobiernos Locales deben considerar ademas los compromisos asumidos respecto a cofinanciamiento en inversiones, lo que incluye a las Mancomunidades Municipales. Articulo 6º.- Aprobar el "Apendice de Lineamientos Especiales para la Programacion y Formulacion del ano fiscal 2010 de los Gobiernos Regionales", conforme al documento que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 7º.- Disponer que los supuestos macroeconomicos y coeficientes de escalamiento para proyectos de inversion, a ser utilizados en los procedimientos para el calculo de los ingresos y gastos en las etapas de programacion y formulacion presupuestal, seran publicados en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas www.mef.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NAMIHAS Director General (e) Direccion Nacional del Presupuesto Publico

APENDICE LINEAMIENTOS ESPECIALES PARA LA PROGRAMACION Y FORMULACION DEL ANO FISCAL 2010 DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Articulo 1º.- Establecer disposiciones especiales para efecto de la programacion y formulacion del ano fiscal 2010 de los Gobiernos Regionales, en lo que respecta a la creacion de Unidades Ejecutoras y la determinacion de la demanda global de gasto en materia de personal activo y cesante. Articulo 2º.- Lineamientos para la desactivacion, fusion y creacion de Unidades Ejecutoras 2.1 El Titular de la entidad en la Fase de Formulacion Presupuestaria evalua y propone la conveniencia de desactivar, fusionar o crear Unidades Ejecutoras, con el objeto de racionalizar el numero de las mismas, bajo los criterios de eficiencia y calidad del gasto y optimizar la administracion y gestion institucional, para cuyo efecto toma en cuenta los criterios siguientes: i. Factores Geograficos. ii. Cobertura del Servicio. iii. Contratos de prestamo. 2.2 Adicionalmente a los criterios senalados en el numeral precedente, para la creacion de las Unidades Ejecutoras se debe cumplir con los siguientes requisitos: a) La creacion debe contribuir a mejorar la calidad del servicio publico y no implica una demanda adicional de recursos publicos a nivel de entidad y debe contar con los medios necesarios para su funcionamiento. b) Las nuevas Unidades Ejecutoras no podran contar con un presupuesto anual, por toda fuente de financiamiento, inferior a diez millones de Nuevos Soles (S/. 10 000 000,00), monto que incluye los gastos para su administracion. En el caso de los Gobiernos Regionales, excepcionalmente, podran proponer la creacion de Unidades Ejecutoras por un monto inferior al valor MORDAZA senalado siempre y cuando los factores geograficos limiten el acceso a la MORDAZA donde se ubicaria la Unidad Ejecutora contrarrestando la adecuada prestacion y administracion del servicio publico. c) La creacion de Unidades Ejecutoras no implique una mayor asignacion de recursos a nivel de Entidad en los gastos vinculados a personal y obligaciones sociales ni en lo relativo a la Contratacion Administrativa de Servicios. d) Cuando la creacion se efectua con cargo a otra(s) Unidad(es) Ejecutora(s) ya existente(s) se toma en cuenta lo siguiente:

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